Contrataciones en origen y economía sumergida
De forma reciente, en el artículo “La estafa de las contrataciones de origen” (1), Carlos Soledad, de «Diásporas. Centro de Investigación Migrante para la Interculturalidad», se ha referido a las contrataciones en origen de personas trabajadoras migrantes a efectos de reducir costes laborales y disponer de mano de obra barata y servicial en sectores económicos intensivos, refiriéndose al caso de “las Kellys” (personal de servicio de hostelería, especialmente mujeres migrantes que son contratadas en sus países de origen).
Soledad replica al argumento típico de las patronales empresariales que protestan por la falta de personal disponible mientras se niegan a mejorar las condiciones laborales del sector (comenzando por las excesivas cargas de trabajo) y, en particular, a mejorar los salarios de las trabajadoras. La queja empresarial se centra en una supuesta negativa a trabajar, como si los pésimos salarios y las condiciones laborales que predominan en ese sector no fueran suficientemente disuasorias. La estrategia empresarial es clara: contratar a trabajadoras en origen para incrementar la rentabilidad privada en condiciones de precariedad laboral, sin afrontar uno de los problemas de fondo del mercado de trabajo: la falta de contratos dignos en ciertos sectores económicos. En suma, lo que genera escasez de personal de servicios es la persistencia de un modelo de contratación basado en el empleo precario, la temporalidad, las remuneraciones bajas y la restricción de derechos laborales bajo la amenaza recurrente de despido.
De forma complementaria a esta estrategia, el empresariado apela a trabajadores migrantes en situación irregular con el mismo objetivo: disponer de mano de obra a bajo coste, despojada de sus derechos laborales más básicos (incluyendo descansos, vacaciones, horas extra, bajas laborales, etc.), en situación de neo-servidumbre (2), con la complicidad del estado español que no sólo no se implica de forma suficiente en la lucha contra la economía sumergida sino que tampoco muestra ninguna voluntad de cambiar la situación legal y laboral de estos cientos de miles de trabajadores migrantes.
Aunque un enfoque normativo exige reconocer al otro como sujeto de derecho, más allá de consideraciones instrumentales, lo cierto es que un proceso de regularización extraordinaria permitiría reducir este problema de escasez de personal disponible, en la medida en que se plantee la mejora de las condiciones de trabajo del sector para equipararlas en materia de derechos con otros. ¿Por qué entonces el gobierno no avanza en una regularización extraordinaria? La respuesta no puede ser otra que su falta de voluntad política.
En definitiva, tanto la contratación en origen como la cobertura de puestos por parte de trabajadores/as en situación irregular son dos estrategias empresariales complementarias dirigidas a disponer de mano de obra flotante, acorde a las fluctuaciones del mercado. Empleando la amenaza de la deportación o la irregularidad como elementos disciplinarios, por su parte, las políticas de estado refuerzan esta vulnerabilidad. Aunque habría que seguir insistiendo en esta alianza entre estado y capital concentrado, sus consecuencias más manifiestas remiten no sólo a la continuidad de una economía desigual sino también a la subsistencia de millones de trabajadores/as pobres y a tasas de desempleo elevadas. Como fraudes sistémicos, estas estrategias apuntan a lograr una máxima productividad de los cuerpos con un mínimo de resistencia, obteniendo así un incremento extraordinario de beneficios.
La proliferación de otras formas fraudulentas
La estafa sistémica, sin embargo, adquiere aristas diversas y no se limita a la economía sumergida o a una forma fraudulenta de contratación en origen. Puesto que desde el proyecto «Diásporas» hemos insistido al respecto (3), señalando la desigualdad existente entre población trabajadora local y extranjera, me limitaré a señalar algunos fenómenos laborales que se están multiplicando de forma alarmante en el contexto nacional. Me refiero a la multiplicación de requisitos excluyentes para acceder a un contrato laboral con mínimas garantías; requisitos que, lejos de estar justificados por las características del puesto de trabajo o por obligaciones legales, no hacen más que obstruir el acceso de muchas personas trabajadoras (especialmente migrantes) a empleos formales, de calidad y con una remuneración digna.
