Justicia consuetudinaria o para las mujeres indígenas: ¿complementarias o contrasentido? Este es uno de los principales escollos con los que se enfrentan las mujeres indígenas de Ecuador, Chile y Colombia cuando se sientan a analizar qué grado de justicia proveen sus sistemas consuetudinarios, la llamada justicia indígena; se preguntan si esta justicia de usos y […]
Justicia consuetudinaria o para las mujeres indígenas: ¿complementarias o contrasentido?
Este es uno de los principales escollos con los que se enfrentan las mujeres indígenas de Ecuador, Chile y Colombia cuando se sientan a analizar qué grado de justicia proveen sus sistemas consuetudinarios, la llamada justicia indígena; se preguntan si esta justicia de usos y costumbres «sirve» para todas las mujeres o si el conjunto de leyes y normas que la rigen garantiza sus derechos fundamentales para las mujeres, como el derecho a una vida libre de violencia y a decidir sobre el propio cuerpo y sobre la propia vida sin necesidad de un tutor.
¿Es el derecho a la libertad y la autonomía del individuo, consagrado en convenciones y tratados, complementario con la ley indígena cuando ésta antepone la defensa de valores colectivos? ¿Hay diferencias entre países? Es decir, ¿el sistema de justicia consuetudinario es monolítico y siempre antepone los derechos colectivos a los individuales o es flexible y depende de cada pueblo o nacionalidad?
Son más las preguntas y los desafíos que las respuestas y las certezas. Se trata de un campo sin abonar y la discusión apenas comienza. En América Latina, donde nace la preocupación por el tema, la Corporación regional, feminista, Humanas ha impulsado el debate a través de la elaboración de un manual que lleva por título: Manual de Incidencia en derechos humanos de mujeres, con especial énfasis en mujeres indígenas.
Para llegar a la versión final del manual, la Corporación Humanas Ecuador, invitó a un grupo de mujeres indígenas de Colombia, Chile y Ecuador a revisar dicho manual y a mejorarlo. Si algo quedó claro en el taller, que estuvo a cargo de la experta costarricense en derechos humanos y justicia de género, Roxana Arroyo, es que las preguntas son inagotables, los límites extremadamente finos y el debate pertinente y comprometedor, además de apasionante.
La mirada intencionada
Aymaras, rapanui, mapuches, quichuas, shuar, nasas y wayúu… Al interior de cada una de estas nacionalidades hay voces, las de las mujeres, que cuestionan la infalibilidad de la justicia indígena frente a aquellas prácticas «culturales ancestrales» que, objetivamente, son dañinas para niñas y mujeres: ablación, encierro durante seis meses o «cesión de la niña» para casamiento.
El afán de estas pioneras del debate no es la crítica ciega o el rechazo en bloque hacia la justicia que rige sus propios pueblos sino la necesidad de concretar y dar vida a la complementariedad entre los derechos colectivos y los derechos de las mujeres. El peligro existe: si no se llega a un entendimiento, se continuará obligando a las mujeres indígenas a vivir en un dilema permanente y a tener que hacer elecciones dolorosas entre su identidad indígena y su identidad de género. Un ejemplo: ¿Cuáles podrían ser los puntos de intersección entre el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo -que garantiza los derechos colectivos- y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)?
La Corporación regional Humanas defiende la necesidad de una mirada nueva sobre el Convenio 169 para situar mejor al sujeto colectivo desde las mujeres. En el fondo de la cuestión, está el axioma de que lo individual y lo colectivo no son antagónicos sino complementarios. Y entonces Humanas preguntaba: ¿Cómo hacer una lectura de los derechos humanos en clave de complementariedad e intersección y no de antagonismo? En una visión del mundo desde la colectividad y lo colectivo ¿cuán perjudicadas salen las mujeres indígenas?
