La Organización de los Estados Americanos (OEA), se encuentra discutiendo un proyecto de Carta Social de Las Américas que en gran parte es una continuación de la Carta Democrática Interamericana y las declaraciones internacionales de las grandes cumbres de las Naciones Unidas de la década de los 90 del siglo XX, particularmente la Conferencia de […]
La Organización de los Estados Americanos (OEA), se encuentra discutiendo un proyecto de Carta Social de Las Américas que en gran parte es una continuación de la Carta Democrática Interamericana y las declaraciones internacionales de las grandes cumbres de las Naciones Unidas de la década de los 90 del siglo XX, particularmente la Conferencia de la Naciones Unidas Sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Río de Janeiro en Junio de 1992 (Cumbre de La Tierra) y la Conferencia Sobre Desarrollo Social celebrada en Copenhague (Dinamarca), que se efectuó en Marzo de 1995. Posteriormente se realizaron otras que de una u otra forma son una reiteración de estas megacumbres. Venezuela viene impulsando la Carta Social que también está contenida en gran parte en las Constituciones de Brasil (1988), Colombia (1991) y Venezuela (1999). Sin embargo la reiteración y el énfasis en la conquista de los derechos hasta hacerlos universales y compromisos concretos por parte de los Estados, las Corporaciones privadas, la ONG y los ciudadanos, nunca debe ser considerado una tarea perdida, en tal sentido es necesario apoyar la aprobación por parte de los Estados de América de estos instrumentos jurídicos, generadores de políticas internacionales. En consecuencia sugerimos a la OEA las siguientes propuestas:
1_ Ampliar la denominación de Carta Social de las Américas por Carta Social, Cultural y Ambiental de Las Américas que interpreta el amplio contenido de la propuesta que discute la OEA. Si leemos con detenimiento el documento podemos comprobar que contiene no solamente los Derechos Sociales, sino también Ambientales y Culturales, incluyendo en estos últimos a los Pueblos Indígenas. No se trata solamente de los derechos sociales, ya que estos pueden existir en términos de desarrollo social pero al mismo tiempo ser ambientalmente insustentables incluso sin tomar en cuenta tampoco la diversidad cultural. En otras palabras un desarrollo social puede conducir también a la destrucción o degradación irreversible de ecosistemas y atentar contra la vida misma.
2_ Proponemos mejorar la definición de la Carta Social de Las Américas,ya que ella se limita en su definición a «Las políticas progresistas que ayuden a superar el flagelo de la pobreza». Nuestra propuesta es la siguiente: La Carta Social, Cultural y Ambiental de Las Américas es un instrumento jurídico de derecho internacional que servirá para trazar directrices que ayuden a América Latina a formular conjuntamente políticas sustentables que contribuyan a su vez a la superación de la pobreza, el respeto y la promoción de la diversidad cultural y de los derechos humanos; la preservación, conservación y restauración de la base de recursos y el ambiente en general.
3_ El Art.110 de la propuesta de Carta Social es tomado casi literalmente de la Constitución Venezolana del año 1999(Art.127), sin embargo consideramos que debe preservarse de ser acogida el texto original que dice textualmente: «Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro». Esta redacción es mas acertada para evitar confusiones con la frase de la Carta «de todos los seres vivos»,que durante la discusión de la Constitución Venezolana algunos sectores pretendieron ridiculizarla señalando que «se querían eliminar los bacilos de yogurt y los virus en las investigaciones y fabricación de vacunas». El texto de la Constitución Venezolana puede ser acogida sin el peligro de estas críticas muchas veces de mala fe. Se debe avanzar de la consepción antropocéntrica por una concepción ecoantropológica en la legislación.
4_ Proponemos que quede claramente establecido que «Los Estados signatarios de la Carta Social, Cultural y Ambiental de Las Américas asumen el compromiso de respetar los Parques Nacionales, Monumentos Naturales demás áreas protegidas o de especial importancia ecológica. Así mismo los Pueblos Indígenas, y otras poblaciones locales que habitan en Parques Nacionales y demás áreas protegidas están en la obligación de proteger el ambiente de esos espacios para beneficio de las presentes y futuras generaciones en armonía con el hábitat o territorios que hayan sido demarcados por los Estados para uso sustentable de las comunidades.
5_ La Carta Social, Cultural y Ambiental de Las Américas debe inscribirse en la propuesta de los Derechos Transgeneracionales que incluye los derechos individuales, los derechos colectivos y los derechos de las generaciones del futuro.
•Alexander Luzardo Nava (Profesor Universidad Central de Venezuela)
•Autor del capítulo sobre los Derechos Ambientales de la República Bolivariana de Venezuela
•Ex – Presidente de la Comisión de Ambiente y Ordenación Territorial del Senado.
•Autor del 1° Proyecto de Comunidades, Pueblos y Culturas Indígenas de Venezuela (1987-88) E-mail: [email protected] [email protected] Telf: 0414-3092055