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Muy Supremo, pero muy poco tribunal

Fuentes: Ctxt

La sentencia se acerca más a la arbitrariedad que a la justicia reglada.

Por fin hemos leído la sentencia que condena al fiscal general del Estado por revelar datos reservados. Antes que nada, lo que uno encuentra es un texto que daña gravemente la credibilidad de la justicia española y de todo nuestro sistema democrático.

La confianza en la justicia es un bien preciado. No porque sea escasa sino porque se sustenta en el aire. Confiamos en los jueces como método de resolución de los conflictos sociales porque creemos que son árbitros neutrales. Creemos que no utilizan su terrible poder para imponernos una moral o una ideología determinada, sino que se limitan a aplicar la ley aprobada por el Parlamento. Sin esta confianza el sistema entero se tambalea. Las elecciones pierden su sentido y el respeto a la ley se vuelve algo aleatorio.

Leyendo la sentencia en cuestión, mucha gente puede pensar que eso es precisamente lo que está sucediendo. Los jueces del Tribunal Supremo apenas han hecho un esfuerzo por guardar las apariencias. Han redactado una decisión de casi doscientas cuarenta páginas usando un lenguaje jurídico sofisticado. Y poco más. Lo que interesa de una decisión de esta envergadura no es el número de páginas ni la calidad del lenguaje, sino su consistencia. Y en eso la sentencia puede ser un fiasco.

Formalmente, el tiempo transcurrido entre la publicación del fallo y la de su argumentación suscita dudas. Los magistrados apenas tuvieron unas pocas horas para llegar a una conclusión que parece hecha a medida para el acusado. Resulta difícil creer que fueran capaces de valorar todos los argumentos que ahora se desarrollan en estos dos centenares de páginas. No es disparatado imaginar que quizás primero se decidiera cómo castigar al acusado y luego se redactara por qué se ha hecho así. Todo lo contrario a una auténtica decisión jurídica.

Conocido el texto, llama la atención el contraste entre sus numerosas afirmaciones tajantes y la falta de datos objetivos que las sustenten. Los jueces dicen que creen que la única explicación es que el fiscal es culpable y que la filtración tuvo que salir de la Fiscalía. Nos transmiten que están convencidos de que lo hizo o lo ordenó hacer él, pero no nos presentan ningún dato que explique tanto convencimiento. En democracia los jueces no deben contarnos si están o no íntimamente convencidos de algo, sino las razones que nos convenzan a todos. Y de eso no hay.

Lo más novedoso de la sentencia es la idea de que publicar una nota de prensa sobre algo que ya todo el mundo sabe que existe y que es real supone divulgar un dato reservado. Va contra la lógica de las cosas llamar reservado o hablar de divulgar cuando se alude a algo que todo el mundo sabe, por eso de ese asunto no se discutió en el juicio. Sin embargo, el  Tribunal Supremo sabe que el fiscal general reconoció que él mismo redactó esa nota. Convertirla en delito, desafiando la regla de la lógica, es la única manera de tener una acusación de la que sí se conoce el culpable.

Respecto a la filtración, la principal prueba de cargo sigue siendo el borrado de los mensajes. Es decir, la principal prueba es que no hay pruebas. La sentencia en este punto concluye que el acusado no ha podido demostrar que estaba obligado a borrar sus comunicaciones, de modo que no puede invocarlo para demostrar su inocencia. Olvida que en democracia lo que hay que demostrar es la culpabilidad. Del mismo modo, utiliza contra el ya ex fiscal general el hecho de que se haya acogido a su derecho constitucional a no declarar. El resto de “pruebas” son, o muy genéricas, o directamente inventadas (como la deducción de que una llamada de cuatro segundos pudiera haber sido una señal para utilizar otra vía de contacto), o simplemente se exponen sin la mínima explicación.

El Tribunal Supremo no argumenta por qué nunca se investigó si alguna de los centenares de personas con acceso al correo electrónico en el servidor de la Fiscalía entró en él. La sentencia tampoco cuenta por qué creen los jueces que solo cuatro personas podían ser autoras de la filtración. Por mucho que leemos, es imposible encontrar ninguna explicación de qué hace tan creíble la declaración de la fiscal Lastra, que dijo que el fiscal no había negado ser el autor de la filtración. Tampoco se explica por qué las versiones de los periodistas son tan creíbles y sin embargo no se toman en cuenta. Queda sin aclarar qué es eso de la unidad de acción entre la filtración de una noticia y el mencionar en una nota de prensa un hecho de sobra conocido por la sociedad… En más de dos centenares de folios los jueces no han encontrado hueco para responder a estas y otras cuestiones esenciales. El lector de la resolución puede llenarse la cabeza de complicados argumentos jurídicos, pero se queda sin saber por qué diantres se condena al fiscal general del Estado.

Ahí es donde fracasa la idea misma de derecho. Una sentencia, incluso una aparentemente construida a posteriori para llegar a determinado fallo, debe contener explicaciones, no afirmaciones. Lo jurídico debe construirse como un ejercicio de lógica, no como un acto de autoridad. Sin embargo, nos encontramos con una sentencia que hay que obedecer –porque la dicta el órgano judicial con más autoridad del país–, pero que no argumenta lógicamente sus conclusiones. Tal paradoja puede dañar gravemente la confianza en la justicia: puede llevar a gran parte de la ciudadanía a pensar que hay que obedecer a los jueces porque tienen poder, pero no porque actúen jurídicamente.

Es posible aventurar que si el Tribunal Supremo no fuera la última instancia judicial española la sentencia sería muy diferente. El principal problema del Tribunal Supremo es que sus miembros saben que ninguna otra instancia judicial puede revisar su decisión sobre la culpabilidad o la inocencia de un acusado, por eso no se sienten obligados a explicar nada. La impunidad tiene esas cosas. Sí saben que el Tribunal Constitucional controlará si han vulnerado algún derecho fundamental, y a defenderse contra eso dedican la mayor parte de su texto. Pero respecto a la culpabilidad del fiscal en un delito de revelación no dan explicaciones. Este tribunal es supremo porque es el último, pero en ningún caso porque sea el mejor. A veces ni siquiera parece un tribunal.

No sabemos si la escasez de argumentos se debe a que estamos ante una sentencia política o a que los magistrados están convencidos de que el autor de la filtración fue Álvaro García y han decidido condenarlo incluso sin pruebas suficientes. Da igual. En uno y otro caso estamos ante un resultado que se acerca más a la arbitrariedad que a la justicia reglada.

Fuente: https://ctxt.es/es/20251201/Firmas/51306/Joaquin-Urias-Tribunal-Supremo-sentencia-fiscal-general-arbitrariedad-lawfare.htm