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Crónica del juicio a los acusados por la acción del Circo Price

Un juicio por denunciar pacíficamente al Estado de Israel

Fuentes: Rebelión

«Les tengo que avisar al público que está en la sala que no toleraré ninguna clase de interrupción ni manifestación, que en el momento en que alguno de ustedes intente algún tipo de acción serán detenidos» Con estas palabras iniciaba el juez de instrucción del juzgado nº 2 de los juzgados de primera instancia de […]

«Les tengo que avisar al público que está en la sala que no toleraré ninguna clase de interrupción ni manifestación, que en el momento en que alguno de ustedes intente algún tipo de acción serán detenidos» Con estas palabras iniciaba el juez de instrucción del juzgado nº 2 de los juzgados de primera instancia de Madrid el juicio a 9 activistas de los más de 60 que participaron en la acción por el boicot a Israel realizada en junio de este año a las puertas del Circo Price. Estas palabras no se las dirigía a los imputados, evidentemente, sino al público, doce únicas personas a las que la policía había permitido entrar con los acusados, con la excusa de que la sala era pequeña y no podía haber gente de pie. De modo que la mayor parte de los compañeros tuvieron que quedarse a las puertas de los juzgados donde previamente se habían leído dos comunicados.

Claro que la sala era pequeña, pero cuatro plazas estaban ocupadas por agentes vestidos de paisano, suponemos que policía secreta, ¿o quizá agentes estudiosos del derecho? ¿o cuatro fornidos mozos llenos de curiosidad por la impartición de la justicia?

«Este es un juicio público pero precisamente por eso se les ha permitido estar presenciando el juicio y no les está permitido utilizar grabadoras ni cámaras de fotos» -continuaba el juez- les ruego que dejen en el banco de delante si tienen alguna grabadora y todos sus teléfonos móviles». Todos, excepto esos misteriosos muchachotes que se sentaron repartidos, dejamos los móviles en el banco y un par de grabadoras. «Bien, tengo que decirles también que según nuestro código penal no se admiten las autoinculpaciones que se han presentado. Está claro que esa es una táctica de solidaridad que ya se ha utilizado otras veces en España como fue el caso de la ley del aborto, pero como entonces quedan desestimadas». El juez continuaba con estas palabras dirigidas al público e indirectamente a los acusados -como si temiera que pudiera ocurrir quién sabe qué-; mientras habíamos dejado a tres policías más en la puerta, que nos acompañaron desde la entrada hasta la puerta del juzgado, y otros dos más que se habían situado a los dos lados de un biombo lateral que ocultaba otra puerta que daba a otra sala, y una furgoneta antidisturbios a la entrada de los juzgados.

El juez da paso al Ministerio Fiscal representado por una abogada que solicita que sus testigos declaren detrás del biombo y entren por la sala sin ser vistos, sus testigos son tres policías. Solicita también que no se identifique a los agentes, que no se les nombre y sólo se identifiquen por el número de placa. En este juicio no ha habido denuncia por parte del Circo Prince, propietario del lugar donde iba a tener lugar las jornadas programadas por la Red Innova, en estas jornadas participaban empresarios israelíes a los que supuestamente se les había impedido la entrada al recinto (Nimrod Lev, miembro del comité de dirección de Fing, Gil Gidron, Presidente Fundador de la Cámara de Comercio e Industria España e Israel, Ehud Levy, de Vertex Venture Capital, y también estaba prevista la presencia del embajador de Israel, Raphael Schutz) Tampoco los organizadores del encuentro habían presentado denuncia.

Allí estaban los nueve acusados, a cara descubierta, escuchando cómo un fiscal solicitaba que no pudieran ver la cara a sus acusadores, ni siquiera pudieran saber sus nombres. ¿Qué se estaba juzgando? ¿No se estaba presuponiendo la culpabilidad de los acusados, su carácter violento, su pertenencia…? ¿Se estaba juzgando a nueve jóvenes por una acción pacífica que trataba de denunciar las atrocidades de Israel, el incumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas, el ataque a la Flotilla de la Libertad? Vista desde las gradas, la puesta en escena no distaba de la que vemos habitualmente en la televisión cuando se procesa a presuntos terroristas, no cabe duda de se juzgaba otra cosa, algo que iba más allá de la acción concreta que llevaron a cabo estos chicos.

A pesar de que el juez se dirige a los acusados y les asegura que está garantizada su presunción de inocencia, no dejan de ser palabras contradictorias con el ambiente creado en el juicio.

El juez acepta que los testigos de la fiscalía declaren tras el biombo y por procedimiento pregunta al abogado de los acusados que trata de protestar alegando que si no se identifican los agentes no se puede armar la defensa, que además es necesario saber si uno de los agentes fue el que in situ pidió la documentación a los acusados y que si es así, los acusados ya conocen su cara de modo que no es necesario que testifique oculto. El juez desestima la protesta y pide a la fiscal que llame a sus testigos.

