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Políticas corporales: las mujeres deciden

Fuentes: Viento Sur

Se legisla, se reglamenta y se decide de forma abundante sobre los cuerpos de las mujeres, por personas e instituciones ajenas a ellas mismas, a veces más que ajenas, claramente enemigas. Los Estados, las Iglesias, los organismos internacionales, las buenas costumbres, la moral, las normas no escritas…. todo ello va tejiendo un entramado de expropiación […]

Se legisla, se reglamenta y se decide de forma abundante sobre los cuerpos de las mujeres, por personas e instituciones ajenas a ellas mismas, a veces más que ajenas, claramente enemigas. Los Estados, las Iglesias, los organismos internacionales, las buenas costumbres, la moral, las normas no escritas…. todo ello va tejiendo un entramado de expropiación de los cuerpos femeninos, que deriva en que cualquiera puede dictar y dicta sobre sus cuerpos, menos las mujeres mismas, que no tienen reconocida la libertad para decidir. Ni siquiera la elemental y más unida a su biología de decidir sobre su maternidad.

No sólo se produce este control en los temas referentes a la maternidad y a la procreación, sino de forma más extensa, a los cuerpos en su movilidad, apariencia, disciplinamiento postural, salud, higiene, alimentación, relaciones sexuales…. Todo lo que las mujeres quieren y deben hacer con su cuerpo aparece enormemente normativizado, controlado, incluso con controles informales, que son a veces los más importantes. ¿que norma decide la talla de las mujeres, su altura, gordura, las depilaciones, la talla de sujetador, las modas, y un largo etcetera? Normas invisibles, impuestas por la dominación patriarcal, cuya transgresión es sentenciada con la marginación social o la expulsión de los espacios normalizados de relaciones sociales. Cuando la transgresión se enfrenta a una norma explícita la sanción puede ser mayor, incluso la cárcel o la expulsión del territorio.

Está dicho que el decálogo del patriarcado ha sido escrito a sangre y fuego sobre los cuerpos de las mujeres. Más o menos de eso va este tema. Del control de los cuerpos femeninos, vía penalización y criminalización. La propuesta de reforma del Código Penal, una vez más, a propuesta del titular de Justicia, Gallardón, ya está en la lista de espera de los proyectos a aprobar por el Gobierno próximamente.

Toda la información que se posee sobre el tema son las declaraciones del propio titular del Ministerio, más los siempre aberrantes comentarios de las jerarquías católicas, que suele ser su inspiración ideológica. Una vez más la transparencia no es precisamente la cualidad del gobierno de Madrid. Así que fiándonos, -!poco, muy poco!- de lo que dice, vayamos a analizar esta propuesta de modificación de los supuestos de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que serán considerados legales, aunque no por ello, cubiertos por la asistencia pública. «A sensu contrario» las no contempladas en los causales serán consideradas delitos.

La primera arremetida fuerte que limita los actuales supuestos legalizados, es la desaparición de los supuestos de IVE a petición de la mujer, hasta las 14 semanas de embarazo. Aduce razones de índole católico-supersticioso, como que el feto es una persona, si bien especial, «nasciturus», cuya expulsión del seno materno equivaldría a la muerte de una persona, por más señas, indefensa.

Convendría señalar algunos datos de la incidencia de este supuesto en las actuales prácticas sanitarias. Según los últimos datos de los que disponemos, del año 2011, facilitados por el propio Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en ese año se practicaron 118.359 interrupciones voluntarias del embarazo, de las que 106.523 -el 90%-, lo fueron a petición de la mujer, por su voluntad propia y sin tener que alegar ninguna otra causa más que su libre decisión. En las cifras que hemos estudiado para Euskal Herria, los datos suben al 93,69%, del total de 4.982 casos, que son realizados antes de las 14 semanas.

O sea, que como oía decir en mis tiempos de estudiante se comprueba que «la simple pluma del legislador, puede echar por la borda cientos de miles de escritos de sabia y consolidada práctica jurídica y jurisprudencial», -y ciscarse de paso en los derechos de las mujeres, añadiría-. En este caso, y lo que es más grave, los 106.523 casos de IVE practicadas en centros sanitarios y hospitalarios, con todo tipo de garantías sanitarias y jurídicas, pasarían «ipso facto» a ser consideradas como delito.

