«Si están muertos, los volveré a matar»Queipo de Llano «…tampoco los muertos estarán seguros ante el enemigo cuando éste venza. Y este enemigo no ha cesado de vencer.»Walter Benjamin El auto del juez Baltasar Garzón sobre el presunto genocidio perpetrado entre los años 1936 y 1951 por el ejército y las organizaciones políticas y de […]
Queipo de Llano
Walter Benjamin
El auto del juez Baltasar Garzón sobre el presunto genocidio perpetrado entre los años 1936 y 1951 por el ejército y las organizaciones políticas y de milicias del denominado bando nacional resulta espantoso y sorprendente. Espantoso por las propias declaraciones de los responsables de estos crímenes, que, aun siendo conocidas, suscitan aún mayor espanto en el contexto de un auto judicial, donde se articulan con otras declaraciones y demás elementos de prueba para mostrar la realidad de lo que fuera una de las mayores matanzas políticas del siglo XX. En un libro de historia, quedan disimuladas, arropadas por un discurso con aspectos literarios. En un auto judicial donde se enjuician donde se enjuician los crímenes que estas declaraciones anuncian, se presentan con la crudeza de lo real, lo insoportable. En cifras, la violencia del régimen fascista italiano e incluso la barbarie nazi salen empequeñecidas de la comparación con el movimiento y el régimen de Francisco Franco. Ni en la Italia fascista, ni siquiera en el interior de la Alemania nazi -otra cosa sería lo que ocurriera en los países del Este conquistados e incipientemente colonizados por el Reich hitleriano- se conocieron cifras de asesinatos políticos comparables a las de Franco. Por otra parte, el auto de Garzón es sorprendente y aun desconcertante por cuanto su intento de juzgar a los fundadores del régimen en cuya legalidad se funda el actual y cuyo jefe de Estado nombró al actuar titular de la corona, se realiza a partir de un ordenamiento jurídico explícitamente heredero del que se estableciera en España tras la victoria de Franco. Se trata por consiguiente de un salto de Garzón por encima de su propia sombra en el que el juez intenta poner entre paréntesis el marco histórico y político de la actual legalidad en nombre de la defensa en abstracto del Estado de derecho. Lo espantoso y lo sorprendente se anudan entre sí en este auto que, en nombre del Estado de derecho en abstracto, ha sido capaz de enjuiciar a Pinochet, pero también, en nombre del particular Estado de derecho heredado de la ausencia de ruptura con el franquismo, ha mostrado enorme lenidad con los abusos policiales y una amplia capacidad de interpretación analógica del pseudoconcepto jurídico de «terrorismo» en lo que al independentismo vasco se refiere. No es de extrañar que entre las asociaciones que han recurrido a los buenos oficios del juez Garzón para que instruya esta causa contra la represión franquista ninguna sea del País Vasco. Tal vez allí, en el único territorio del Estado español que ha rechazado masiva y reiteradamente la perpetuación del régimen de Franco a través de su reforma, la memoria histórica sea aún de rabiosa actualidad. Tal vez exista por esos pagos cierta resistencia a confiar una causa a la Audiencia Nacional española, tribunal hoy mismo responsable de los juicios políticos masivos contra el independentismo vasco.
1. Empecemos, pues por lo espantoso, para lo cual nos referiremos a los elementos de prueba que constan en el auto de Garzón. Demos la palabra a uno de los mayores artífices de la matanza, el General Francisco Franco Bahamonde. Este, en una conversación mantenida en Tánger el 27 de Julio de 1936 con el periodista Jay Allen, del «Chicago Daily Tribune» dijo:
– «Nosotros luchamos por España. Ellos luchan contra España. Estamos resueltos a seguir adelante a cualquier precio.»
– Allen: «Tendrá que matar a media España», dije.
Entonces giró la cabeza, sonrió y mirándome firmemente dijo:
– «He dicho que al precio que sea».
Es decir -afirma Allen- que «estaba dispuesto a acabar con la mitad de los españoles si ello era necesario para pacificar el país».
«Matar, matar y matar». Con estas palabras resumirá El capitán Gonzalo de Aguilera, conde de Alba de Yeltes, el programa de pacificación del nuevo régimen. La palabra «matar» se repite incansablemente, hasta el punto de que el programa político aquí expresado se resume en una matanza. Basta matar a la parte degenerada y pecadora de la nación para que esta renazca. El otro término que se repite es «rojo». «Rojo» no es el nombre del enemigo, pues el enemigo es, como nos recuerda Carl Schmitt, un adversario político y el «rojo» es una plaga, un parásito, una enfermedad. En palabras del citado capitán González de Aguilera, los rojos son «ratas y piojos» y como tales deben ser tratados. Son también conforme a una duradera metáfora, un cáncer, algo que hay que extirpar y exterminar.
