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Exxon, Shell, Chevron: su deuda ecológica con el Lago Maracaibo

Fuentes: www.portaldelmedioambiente.com

Podemos definir como deuda ecológica al conjunto de daños y desequilibrios ambientales ocasionados por la actividad económica de agentes, individuales o colectivos, nacionales o extranjeros, ejercida sobre uno o varios ecosistemas determinados y cuya responsabilidad, económica y ambiental, en el saneamiento de dichos ecosistemas no ha sido asumida. Desde la 2ª década del siglo pasado […]

Podemos definir como deuda ecológica al conjunto de daños y desequilibrios ambientales ocasionados por la actividad económica de agentes, individuales o colectivos, nacionales o extranjeros, ejercida sobre uno o varios ecosistemas determinados y cuya responsabilidad, económica y ambiental, en el saneamiento de dichos ecosistemas no ha sido asumida.

Desde la 2ª década del siglo pasado varias transnacionales del petróleo iniciaron actividades en la cuenca del lago de Maracaibo. La Royal Dutch Shell a través de sus filiales Caribbean Petroleum Company y la Venezuela Oil Concessions (V.O.C). La Standard Oil of New Jersey (antiguo nombre de la Exxon) del viejo John Rockefeller, explotó el petróleo venezolano a través de sus filiales Lago Petroleum Corporation, Creole Petroleum Company, Vacuum Oil Company, Standard Oil of Venezuela y Richmond Petroleum. Otra de las grandes transnacionales del petróleo que operó por aquellos años en la cuenca del lago fue la Gulf Oil Company a través de su subsidiaria la Mene Grande Oil Company; en el año de 1984 la Gulf fue adquirida por la Chevron que a su vez se fusionó con la Texaco en el año 2001.

El 14 de diciembre del año 1922 reventó el pozo «Barroso No 2», situado en las cercanías de las riberas del lago, en el sector La Rosa de la población de Cabimas, lanzando diariamente al entorno más de 100.000 barriles de crudo durante un lapso de 9 días. El sabio Henry Pittier, que casualmente visitaba en esos días la zona, describió el desastre ecológico de esta forma: «el pozo se hallaba en la inmediata proximidad de una pequeña cañada, se formó inmediatamente un río de petróleo que fue a parar al lago, a poca distancia de Punta Icotea, formándose en la superficie de aquel, una capa que se extendió ulteriormente hasta Maracaibo». ¡¡Una mancha de petróleo cubriendo el lago desde Cabimas hasta Maracaibo!! (Por un siniestro similar, el derrame del Exxon Valdez en Alaska, la Exxon fue condenada a pagar indemnizaciones ambientales por más de 7.000 millones de dólares). A partir de ese momento, y por más de 50 años, estas transnacionales explotaron los recursos petroleros de la cuenca del Lago de Maracaibo de la manera mas salvaje e irresponsable posible para con este ecosistema.

En el Lago de Maracaibo se ensayaron por primera vez en el mundo técnicas de perforación aguas adentro, lo que conllevó, como era de esperarse, a un inimaginable número de accidentes y sus respectivos derrames. Estas corporaciones cubrieron el lecho lacustre con más de 24.000 kilómetros de tuberías y la cuenca del lago con casi medio millón de kilómetros de las mismas. En su momento llegaron a contar con más de 450 estaciones de flujo para almacenar y bombear el crudo y toda una flota de tanqueros, gabarras, lanchas, remolcadores y todo tipo de embarcaciones complementarias para este tipo de actividad.
En la industria petrolera siempre se ha sabido que los accidentes «graves» como el ya señalado caso del pozo Barroso No 2 o el siniestro del buque Nissos Amorgos, hace pocos años atrás, representan apenas el 10% de la cantidad de hidrocarburos que son vertidos al medio lacustre, el 90% restante se origina en las operaciones «normales» de la industria, esto es, perforación, bombeo, mantenimiento de pozos y descarga de aguas de lastre de tanqueros, entre otros.
Habría que preguntarse entonces: ¿Cuánto petróleo, derivados de éste y sustancias tóxicas asociadas a su búsqueda, perforación, producción y transporte vertieron estas transnacionales en el lago de Maracaibo y en los suelos y cursos y espejos de agua de su cuenca entre 1914 y 1975?
¿Cuántas decenas de miles de fosas o depósitos de desechos tóxicos (lodos corrosivos, aguas de producción con una salinidad 6 veces superior a la de mar, metales pesados y restos de hidrocarburos) provenientes de las perforaciones dejaron a lo largo y ancho de la cuenca del Lago, contaminando por siglos suelos y aguas subterráneas? ¿Cuántas miles de hectáreas de bosque de manglar, de selvas vírgenes y de humedales destruyeron o degradaron para siempre? ¿Cuántos ecosistemas quedaron divididos y aislados, y por ende, condenadas muchas de sus especies a la desaparición como consecuencia de los trazados cuadriculares de vías de prospección y tendido de oleoductos y gasoductos sin ningún tipo de consideración hacia el medio por parte de estas transnacionales?

Como consecuencia del dragado del canal de la barra del Lago para permitir el ingreso de tanqueros de gran calado de estas empresas, se favoreció el ingreso de grandes volúmenes de agua de mar que alteraron para siempre las condiciones del ecosistema lacustre, situación esta que, aunada a los procesos de contaminación antes descritos, han determinado que más del 80% de la fauna autóctona del Lago (peces, mamíferos y reptiles, en muchos casos endémicos de éste ecosistema) se haya extinguido.

¿No debe considerarse todo lo anterior como un crimen contra los zulianos en particular y los venezolanos y la humanidad en general?
Gobiernos de la 4ta República (Caldera y su ministro de Cordiplan Petkoff) al momento de privatizar las empresas básicas de Guayana aceptaron hacerse cargo de las mil millonarias deudas por pasivos ambientales que estas empresas habían acumulado a través del tiempo, pero estos mismos gobiernos, ni por guardar las apariencias, incluyeron el tema de los pasivos ambientales como descargo a las multimillonarias indemnizaciones que Venezuela tuvo que pagar a estas corporaciones dentro del proceso de pseudo nacionalización petrolera de la década de los 70.

En estos días cuando se habla de reforma constitucional es interesante explorar la posibilidad de modificación del artículo 24 de nuestra carta magna para establecer la retroactividad de las normas que establecen la responsabilidad ambiental, siguiendo el ejemplo de los propios estadounidenses que con su «Comprehensive Environmental Response, Compensation, An Liability Act» (CERCLA) han creado un instrumento legal dirigido a hacer efectiva, inclusive de forma retroactiva, la responsabilidad de aquellas personas o empresas que han contaminado espacios o han depositado residuos peligrosos en el ambiente. Los ambientalistas de Venezuela debemos tomar la palabra.