De forma específica, es pertinente mencionar al menos seis tendencias –algunas relativamente recientes- que pueden reconocerse en el mercado de trabajo nacional:La continuidad de sectores económicos que discriminan según el género, la etnia y la clase, entre otros vectores, reforzada por políticas de formación orientadas a cubrir trabajos penosos o indeseados socialmente. Con relativa independencia a los niveles de cualificación de las personas trabajadoras, la distribución sexual y racial del trabajo es persistente: varones jóvenes africanos, en situación de pobreza, concentrados en el sector agrícola por falta de oportunidades mejores; mujeres latinas y de Europa del Este, que ejercían sus profesiones en sus países de origen, empleadas en trabajos domésticos y en trabajo de cuidados; jóvenes latinos, a menudo de segunda generación y sin márgenes económicos, ocupados en logística y restauración; mujeres africanas en situación de pobreza, trabajando sin contrato en cuidados, a menudo en régimen interno, etc. La lista podría ser más exhaustiva. Lo decisivo es esta pauta que segmenta franjas de trabajadore/as en distintos nichos de empleo precarios, con exclusión de algunas elites profesionales con alta movilidad que disponen de mejores oportunidades laborales. La pregunta pertinente en este contexto es: ¿cuánto tiempo más la sociedad española aceptará este “corralito” sectorial de las personas trabajadoras por su procedencia, posición económica, raza y género, excluidas de antemano de puestos más cualificados?
En un nivel más específico, hay que señalar la expansión del mercado de titulaciones profesionales que ha prosperado de forma notable en la última década como forma de afrontar la crisis. La proliferación de cursos profesionales como condición de acceso a ciertos sectores laborales es un hecho, tal como ha ocurrido en el sector de la construcción (con los cursos de prevención de riesgos laborales), en el sector de los cuidados (con los cursos exigidos en atención sociosanitaria), en logística (con el carnet de carretillero) o en hostelería (con el carnet de manipulación de alimentos), entre otros. Aunque la necesidad de una mayor profesionalización en ciertos sectores resulte manifiesta, el negocio público-privado de los cursos formativos está dando lugar a una auténtica industria que crea mayores dificultades a la población trabajadora para acceder a puestos que anteriormente no requerían más que experiencia laboral. Si bien semejante transformación se puede justificar desde una óptica de gestión de la calidad, ello no impide reconocer en esta gestión un lucrativo negocio a gran escala dirigido a clientelas empobrecidas (o en riesgo de estarlo) que, en situaciones de desempleo, no tienen más remedio que invertir en nuevas formaciones profesionales. Aunque sea de forma exploratoria, convendría detenerse en estas nuevas exigencias que no cesan de expandirse. La pregunta que cabe formular en este contexto es: ¿cómo se está regulando este mercado de formaciones por parte del estado, no sólo en materia de subvenciones o ayudas públicas, sino también en términos de control público de la calidad de esas formaciones?
Las crecientes exigencias respecto a la disposición de certificados de discapacidad, exclusión social o vulnerabilidad como requisitos excluyentes para empleos que, desde el área de recursos humanos, se consideran de fácil cobertura. Si semejantes certificados tienen utilidad para acreditar una situación de desventaja e impulsar el empleo de las personas que más lo necesitan, la actual generalización de este requisito como condición de acceso a puestos de limpieza industrial, logística o cuidado de personas da cuenta de un proceso fraudulento en curso: su utilización extendida e injustificada por parte de muchas empresas para obtener bonificaciones por parte de la administración pública. Aunque dicha certificación puede y debe ser valorada en un proceso de selección, su uso recurrente, generalizado y excluyente configura una nueva estrategia empresarial consistente en bonificar buena parte de sus contrataciones e incrementar de forma extraordinaria sus beneficios a fuerza de dificultar el acceso al empleo para la población que no dispone de dicha certificación y que, no obstante, se topa a cada paso con nuevas dificultades. Así, ¿qué significa este requisito usado como una forma de exclusión con respecto a la amplia mayoría de personas trabajadoras que podrían ser empleadas en dichos sectores?