Pero el argumentario esgrimido o más bien rugido por Franco, González de Aguilera, Queipo o Mola no se vale fundamentalmente de metáforas biológicas, sino de un símil religioso, el de la Cruzada que es, como sabemos, un tipo de guerra de inspiración religiosa en la que el enemigo no es el mero adversario político que defiende sus intereses por la fuerza, sino un criminal, un hereje, un infiel. No es un enemigo específico de una facción política o de un Estado, sino un enemigo de Dios y de la humanidad que es preciso aniquilar, no sólo vencer. Como sostenía Franco: » Con los enemigos de la verdad no se trafica, se les destruye». Hacia este objetivo tenderán los planes de guerra explicitados por Mola en una alocución transmitida por Radio Burgos el 31 de Julio de 1936:
«Yo podría aprovechar nuestras circunstancias favorables para ofrecer una transacción a los enemigos, pero no quiero. Quiero derrotarlos para imponerles mi voluntad. Y para aniquilarlos«. Estamos ante la estrategia contraria a la prevalente en los partidos y organizaciones republicanos de izquierda que, como se sabe, buscaban «ganar la guerra para hacer la revolución». Para Mola, la lucha de clases prima sobre la guerra. Desde su punto de vista, es necesario «hacer la contrarrevolución para ganar la guerra».
La persecución del «rojo» es sin cuartel: no sólo se dirige a los responsables políticos y a los activistas de la izquierda, sino a simpatizantes, familiares, amigos o simples ciudadanos culpables de no apoyar activamente el movimiento nacional. Vale la pena volver a citar a Mola quien el 19 de Julio de 1936 afirmaba: «Es necesario propagar una imagen de terror (…) Cualquiera que sea, abierta o secretamente, defensor del Frente Popular debe ser fusilado». Quien logra, sin embargo, mayores tintes de barbarie en esta versión anticipada de los que llamará Naomi Klein la Doctrina del shock es el general señorito Queipo de Llano quien, dirigiéndose a sus secuaces, dijo:
«Yo os autorizo a matar, como a un perro, a cualquiera que se atreva a ejercer coacción ante vosotros: Que si lo hiciéreis así, quedaréis exentos de toda responsabilidad. ¿Qué haré? Pues imponer un durísimo castigo para callar a esos idiotas congéneres de Azaña. Por ello faculto a todos los ciudadanos a que, cuando se tropiecen a uno de esos sujetos, lo callen de un tiro. O me lo traigan a mi, que yo se lo pegaré.
Nuestros valientes legionarios y regulares han enseñado a los rojos lo que es ser hombre. De paso también a las mujeres de los rojos que ahora, por fin, han conocido hombre de verdad y no castrados milicianos. Dar patadas y berrear no las salvará.
Ya conocerán mi sistema: por cada uno de orden que caiga, yo mataré a diez extremistas por lo menos, y a los dirigentes que huyan, no crean que se librarán con ello; les sacaré de debajo de la tierra si hace falta, y si están muertos, los volveré a matar».
«Callar, matar», acabar con la palabra del otro, silenciar. El silencio es el medio en que se desenvuelven los esclavos y todos los excluidos de la ciudad y de la palabra. El proyecto franquista de exterminio del rojo tiene claramente tintes de racismo. No quiere decir esto que los «nacionales» afirmaran en ningún momento que los «rojos» presentaban rasgos físicos distintos de los de los demás españoles. El racismo nunca ha sido eso, o no lo ha sido fundamentalmente. Si se contempla el racismo desde fuera del propio discurso racista, advertimos que éste tiene en general poco que ver con las características biológicas, pues tiene un origen y una función que no guardan ninguna relación con la taxonomía de los fenotipos humanos. El racismo, desde Boulainvilliers y Gobineau, se inserta en el contexto de una lucha política. Es inseparable de la idea de una lucha de razas. La diferencia racial no es algo que se describa científicamente, sino algo que se arroja a la cara del enemigo. Es la afirmación de una diferencia absoluta, de una imposible alteridad sin identidad. En Boulainvilliers, que defendía los privilegios de la antigua nobleza francesa, la lucha de razas aplicada a la historia de Francia era lucha entre nobles francos y pueblo galo-romano, para Gobineau se trataba ya de un enfrentamiento entre razas indoeuropeas y pueblos semitas. Lo que el racismo permite es situar a la supuesta otra raza más allá de la condición de enemigo, hacer de ella algo carente de derechos y exterminable.
