El pasado lunes el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón emitió un auto por el que decretaba, entre otras medidas, la grabación permanente en vídeo a las personas detenidas en régimen de incomunicación durante su estancia en dependencias policiales. Además, estipuló la posibilidad de que los arrestados puedan ser reconocidos por médicos de su […]
El pasado lunes el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón emitió un auto por el que decretaba, entre otras medidas, la grabación permanente en vídeo a las personas detenidas en régimen de incomunicación durante su estancia en dependencias policiales.
Además, estipuló la posibilidad de que los arrestados puedan ser reconocidos por médicos de su confianza -sin perjuicio de los exámenes de los forenses de la Audiencia Nacional al menos cada ocho horas- y de que su paradero tenga que ser conocido en todo momento por sus familiares.
Aunque el auto fue emitido con motivo de once arrestos llevados a cabo el martes en Ceuta, la orden se aplicará a todas las personas acusadas de «terrorismo» cuyos casos sean instruidos por el magistrado. Además, éste se reserva la posibilidad de personarse en el lugar en el que se encuentren los detenidos, en cualquier momento que considere oportuno. Asimismo, el juez deberá ser informado de las características del lugar de detención y del tiempo en el que han permanecido sin contacto con otras personas.
Estas medidas constituyen un paso adelante en la erradicación de la tortura y los malos tratos a los detenidos. Quizá por ello, los periódicos estatales prefirieron no publicar nada al respecto, guardando un silencio propio de la indignidad que les caracteriza cuando se trata de abordar la lacra de la tortura.
Sin embargo, y pese a su importancia, la decisión judicial continúa siendo insuficiente. Es cierto, que ello dificultará la práctica de algunos casos de tortura (aquellos que instruya Garzón). Pero sería necesario ampliar esta decisión al resto de los juzgados y dependencias policiales para evitar la desprotección del detenido en función del delito cometido y del tribunal que le encause.
Aún más. Si de acabar con la tortura se trata, sería necesaria la desaparición de la Audiencia Nacional, por cuanto tiene de tribunal de excepción y de guarida para este tipo de prácticas, y del régimen de incomunicación. Algo solicitado en numerosas ocasiones por importantes organismos internacionales y estatales.
Y desde un punto de vista moral, no puede pasarse por alto la necesidad de que el Estado reconozca la existencia de la tortura y su deseo de acabar con ella.
Por otra parte, y a tenor del carácter y la particular personalidad del juez, queda por conocer cuál es el verdadero objetivo de estas medidas y si las aplicará con rigor. Si realmente su decisión proviene de una reflexión honesta, debería explicar públicamente por qué no abrió investigaciones en numerosos casos que los detenidos denunciaron ante él.
El superjuez ha pasado años mirando hacia otro lado ante graves y evidentes violaciones de derechos humanos y nunca movió un dedo. ¿Por qué ha de hacerlo ahora?