Gracias al impulso de la Consejería de Desarrollo Rural del Gobierno de Navarra, se ha iniciado un análisis exhaustivo del proceso inmatriculador, lo que ha permitido detectar ya casi 300 bienes comunales indebidamente registrados a nombre de la Iglesia. Se estima que la cifra podría multiplicarse e incluso alcanzar los 1.700.
El caso de Navarra ha destapado una realidad: la inscripción a nombre de la Iglesia de bienes comunales, patrimonio público cuya titularidad no puede ser usurpada. Esta situación no es un hecho aislado, sino parte de una práctica sistemática que atenta contra el interés general.
La inmatriculación masiva de bienes por parte de la Iglesia Católica, cuyo número se estima en más de 100.000, constituye uno de los mayores escándalos patrimoniales del Estado español. Bastó una simple declaración expedida por la jerarquía eclesiástica —sin título de dominio alguno— para inscribir miles de bienes en los registros de la propiedad, gracias a un privilegio franquista mantenido hasta 2015.
Pero es que ahora, además, ha quedado demostrado que esta apropiación alcanzaba a bienes públicos y comunales. Los hechos evidencian:
- Que la Iglesia ha inmatriculado bienes públicos, incluyendo bienes comunales, de uso colectivo y tradicionalmente vinculados a la vida vecinal y rural.
- Que no se trata de excepciones, sino de una operación generalizada de privatización encubierta del patrimonio común.
- Que las certificaciones eclesiásticas, único elemento en que se sustentaban estas inmatriculaciones, carecen de validez debido a su falta de imparcialidad, a la ausencia de una verificación independiente y a la carencia de valor probatorio de las mismas.
- Que, si en Navarra se ha producido una apropiación masiva de bienes públicos, es razonable pensar que lo mismo haya sucedido en otras comunidades autónomas.
- Que las administraciones públicas, en todos sus niveles —municipales, autonómicas y estatales— tienen el deber legal y moral de recuperar los bienes indebidamente inscritos a nombre de la Iglesia para restituir su carácter público.
Este expolio no hubiera sido posible sin la complacencia de los registros de la propiedad que permitieron inscribir lugares de culto cuando la ley lo prohibía taxativamente y admitieron declaraciones eclesiásticas como única justificación incluso con posterioridad a la aprobación de la Constitución Española. Tampoco hubiera sido posible sin la connivencia e inacción —por desidia o por complicidad— de los distintos gobiernos que se han limitado a mirar hacia otro lado mientras se producía esta apropiación masiva de bienes.
Este precedente debe servir como modelo para el conjunto del Estado. Es imprescindible que se asuma que las instituciones tienen la responsabilidad jurídica de velar por la defensa del patrimonio público, conforme a lo dispuesto en la Constitución Española y en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, exigimos con urgencia la adopción de las siguientes medidas:
- Información pública y detallada de todos los bienes inmatriculados por la Iglesia desde 1946.
- Declaración de nulidad de todas las inmatriculaciones realizadas únicamente al amparo de una declaración eclesiástica.
- Auditorías,inventarios y estudio de todos estos bienes para determinar su titularidad, tras lo cual la Iglesia podrá inscribir a su nombre todos aquellos cuya propiedad acredite debidamente.
- Sanción a la desidia institucional, estableciendo mecanismos de responsabilidad para los poderes públicos que no actúen con la debida diligencia en la recuperación de bienes públicos.
Lo sucedido en Navarra debe leerse como advertencia y oportunidad. No se trata de una reclamación patrimonial menor, sino de la defensa de lo común frente a una apropiación privada que vulnera principios democráticos elementales. Las instituciones (en sus niveles estatal, autonómico y municipal) están obligadas a actuar con firmeza, sin más demora, para restaurar la legalidad y proteger lo que es de todos.