El Supremo, en contra de las sentencias de la Audiencia Provincial y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, eleva la condena a los cinco acusados a 15 años por agresión sexual.
El Tribunal Supremo ha elevado a 15 años de cárcel la condena a los integrantes de La Manada al considerar, en contra de la Audiencia Provincial y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que los hechos no fueron un abuso sexual sino una agresión sexual. Es decir, no hubo consentimiento y sí hubo violencia e intimidación. La sentencia -por unanimidad- ha sido dictada este viernes, cuando el caso ha llegado a la Sala de lo Penal del Alto Tribunal. La Fiscalía, la acusación particular y las acusaciones populares -en representación del Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra- expusieron los recursos contra la sentencia que condenó a los cinco acusados de atacar a una chica en los Sanfermines de 2016 por abuso sexual a 9 años de cárcel. En juego estaba que la pena se elevara a hasta 18 años de prisión, tal y como solicitaban estos organismos.
Para la Fiscalía y el resto de acusaciones, «no hubo consentimiento sino sometimiento», en palabras de la fiscal Isabel Rodríguez. Para determinarlo, coinciden en varias claves. Rodríguez destacó «el paraje donde se desarrolla el ataque»: un espacio de tres metros cuadrados y aislado. «Un cubículo», como lo denominó el abogado de la acusación popular del Ayuntamiento de Pamplona, Víctor Sarasa. Este último incidió en las expresiones y la forma en que los acusados trataron a la denunciante: «No se puede concluir que no haya violencia. Nadie puede tirar, agarrar o apremiar a alguien sin aplicar fuerza; no fue una fuerza desmedida, grotesca, pero sí suficiente para doblegar la libertad de la víctima. Si hubiese habido resistencia, se hubiese aplicado más fuerza», aseguró. Y, en este sentido, concluyó que «se realizan todos los actos en una situación de terror», ya que «por número, por fuerza, por situación» sí se produjo la intimidación: «Un lugar claustrofóbico, apartado. Una persona de 18 años que se siente desorientada en una ciudad que no conoce. La víctima fue privada de toda libertad».
Tanto la Fiscalía como las acusaciones populares coincidieron en su petición de aumentar a 18 años de cárcel la pena a los acusados. Además, pidieron que el robo del móvil a la víctima fuese considerado robo con intimidación y no hurto. En esta cuestión, la acusación del Gobierno de Navarra fue más allá y manifestó que «no solo debe ser penado por delito de robo el autor confeso sino todos los acusados: son todos autores de la violencia y la intimidación y todos son cooperadores necesarios porque sin esa violencia o intimidación no se hubiera producido el apoderamiento del teléfono móvil tal y como se produjo».
El abogado de los cinco acusados -Antonio Manuel Guerrero Escudero, Jesús Escudero, José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, y Ángel Boza- cuestionó la actitud de la víctima durante esa madrugada en Pamplona -se ha preguntado por qué se fue con ellos o por qué no pidió ayuda– e insistió en que La Manada ha sido víctima de la opinión pública que se ha generado. Sobre esto, la fiscal respondió: «No tomamos las decisiones judiciales en base a la opinión pública». Isabel Rodríguez ya había afirmado en su intervención que «no se puede exigir a las víctimas actitudes heroicas».