Familias de 23 víctimas de guerra sucia han tenido que pagar un total de 106.000 euros en costas judiciales en el Estado español por reclamar, sin lograrlo, ser reconocidas como «víctimas del terrorismo». Lo ha aclarado Egiari Zor tras trascender el caso de Joxi Zabala.
El martes alcanzó gran eco la noticia de que el Tribunal Constitucional ha impuesto a la familia de Joxi Zabala las costas judiciales tras denegarse su consideración como «víctima del terrorismo» a los efectos oportunos. El asunto provocó el lógico revuelo en redes sociales por el escarnio añadido que supone para una madre que no solo sufrió la muerte violenta de su hijo, sino también doce años de desaparición y una agresión policial en el cementerio de Tolosa. Como apuntaba NAIZ en la información, con todo, aunque resulte escandaloso no es un caso aislado, sino generalizado. Egiari Zor ha concretado este jueves que hay exactamente 23 familias que han pasado por lo mismo.
La fundación que reúne a víctimas de violencia estatal explica que el importe de las costas se ejecuta después de que los recursos hayan hecho todo el recorrido judicial en el Estado español y llegado al Tribunal Europeo, donde también se han desestimado. Así, hace ahora un año Egiari Zor dio a conocer el rechazo de Estrasburgo al recurso de las familias de Josu Muguruza y Xabier Pérez de Arenaza.
«Como cualquier ciudadana que emprende una vía judicial que culmina con desestimación de la demanda presentada, a los gastos del propio proceso (procurador, letrado) se suma la condena en costas. En total son 23 los procedimientos que llegaron hasta Estrasburgo y por tanto 23 son las condenas en costas», lamenta Egiari Zor. La de la madre de Joxi Zabala, Felipa Artano, ha sido la última en confirmarse y en este caso lo que tendrá que abonar son más de 9.000 euros.
Las cantidades demandas en este concepto, cabe remarcar que a iniciativa de la Abogacía del Estado, oscilan entre 1.000 y 19.000 euros según los casos. Egiari Zor ofrece el cómputo total de las cantidades aprehendidas por el Estado a estas familias simplemente por reclamar su reconocimiento como las víctimas que son: 106.000 euros en los 22 casos ya confirmados (falta conocerse la cuantía del último pendiente).
Añade a ello que «en un principio las condenas en costas oscilaban entre los 1.000 y los 3.000 euros pero, tras un cambio en la Abogacía del Estado para esta cuestión, las cantidades solicitadas en concepto de costas se vieron incrementadas muy sustancialmente».
Denuncia de la situación y agradecimiento a Lakua
Para aclarar la cuestión al máximo, Egiari Zor explica la motivación y el recorrido de esta iniciativa desde su inicio: «El Gobierno español denegó en 2014 a familiares de personas asesinadas por el terrorismo de Estado, de una parte el reconocimiento oficial de algunas de ellas, y de otra la equiparación de las indemnizaciones previstas en el entonces nuevo reglamento de la Ley Integral de Víctimas del Terrorismo».
«Para ello, se basó en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que recoge que ‘se podrá reducir o suprimir (…) la indemnización si la víctima o solicitantes participa en la delincuencia organizada o pertenece a una organización que se dedica a perpetrar delitos violentos’», añade. Pero se da la circunstancia de que «estas personas que fueron víctimas de graves vulneraciones de derechos humanos, como es la vulneración del derecho a la vida, nunca habían sido ni juzgadas ni condenadas por pertenencia a ETA. La decisión del Ministerio del Interior de denegar la equiparación de indemnizaciones se basaba exclusivamente en informes policiales y artículos de prensa».
Ante esta situación, los allegados de estas víctimas «entendían que se estaba vulnerando el derecho de sus familiares a la presunción de inocencia, además de que se estaban categorizando graves vulneraciones de derechos humanos en función del origen de la violencia que las produjo. Es por ello que acudieron a las distintas instancias judiciales del Estado español agotando la vía interna, hasta llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con el objetivo de garantizar los derechos que, entendían, les correspondían a sus familiares según el artículo 6.2 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que señala que ‘toda persona acusada de una infracción se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada’».
Estrasburgo no ha corregido la falta de reconocimiento en el Estado español, por lo que la consecuencia ha sido esta aplicación de las costas que viene a suponer el último golpe, aunque no sea el principal.
«Para Egiari Zor Fundazioa, es evidente la existencia de una voluntad política para generar más perjuicio y más dolor a víctimas que padecieron terrorismo de Estado –concluye–. Es inevitable preguntarse si el criterio de la Abogacía del Estado sería el mismo si el origen de la violencia padecida por los demandantes fuese otro».
«Hemos de decir que durante todo este proceso hemos tenido el acompañamiento, ayuda y asesoramiento de la Dirección de Víctimas del Gobierno Vasco, con quien además hemos mantenido un canal de comunicación directo que agradecemos», apostilla Egiari Zor.