Ciertamente, el racismo anida en toda sociedad de clases. Una forma de racismo de las clases dominantes se encuentra ya en la antigua Grecia donde Aristóteles formula su teoría del «esclavo por naturaleza» y afirmaban los sabios que «el bárbaro es por naturaleza esclavo». El esclavo en Grecia y Roma se ve sometido a una dominación explícita por parte de un hombre libre que tiene potestad de vida y muerte, «ius vitae necisque«, sobre él. Uno de los atributos del poder soberano ha sido siempre la potestad de matar, de dar muerte, en lo cual su dominacion es heredera de la del dominus romano sobre sus esclavos. En el contexto de las formas modernas de soberanía, donde el poder soberano se autorrestringe para abrir paso a una dominación indirecta a través del mercado y de la sociedad civil, este rasgo de la soberanía tiende a difuminarse en favor de un gobierno de la vida en el cual el poder se caracteriza y legitima por su potestad de hacer vivir. Tal es la forma de dominación que Foucault denomina «biopolítica». Ahora bien, en la biopolítica no ha desaparecido el soberano con su facultad de matar heredada de los antiguos propietarios de esclavos. Tan sólo ha articulado este mortal privilegio con el imperativo de hacer vivir. En este punto de articulación se sitúa, según Foucault, el racismo. El racismo sería la forma específica de ejercicio de la soberanía en contexto biopolítico, en la cual el soberano tiene facultad de matar en nombre de la defensa de la vida. Para ello, una parte de la población tiene que ser declarada liquidable.
La octava orden de Urgencia de la Junta de Gobierno «nacional» nos recuerda la pertinencia del diagnóstico de Foucault:
«…OCTAVA.
– En el primer momento y antes de que empiecen a hacerse efectivas las sanciones a que de lugar el bando de Estado de Guerra, deben consentirse ciertos tumultos a cargo de civiles armados para que se eliminen determinadas personalidades, se destruyan centros yorganismos revolucionarios».
En esta apertura de la temporada de caza del «rojo», los generales de la Junta declaran al rojo «homo sacer». El «homo sacer», como nos enseña Giorgio Agamben, era una figura específica del derecho romano por la cual se daba a los culpables de crímenes particularmente graves como el «parricidio» un estatuto de total exterioridad a la ciudad y a las leyes. El «homo sacer» no puede ser condenado a muerte según las leyes de la ciudad, pero puede ser liquidado -sin culpa- por cualquiera.
La figura del «homo sacer», residual en la antigua Roma, se ha vuelto, según nos muestra Giorgio Agamben, un fenómeno masivo en la edad contemporánea. La profusión de apátridas que supuso la generalización del principio del Estado nación al conjunto de Europa y del planeta ha creado, al menos desde la primera guerra mundial una enorme población flotante carente de derechos y fundamentalmente, según la expresión de Hannah Arendt, del «derecho a tener derechos». El régimen nacionalsocialista no hizo más que perpetuar y ampliar los campos de concentración para judíos extranjeros y comunistas abiertos por los contrarrevolucionarios socialdemócratas tras el hundimiento del Imperio alemán. En el periodo nazi, millones de homines sacri quedaron a merced de sus custodios en el espacio rigurosamente extralegal que constituían los campos de concentración, situados mayoritariamente -como hoy Guantánamo- fuera del territorio nacional.
Los «rojos» españoles conocieron relativamente poco los campos de concentración aunque estos también existieron, siendo famosos los de Alicante y Albatera, al igual que los mortíferos campos de trabajos forzados que fueron la obra del Valle de los Caídos y otras magnas realizaciones del régimen. El franquismo prefirió recurrir a los fusilamientos, más propios de una guerra que se autodenominaba «Cruzada». Exterminio ideológico y exterminio físico se complementan recíprocamente. Matar como perros a los rojos, como a seres de otra especie o de otra raza. Tal era también el objetivo de la gran invención del racismo científico nacionalsocialista: el judeobolchevique. Mediante esta figura se operaba un cortocircuito entre lo racial y lo ideológico gracias a la cual la hostilidad política hacia el comunismo se trascendía a sí misma en una hostilidad racial contra el judío. La política se trasladaba así al ámbito de la pretendida biología de las razas y esta última se convertía en tema político.
Todos estos elementos, unidos a las relaciones de cuasi-servidumbre existentes en buena parte del agro español dieron lugar en la España del 36 a un racismo de clase aun más intenso que el existente en fascista o nazi que produjo lo que denominara Bernanos «les grands cimetières sous la lune», los grandes cementerios bajo la luna de la larga noche franquista en cuya tiniebla aún vivimos.
