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Expediente a dos guardias civiles por retirar una bandera republicana de una sede de IU

Fuentes: El Pais

La Guardia Civil ha abierto expediente informativo a dos agentes de Medina Sidonia (Cádiz) que en la noche del pasado jueves retiraron la bandera republicana del interior de la sede de Izquierda Unida en esta localidad por considerar que vulneraba la ley 39/1981 que regula el uso de estos símbolos. Dirigentes de IU acudieron ayer […]

La Guardia Civil ha abierto expediente informativo a dos agentes de Medina Sidonia (Cádiz) que en la noche del pasado jueves retiraron la bandera republicana del interior de la sede de Izquierda Unida en esta localidad por considerar que vulneraba la ley 39/1981 que regula el uso de estos símbolos. Dirigentes de IU acudieron ayer a la Fiscalía para denunciar la vulnerarión de derechos constitucionales. La bandera fue devuelta ayer a la sede.

Según IU, los agentes actuaron cuando en la sede de IU sólo se encontraba Antonio De la Flor, uno de los dos concejales que la formación tiene en el Ayuntamiento asidonense. Según el relato de este edil, los guardias civiles le exigieron que retirara una bandera republicana que el partido había colocado en un biombo en el interior de la oficina, aunque era visible desde el exterior. Los agentes adujeron que se trataba de un símbolo «anticonstitucional». De la Flor se negó y fueron los guardias civiles los que requisaron la bandera, aunque le informaron que, al día siguiente, cualquier representante de IU podría ir a recogerla en el cuartel. «Es un actitud fascista y deleznable», lamentó el portavoz de IU en Medina, Fernando Macías.

IU optó ayer por denunciar el caso ante la Fiscalía y la Subdelegación del Gobierno. Fuentes de la Guardia Civil explicaron que los dos agentes actuaron por decisión propia al considerar que esa bandera vulneraba la ley. El Instituto Armado les ha abierto expediente informativo. Fuentes jurídicas explicaron que mostrar una bandera republicana en la sede de un partido no infringe ninguna normativa, ni la ley 39/1981, que regula el uso de este símbolo, ni el artículo 543 del Código Penal, que establece como delito el ultraje a la bandera española pero no hace referencia a la exhibición de otras