La reconfiguración de los “contratos-basura” –a pesar de la reforma del Estatuto de los Trabajadores-, a partir del uso de modalidades contractuales permitidas: multiplicación de contratos a tiempo parcial y discontinuos, con días y horarios partidos, salarios mínimos fragmentados y condiciones laborales paupérrimas, tal como ocurre de forma regular con operarios de limpieza, cuidadores de personas, mozos de almacén o carretilleros. Trabajo precario, en definitiva, que empuja a muchas personas a un pluriempleo no menos precario. Ahora bien, ¿qué posibilidades de mejora real existen para estas personas que se ven forzadas a aceptar este tipo de empleos que no garantizan siquiera un mínimo sustento ni estabilidad económica alguna? ¿Qué fiscalización está haciendo el ministerio de trabajo para evitar este tipo de empleo lanzado especialmente por empresas con gran volumen de contratación? De forma complementaria: ¿qué medidas están elaborando esas empresas para introducir mejoras contractuales reales en esas franjas de trabajadores?
Otra de las estrategias empresariales preferidas, incluyendo el sector educativo privado, es la conversión de contratos temporales a jornada completa en contratos indefinidos a jornada parcial. Aunque el trabajo requerido se limita a un período puntual del año, se apuesta por un contrato indefinido a media jornada para distribuir la remuneración en todo un período anual. En vez de favorecer una contratación más responsable, se hace uso intensivo de trabajadores/as durante un período puntual a cambio de sueldos fragmentados. Las consecuencias más evidentes: salarios irrisorios y la obligación de combinar distintos contratos para cubrir las necesidades vitales. Siguiendo con el ejemplo de la educación privada, ¿cómo se pretende disponer de un profesorado idóneo, más allá de la retórica de la gestión del talento, si las políticas de contratación en estos sectores resultan del todo inadecuadas, limitándose a sostener un auténtico precariado intelectual? Por lo demás, ¿qué están haciendo las autoridades competentes para evitar esta otra estafa que elude la responsabilidad de crear puestos de calidad y bien remunerados?
Finalmente, tampoco deberíamos omitir los procesos de subcontratación que siguen produciéndose tanto en el sector público como privado, destinados al abaratamiento de costos a fuerza de tercerizar la precariedad. La estrategia es conocida: mientras empresas matrices y administraciones públicas cumplen formalmente sus obligaciones legales en materia laboral, muchas empresas subcontratadas logran eludir las exigencias estipuladas -en especial en materia de condiciones laborales y salarios acordes a los convenios sectoriales-. El incremento de los beneficios por parte de las empresas matrices tiene como contrapartida la precarización de personal subcontratado, burlando los controles previstos para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales. En este sentido, sigue siendo oportuno indagar sobre el grado real de cumplimiento de la normativa exigida por parte de las empresas subcontratadas.
Aunque la reconstrucción precedente no es exhaustiva, es suficiente para explicar la supuesta “escasez de trabajadores” en determinados sectores económicos. Mientras las patronales siguen quejándose de las prestaciones públicas que operan como una protección social de las clases trabajadoras, nuestra réplica no puede ser otra que documentar las diferentes estrategias empresariales que, en su búsqueda de beneficios ingentes, se desentienden de su responsabilidad específica en la construcción de una economía del bien común.
Soledad, Carlos (2023): “La estafa de la contratación en origen”, “El Salto”, 29/08/2023, versión electrónica en https://www.elsaltodiario.com/precariedad/estafa-contratos-extranjeros-origen.
He abordado esta cuestión en (2022): “Irregulares S.A. La construcción de la periferia interior”, “El Salto”, 19/08/2022, versión electrónica en https://www.elsaltodiario.com/mapas/irregulares-sa-la-construccion-de-la-periferia-interior.
Remito a (2022): “Más allá del multiculturalismo: la pregunta por el otro”, “El Salto”, 30/09/2022, versión electrónica en https://www.elsaltodiario.com/mapas/mas-alla-del-multiculturalismo-la-pregunta-por-el-otro.
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