2. Entremos ahora en el reino de lo sorprendente, de la extravagancia, al que el juez Garzón nos tiene ya acostumbrados. Un juez capaz a la vez de enjuiciar a Pinochet y de instruir grandes procesos políticos contra la izquierda indepedendentista vasca en nombre de una doctrina «antiterrorista» que destruye toda garantía jurídica, es sin duda un sujeto bastante singular. En ambos casos, su actuación se basa en una estricta defensa del Estado de derecho contra todo lo que lo amenaza «venga de donde venga». El problema es que el Estado de derecho, mal que le pese a Kelsen o a Ferrajoli, es como toda institución jurídica una realidad que tiene un origen histórico y un suelo político. Pretender referirse al Estado de derecho en abstracto es ignorar el contenido material de cada Estado de derecho concreto. En el caso de Garzón, significa de manera inmediata poner entre paréntesis la siniestra génesis del órgano judicial del que es miembro destacado, la Audiencia Nacional que no es sino la heredera directa del Tribunal de Orden Público franquista, tribunal de excepción encargado de juzgar delitos políticos. El Tribunal de Orden Público, creado en 1963 era a su vez el sucesor del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo y de la jurisdicción militar especial que se encargaron durante el primer ventenio franquista de la represión política.
Encausar desde la Audiencia Nacional a la plana mayor de la represión franquista representa una impresionante pirueta jurídico-política. El juez Garzón pretende utilizar la legalidad que se remonta al 18 de julio de 1936 para juzgar las consecuencias inmediatas del alzamiento. Y todo ello en un país cuyo jefe de Estado fue nombrado por el general Franco como sucesor y sostuvo al dictador de manera explícita, incluso en sus actuaciones más sanguinarias, por ejemplo cuando Franco se enfrentó a una gran campaña internacional de condena al régimen tras los fusilamientos del Goloso del 27 de septiembre de 1975. La imagen de quien entonces era el Príncipe de España de pié junto al dictador en el balcón del Palacio de Oriente es perfectamente conocida. Resulta al menos curioso que un juez capaz de aplicar con tantísima minucia el principio de analogía al enjuiciamiento del independentismo vasco, incluso del más pacífico y aún pacifista, no haya advertido esta pequeña complicidad del actual jefe del Estado en un crimen mucho más reciente que los de los años 30. Al menos cabría considerar que Don Juan Carlos de Borbón y Borbón formaba parte del «entorno cercano» de aquel régimen.
Pero Garzón, cuando defiende el Estado de derecho no repara en esas minucias que son ajenas al «derecho puro», son meros datos históricos que en nada afectan a la rigurosa aplicación de una legalidad que, como sabemos, se basa en los derechos humanos. Para un ordenamiento basado en principio tan universal como los derechos humanos, no hay historia ni geografía. La jurisdicción del juez encargado de protegerlos se dilata en el tiempo y el espacio. El juez español la extiende hasta el remoto Chile y en el tiempo hasta los años 30. El único problema es que, incluso los derechos humanos sólo tienen validez jurídica cuando se insertan en un sistema de derecho positivo que los reconoce como tales. Este sistema, en la España de hoy, está basado en el sistema político que se instaló mediante los fusilamientos, los pogromos de rojos y el terror y la humillación impuestos a más de media España por sus clases dominantes. El enjuiciamiento de las conductas criminales de un régimen basado en un enorme lodazal de sangre a partir de la propia legalidad de este régimen corre el riesgo de resbalar al no poder tomar apoyo sino en tan siniestros fundamentos. Sólo si se juzga el crimen originario, el golpe de Estado contra la República y la democracia española, pueden juzgarse con todo su sentido sus consecuencias sanguinarias. Pero esto no se puede hacer desde la legalidad actual, heredera del franquismo, sino desde el único ordenamiento legítimo aún hoy, el republicano.
Decía Walter Benjamin en sus tesis sobre filosofía de la historia -escritas poco antes de que el régimen de Franco lo condujera al suicidio en Port Bou para evitar su segura entrega a la Gestapo- que es tarea de los dominados de hoy redimirse y redimir también a los vencidos del pasado, a los muertos. Valdría la pena hoy reflexionar sobre la sexta tesis de Benjamin que, precisamente nos habla de la memoria histórica:
«Articular históricamente lo pasado no significa conocerlo «tal y como verdaderamente ha sido». Significa adueñarse de un recuerdo tal y como relumbra en el instante de un peligro. Al materialismo histórico le incumbe fijar una imagen del pasado tal y como se le presenta de improviso al sujeto histórico en el instante del peligro. El peligro amenaza tanto al patrimonio de la tradición como a los que lo reciben. En ambos casos es uno y el mismo: prestarse a ser instrumento de la clase dominante. En toda época ha de intentarse arrancar la tradición al respectivo conformismo que está a punto de subyugarla. El Mesías no viene únicamente como redentor; viene como vencedor del Anticristo. El don de encender en lo pasado la chispa de la esperanza sólo es inherente al historiador que está penetrado de lo siguiente: tampoco los muertos estarán seguros ante el enemigo cuando éste venza. Y este enemigo no ha cesado de vencer.»
En efecto, amigo y camarada Benjamin, ni siquiera los muertos estarán seguros si se entrega su memoria a los más eximios representantes de la clase dominante, en el presente caso, si la memoria de la España republicana y revolucionaria cae en manos de los herederos de los tribunales políticos franquistas.