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¿Qué supondría el contrato único del pacto PSOE-C’s?

Fuentes: Rebelión

Como en la época que vivimos de constante ofensiva del capital hay que estar desmontando falacias de forma continua, procedentes de los poderes económicos o de las fuerzas políticas o mediáticas que les representan, en el presente artículo nos vamos a centrar en las propuestas laborales recogidas en el reciente pacto entre el PSOE y […]

Como en la época que vivimos de constante ofensiva del capital hay que estar desmontando falacias de forma continua, procedentes de los poderes económicos o de las fuerzas políticas o mediáticas que les representan, en el presente artículo nos vamos a centrar en las propuestas laborales recogidas en el reciente pacto entre el PSOE y CIUDADANOS, firmado en principio para posibilitar la investidura (fallida) de Pedro Sánchez como Presidente del Gobierno. En concreto, y basándonos en el documento publicado por Antonio González, de Economistas Frente a la Crisis, vamos a centrarnos en la modalidad de contrato laboral que se propone, que viene a ser la misma que CIUDADANOS viene denominando «contrato único». Lo primero que hemos de afirmar es que, aceptar (aunque sea implícitamente) que la (des)regulación del mercado laboral (por enésima vez) es importante para la creación de empleo, es ya, en sí mismo, una falacia de partida. El nivel de desempleo que padecemos en nuestro país no es resultado de la supuesta «rigidez» de nuestro mercado laboral, sino de otros factores que no tienen que ver con ello, como el nivel de industrialización de la zona en concreto (compárese el nivel de paro de Euskadi con el de Andalucía), y de las consecuencias de la propia crisis, que ha hecho descender el consumo de forma generalizada, lo cual imposibilita que las empresas vendan sus productos, y por ende, puedan contratar a más personal.

Lo que las fuerzas políticas de la derecha neoliberal han etiquedado siempre como la «dualidad» del mercado laboral, no es más que la manifestación de su interés por acabar con los derechos y garantías reconocidos a las plantillas de trabajadores estables, más que un interés por acabar con el empleo precario en nuestro país. Hemos de interpretar, por tanto, el deseo de «acabar con la dualidad en el empleo» como un intento de debilitar el empleo estable y con derechos, generalizando la precariedad y dotando a la parte empresarial de más poder sobre todo tipo de trabajadores. Pero para disfrazar sus intenciones, y expresarlo de una manera suave y engañosa, nos sumergen en todos los trucos y recursos de su neolenguaje laboral, que emplea por doquier salvajes e indecentes eufemismos para negar, esconder o subvertir la realidad. Por tanto, la primera llamada de atención es a que no nos podemos dejar engañar. De hecho, en el documento del acuerdo entre PSOE y C’s el epígrafe se titula bajo la rimbombante expresión «Medidas para mejorar la calidad del empleo y combatir la inestabilidad y la precariedad laboral», pareciendo que tienen muy buenas intenciones al respecto, cuando en realidad las medidas que proponen no vienen sino a incrementar la inestabilidad y la precariedad para la clase trabajadora. Vamos a rescatar un párrafo inicial de Antonio González, cuando se refiere a las falacias vertidas en torno a la precariedad y la inestabilidad: «Vaya por delante que las medidas más novedosas del apartado incurren en el error, claramente reconocible en las posiciones ya conocidas de CIUDADANOS, de no comprender que el empleo puede ser temporal, pero no necesariamente precario, si su naturaleza es verdaderamente temporal. En sentido opuesto, el empleo será precario por su duración temporal (no por la modalidad y denominación del contrato) e inestabilidad cuando su naturaleza dentro de la actividad de la empresa sea en realidad permanente, o cuando la rescisión del contrato (aunque éste sea indefinido) pueda hacerse de forma unilateral y sin causas por parte de la empresa. Además, la rotación e inestabilidad del empleo son hoy sólo una de las formas de precariedad, porque la desregulación y las prácticas laborales de las empresas han derivado en nuevas y terribles formas de precarización del empleo. La perspectiva interesada de considerar la tasa de temporalidad como única expresión de la precariedad puede ser hoy no sólo reduccionista, sino manipuladora. Los despidos injustificados, las relaciones laborales fuera de norma, el fraude masivo en los contratos temporales, el falso, desregulado y sin derechos trabajo a tiempo parcial son, entre otras, expresiones de la precarización multiforme del mercado de trabajo«.

