Recomiendo:
0

Un juzgado de Valencia condena a la empresa ONO por la vulneración del derecho de libertad sindical

Fuentes: Rebelión

El Juzgado de lo Social número ocho de Valencia falló el pasado 20 de mayo a favor de la vicepresidenta del Comité de Empresa de Cableuropa. La delegada de CGT denunció ante los tribunales a la empresa por considerar vulnerado su derecho a la libertad sindical. Y es que, la mercantil exigía un preaviso de […]

El Juzgado de lo Social número ocho de Valencia falló el pasado 20 de mayo a favor de la vicepresidenta del Comité de Empresa de Cableuropa. La delegada de CGT denunció ante los tribunales a la empresa por considerar vulnerado su derecho a la libertad sindical.

Y es que, la mercantil exigía un preaviso de 48 horas y la justificación del motivo por el que los delegados iban a hacer uso de su crédito horario. Además, la responsable del departamento en que la demandante desarrollaba su trabajo recriminó en varias ocasiones el uso puntual del crédito horario y en algún momento llegó incluso a negarle el permiso.

Ante esta situación, CGT solicitó a los tribunales que se declarara «la nulidad radical del comportamiento antisindical de la empresa» y que se ordenara el «cese inmediato de la conducta atentatoria, no interfiriendo en el uso del crédito horario». Ambas peticiones han sido recogidas por la sentencia que niega la argumentación de la empresa de telecomunicaciones consistente en apuntar que «el uso del crédito horario es un derecho ordinario» y «no un derecho fundamental».

La Sección Sindical de CGT en ONO se felicita de esta sentencia y manifiesta su intención de continuar luchando por los derechos de los trabajadores. Cabe destacar además que hoy es el segundo día de huelga de los comerciales de ONO. A este respecto CGT-ONO denuncia, entre otras cosas, «la injusticia y la poca falta de rigor de la empresa».