Complementariedad frente a incesto, cesión o ablación Las aludidas responden exponiendo dilemas concretos y cotidianos de sus respectivas nacionalidades. La diversidad de los pueblos queda plasmada tanto como las discriminaciones comunes. Sobre prácticas ancestrales en su pueblo, la representante del pueblo nasa, de Colombia, dice: «me preocupa el tema del incesto o la violencia sexual porque son temas tabú que no hablamos las mujeres para no atacar a nuestro pueblo (…) Existe el concepto de complementariedad entre el hombre y la mujer pero es una utopía. En la realidad sigue habiendo incesto y violencia, y esta es mi preocupación». Desde la Isla de Pascua, la representante del pueblo rapanui explica la ley del año 64 que rige en la Isla pero no en el resto de Chile, «es una ley obsoleta para casos como la violación o agresión sexual porque las penas son ridículas. Las revisiones sólo han dado paso a múltiples interpretaciones. Esto tiene un efecto negativo, enorme en las mujeres». El contexto en Chile es particularmente grave pues la Constitución ni siquiera define a Chile como un estado multicultural o plurinacional; en consecuencia, el poder judicial no reconoce las diferentes culturas y criminaliza las prácticas ancestrales. «Las mujeres son discriminadas por ser mujer, pobre e indígena».
Mientras que en Ecuador y en Colombia cuando una mujer indígena acude a la justicia ordinaria y no a la consuetudinaria corre el riesgo de ser mal vista por su comunidad. La expulsión de la comunidad de origen es un castigo de enormes consecuencias para la vida de un hombre o de una mujer, sea cual sea su edad. Cuestionar las tradiciones, la cosmovisión y las prácticas ancestrales del pueblo propio puede derivar en el rechazo unánime del colectivo.
De esto saben mucho las mujeres que desde hace años buscan esa complementariedad que otros les niegan pero que ellas defienden como la única forma de pervivencia. Marcharse o colocarse en el límite de ser expulsada es un paso que no se da a la ligera. Por ejemplo, ¿Qué puede pasar si las mujeres aymaras de Chile deciden no ceder en su lucha por evitar que sus hijas, de no más de 10 años, sean «cedidas» en matrimonio? ¿O si en Colombia, las mujeres indígenas se oponen frontalmente a la práctica de la ablación?
La mestiza tiene más posibilidades de sobrevivir
Si las tensiones en el centro mismo de una cosmovisión particular son patentes, más lo son las originadas cuando se ponen frente a frente las percepciones más propias de las culturas de Occidente y las de los diversos pueblos originarios. «La mestiza tiene más posibilidades de sobrevivir, para la indígena la expulsión de la comunidad puede ser fatal», dicho durante el taller por una bogotana.
El reto es buscar la manera de mejorar ambas jurisdicciones, la de usos y costumbres y la ordinaria, porque es la única forma de no llevar al límite a una mujer indígena que no desea desprenderse de sus raíces. Por ejemplo, ¿tiene sentido hablar de igualdad y de no discriminación en la cosmovisión indígena? ¿Hay cabida para estos conceptos en las culturas originarias?
Quedan muchas otras cuestiones y desafíos por delante, por ejemplo la participación política de las mujeres indígenas al interior de sus propios pueblos. La representante del pueblo wayúu lo expresa claramente y en primera persona: «Yo tengo posición política en mi comunidad pero he de enfrentar aún a mi tío materno al que no puedo pasar por encima, porque él es el representante político de mi familia. Yo culturalmente jamás podré traspasarle. La voz y la decisión pública y política siguen en manos del hombre aunque las mujeres digamos lo que se debe hacer. Pero debemos seguir la discusión porque seguimos pensando en estas tensiones, y eso a pesar de que yo quiero mantener mi identidad indígena wayúu. Las propias multinacionales me pasan por encima, por ser mujer».
¿Es suficiente una legislación de y para los pueblos indígenas si hay mujeres indígenas que no se sienten reflejadas? ¿Tiene sentido seguir hablando de la universalidad de los derechos humanos, cuando se trata de un concepto construido desde el hombre blanco? Y una última duda varias veces planteada: ¿Qué puede ser considerado hoy en día originario dadas las transformaciones sociales, económicas, idiomáticas, culturales… provocadas o impuestas a lo largo de los siglos?
Para las mujeres indígenas y mestizas reunidas en Quito, en torno al debate justicia consuetudinaria y justicia para las mujeres indígenas -que aún está en pañales y del que la Corporación Humanas es pionera- lo importante, en estos momentos, es hacerse las preguntas adecuadas y seguir reflexionando sobre los cambios que las propias mujeres indígenas quieren provocar.