Así es, en efecto, y para ilustrarlo, vamos a poner un ejemplo (se podrían poner miles de ellos) concreto. Un caso típico corresponde a las personas (normalmente son mujeres) que las empresas contratan para hacerse cargo (entre otras tareas) de lo que pudiéramos denominar la «centralita» de teléfonos de la empresa, esto es, son las recepcionistas generales de cualquier llamada general que venga del exterior, y de redirigirlas a las personas interesadas. Pues bien, la pregunta podría ser: ¿es ésta una actividad constante en la empresa? Evidentemente sí, pues la empresa siempre necesitará una centralita y alguien que la gestione. Bien, pues nuestra experiencia nos dice que la mayoría de las empresas, en vez de seleccionar dicho personal como plantilla estable de la misma, amparada por sus derechos y garantías, prefieren buscar a dichas trabajadoras entre la selección externa que les realiza una empresa de colocación (típicamente una empresa de trabajo temporal), por lo cual estas personas tienen, de forma permanente, un empleo precario. ¿Qué sentido tiene, pues, que si estamos hablando de una actividad permanente en la empresa, los trabajadores o trabajadoras que la realicen estén sujetos continuamente a la precariedad, a la inestabilidad y a la falta de derechos y regulación? Este es el asunto.

Pues bien, el documento del acuerdo entre PSOE y C’s cambia el nombre del contrato temporal por el de «contrato estable y progresivo», expresando de esta forma un eufemismo, un oxímoron, en una palabra, una mentira. La modalidad de contratación propuesta (disfraz del contrato único) no es ni estable ni progresiva, porque de entrada, lo temporal no puede ser estable. En realidad, esta nueva modalidad de contratación no viene sino a formalizar, legalizar e institucionalizar la precariedad, ya que si la actividad a realizar es permanente en la empresa, los contratos han de ser indefinidos y no pueden ser temporales, aunque se les disfrace bajo la denominación de «estables». El esperpento eufemístico llega a su máxima expresión, intentando hacernos creer que la nueva modalidad de contratación va a garantizar la estabilidad en el empleo, cuando lo único que va a garantizar es la precarización continua. Es decir, la maniobra, en vez de atacar la posibilidad inmoral de que las empresas continúen contratando de forma temporal para actividades permanentes, la legaliza, le da amparo normativo, la convierte en legítima, y además, reduce las indemnizaciones por despidos no justificados o improcedentes (porque además no se requiere casuística ni para contratar ni para despedir). En el fondo, pretenden conseguir que ésta sea la vía general de acceso al empleo para todo tipo de trabajos y actividades.

Pero ello, como decimos, lejos de provocar un comportamiento de las empresas más responsable, y unas condiciones laborales más dignas para los trabajadores, lo que va a provocar es que los empresarios usen y abusen de esta modalidad contractual para todo tipo de actividades, aumentando la rotación del personal (para impedir que vaya creciendo la posible indemnización por despido), y excusándose en que este tipo de contrato «estable y progresivo» no tiene una casuística determinada ni para su establecimiento, ni para su extinción. Con todo ello, en vez de cambiar la cultura empresarial hacia un mayor reconocimiento de la estabilidad en el empleo, se va a potenciar el hecho de que las empresas no desean en general establecer relaciones estables (por criterios económicos, claro está) con los trabajadores de menor cualificación, de los cuales, en cuanto las circunstancias se lo permitan, intentarán desprenderse, ahorrándose costes laborales, y ahora, además, bajo un contexto normativo que legaliza y ampara dichas prácticas indecentes. Los efectos, pues, de esta nueva modalidad de contrato serían nefastos desde todos los puntos de vista, ya que se reducirá el uso de los contratos indefinidos, aumentará la rotación del empleo (para ahorrarse la creciente indemnización por despido), no se reducirá la tasa de temporalidad (en todo caso podrá ocultarse mejor a efectos estadísticos), la estabilidad real del empleo no aumentará, sino que tenderá a reducirse, y la dualidad y segmentación laboral permanecerán en nuestro mercado laboral. Como vemos, solo existen razones para desecharlo.

Blog del autor: http://rafaelsilva.over-blog.es

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.