La nueva propuesta de reforma no es ya muy grave solamente por el paso de la conceptualización de un derecho a un delito, como tantas veces se ha denunciado por el movimiento feminista, con todo lo que ello conlleva de judicialización y criminalización de las prácticas de interrupciones voluntarias, sino que el supuesto por excelencia, el que se aplica nada menos que en el 90% aproximadamente de los casos, se consideraría delito y por tanto se criminalizarían estas conductas, tanto para las mujeres, como para el personal sanitario que interviene. Para este personal, con los supuestos de penas más graves, incluso, y el añadido de inhabilitación, lo que supone expulsión de su carrera profesional.

A mi entender es sobre estos datos y sus consecuencias sobre las que tiene el ministro actual que definirse, y dejar un poco al lado tanto argumentario filo-místico y de superstición.

Hay otro dato que también se destaca cuando se habla de las IVE y yo entiendo que se debe poner sobre la mesa. A pesar de que siempre representan con truculencia y horror la realización de un aborto y falsifican imágenes de fetos con apariencia de bebés, la práctica de una IVE no tiene nada que ver con esa plasmación, si se realiza tempranamente, con métodos adecuados y con garantías de higiene y sanidad. Así, según los datos a que se hace referencia del Ministerio, se puede ver que el 55,10 % de las IVE, se realizan mediante métodos no quirúrgicos o farmacológicos, realizados antes de las 8 semanas /1. Asimismo, los métodos utilizados hasta las 14 semanas son en general muy poco agresivos para el cuerpo de las mujeres y, desde luego, nada tienen que ver con esas carnicerías que a menudos nos enseñan los video-montajes de los enemigos del derecho a decidir.

Esto, unido a la mitificación y personalización que se hace del feto y del embrión, hace que una práctica que puede ser bastante inocua para la existencia de las mujeres se cargue de enormes significados de sufrimiento, tanto físicos como psicológicos, y de sentimientos de culpabilidad y vergüenza, para así doblegar la libertad de las mujeres. Por poner un ejemplo cercano, una IVE no es en absoluto ni la décima parte de dolorosa o violenta, que una «buena» carga policial en concentración no autorizada o una detención en casco urbano de inmigrante sospechosa de no tener papeles. Si el embarazo no era deseado, desde el inicio, la práctica se convierte en un alivio importante para la propia mujer.

La otra modificación importante que parece que va a traer cola, es que los supuestos causales en los que se va a permitir la interrrupción voluntaria del embarazo, van a ser solo tres: violación, salud de la madre e incompatibilidad del feto con la vida o inviabilidad absoluta del mismo fuera del seno materno. Es decir, además de reducir los supuestos a las causas específicas y en los plazos señalados, desaparece un supuesto: las malformaciones del feto. No es éste equiparable al caso anterior, en número, ya que los datos reseñados nos sitúan en un 3,5%, más o menos de los abortos acogidos a este supuesto. Lo que sí destaca de la supresión de este supuesto es su crueldad hacia la mujer embarazada, a la que se le va a obligar a parir una criatura con deficiencias muy graves, contra su voluntad y sus proyectos de vida. Se vuelve a introducir un tergiversación de la causa de la IVE. No es la causa el que el feto tenga malformaciones o el que la mujer haya sido violada o el que la mujer tenga problemas serios de salud. La causa de la realización del aborto es simplemente la voluntad de la mujer. Voluntad que obviamente se ve mediatizada por los supuestos más graves de embarazos no deseados, o devenidos no deseados. La causa no es el hecho de que la criatura va a ser altamente «dependiente» toda vida, sino que la causa real es que la mujer no quiere parir una criatura en esas condiciones.

Este debate conviene hacerlo con mucha tranquilidad, pues ya ha habido algunas asociaciones de personas discapacitadas que ven en la causa de «malformación del feto», la introducción de prácticas eugenésicas y la no aceptación de las personas minusválidas o con discapacidad funcional en nuestra sociedad. Y lo que en realidad se está reivindicando es la decisión de la mujer. En estos momentos de recortes sociales, por llamar de alguna forma al desmantelamiento de los servicios públicos de atención social, parece que raya con el cinismo más políticamente de derechas el hacer recaer la culpa de la no atención a la discapacidad sobre una mujer que ejerce su derecho al aborto, antes que a las políticas claramente genocidasd de este gobierno y sus políticas neoliberales.

Esta modificación del Código Penal que pretende el Gobierno del PP tiene que ver con muchas líneas maestras de su programa: la criminalización de las conductas disidentes, la penalización de la libertad de decidir de las mujeres, la conceptualización de la familia y del papel en ella de las mujeres y las niñas y los niños,… Todas las líneas maestras que están justo en la diana de las luchas del movimiento feminista.

Notas

1/ Ver un ejemplo práctico en www.youtube.com/watch?v=YZysFEdVQfg.

Fuente: http://vientosur.info/spip.php?article8324