El primer testigo, es el policía al mando de la unidad que se desplegó hacia el Circo Prince. Dice que el no tuvo «ninguna intervención» que no ordenó ninguna intervención pues de lo que se trataba es de comisionar a gente de la unidad para que informara, según dice, su misión «no era de seguridad sino de información» pues sabían que había «un grupo de radicales que intentaba impedir un acto de israelíes». En ese momento el juez, le interrumpe y le pide que no utilice palabras ofensivas, que se limite a contestar. El policía pide perdón por lo que da la impresión de haber sido el uso de un lenguaje habitual. La fiscal insiste en que el policía aclare si los encausados impedían el acceso al recinto, y le pregunta varias veces si le notificaron de acciones violentas, pero el policía dice no saberlo, dice que no le notificaron ningún incidente que sólo tenían noticias, por la página web y porque se les notificó que se iba a realizar una acción mediática, que no se encuadraban dentro de acciones violentas. El abogado de los acusados pregunta al policía por su informe acusatorio leyendo las palabras que recogía este informe sobre los motivos de la acción «la denuncia del Estado de Israel por la ocupación de Palestina, el incumplimiento sistemático de las resoluciones de Naciones Unidas, el asesinato de nueve ciudadanos turcos en la Flotilla de la Libertad…» El juez interrumpe al abogado y le dice que se limite a preguntar sobre los actos juzgados no sobre los motivos.

El segundo policía declara que él tampoco presenció los hechos, que es el secretario, que se limitó a realizar las diligencias. Llaman al tercer policía, que supuestamente fue el que pidió la documentación que luego serviría para encausar a los imputados pero el secretario dice al juez que no se ha presentado porque está de servicio, ¿y no le dieron permiso? -pegunta el juez-, Sr. Juez está de servicio en Rumanía.

Cuando terminan las declaraciones de los dos policías el juez parece ya más relajado. Nombra a los acusados y les pide que se sienten delante para declarar advirtiéndoles que si quieren pueden negarse. Ninguno se niega a declarar. También la policía secreta que está intercalada entre el público parece más relajada, como si ya no temiera ningún incidente del público.

Los acusados van declarando uno por uno. El Ministerio Fiscal les va preguntando a todos su intervención en los hechos, si estaban o no encadenados a la puerta, si impedían el paso… incluso llega a preguntarles si se profirieron gritos amenazadores. Todas sus preguntas se dirigen a crear una imagen violenta de los acusados. Cada uno de ellos va relatando la acción dejando claro que en ningún momento se impidió el paso de los participantes en el encuentro y facilitaron a los policías su documentación en el momento en que se les requirió. A ninguno de los acusados se les da la oportunidad para que hablen sobre la actuación policial.

Al finalizar las declaraciones se pide a la Fiscal que formule las acusaciones y sorprendentemente dice que no hay acusaciones ni del Circo Price, ni de los organizadores del acto y que la policía tampoco formula acusación de modo que pide la absolución de los acusados. Todos nos miramos atónitos y alegres, quizá porque a pesar de la endeblez de los testimonios de los policías y de la ausencia de cualquier prueba inculpatoria no había nada ni en el procedimiento ni en la puesta en escena del juicio que hiciera prever este resultado.

Nos quedamos unos minutos a la puerta del juzgado para abrazar a los compañeros y fue entonces cuando oí a uno de los secretas preguntar a su compañero ¿tenemos que ir a algún otro juicio en esta planta?

Sin duda la sentencia absolutoria de este juicio es un hecho insólito pero a la vez paradigmático. El procedimiento que se siguió para encausar a los compañeros, sin pruebas, con una selección aleatoria de 9 participantes de 60, donde las instrucciones de la policía son «informar» y sin embargo se denuncia a los activistas, todo ello señala una forma de actuar de los cuerpos de seguridad que se va extendiendo. Si nos remitimos a los hechos de este juicio quedan en evidencia los límites cada vez más estrechos para todo ciudadano que reivindique su derecho a disentir. Cualquier denuncia del Estado de Israel, o de otros estados «amigos», especialmente los EEUU, será perseguida. Lo que se juzga en este tipo de casos no son acciones concretas sino la posibilidad de hacer uso de los derechos que nos amparan -todavía- como la libertad de expresión y de manifestación. Paradójicamente el Estado Español, por exigencia de Israel, modificó el código penal limitando el derecho a la justicia universal y garantizando de este modo la impunidad del Estado israelí, el mismo Estado que a través de su Ministerio Fiscal acusa a 9 activistas por una acción pacífica y reivindicativa que denunciaba los crímenes del Estado de Israel.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.