Durante el Franquismo, lesbianas y gays fueron perseguidos por su orientación sexual y sufrieron penas de cárcel por ello. Recientemente se han aprobado las indemnizaciones por la privación de la libertad padecida a lo largo de la dictadura por miembros de este colectivo. Las solicitudes ya están disponibles en el Ministerio de Economía y Hacienda. […]
Durante el Franquismo, lesbianas y gays fueron perseguidos por su orientación sexual y sufrieron penas de cárcel por ello. Recientemente se han aprobado las indemnizaciones por la privación de la libertad padecida a lo largo de la dictadura por miembros de este colectivo. Las solicitudes ya están disponibles en el Ministerio de Economía y Hacienda.
La Asociación de Ex-presos Sociales informa de que el modelo oficial de solicitud para solicitar la indemnización fijada para quienes sufrieron persecución durante la dictadura por su orientación sexual está disponible ya en el Ministerio de Economía y Hacienda.
La indemnización se aprobó con la Ley de Presupuestos Generales de 2009. Es aplicable a aquellas personas que fueron objeto de medidas de internamiento por ser homosexuales de acuerdo con la Ley de 15 de julio de 1954, por la que se modificaba la Ley de Vagos y Maleantes de 4 de agosto de 1933. También para el mismo fin se utilizó la Ley 16/1970 de 4 de agosto sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social, modificada por la Ley 43/1974 de 28 de noviembre.
Será indemnizado el propio afectado o, en caso de fallecimiento, su cónyuge, cuando no se haya separado legalmente ni esté en proceso de separación o nulidad matrimonial. También es aplicable a aquellas parejas sentimentales que convivieran con la víctima al menos los dos últimos años antes de su muerte. En caso de tener descendencia, la mera convivencia será prueba suficiente.
Las indemnizaciones van desde los 4000 euros para quienes sufrieron penas de prisión de entre uno y seis meses, 8000 euros para quienes estuvieron hasta 3 años, y 12.000 euros para quienes estuvieron más de 3 años privados de su libertad. Por cada tres años completos adicionales se sumarán 2400 euros.
La organización aconseja a quienes decidan exigir esta indemnización enviar los documentos por escrito y por correo certificado con acuse de recibo para evitar posibles perjuicios, e informa de que el número de atención gratuita es el 900 50 30 55. En su página web cuentan con enlaces a toda la información necesaria, incluida la cuantía de las indemnizaciones. Además, invita a quienes soliciten las indemnizaciones a que informen a la Asociación de Ex-presos para poder realizar un seguimiento del proceso y tratar de evitar los retrasos o las denegaciones.
La Ley 52/2007, o Ley de Memoria Histórica, reconoce el derecho de quienes fueron perseguidos en la Dictadura y la Guerra Civil por su condición social a obtener, además, una declaración de reparación y reconocimiento personal.