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Nueva Constitución y matrimonio igualitario

Fuentes: Progreso Semanal

Las alertas contra los extremismos confesionales alrededor del matrimonio y las relaciones de pareja llegan de todas partes, más sugerentes en Cuba ahora que sobre el tema se debate, con notoria intensidad, en la consulta popular al anteproyecto de Constitución de la República. La controversia gira en torno al artículo 68 de la propuesta de […]

Las alertas contra los extremismos confesionales alrededor del matrimonio y las relaciones de pareja llegan de todas partes, más sugerentes en Cuba ahora que sobre el tema se debate, con notoria intensidad, en la consulta popular al anteproyecto de Constitución de la República.

La controversia gira en torno al artículo 68 de la propuesta de Carta Magna que redefine al matrimonio como la unión entre dos personas, con lo cual abriría la posibilidad de que parejas de un mismo sexo formalicen su estatus ante la ley. Los reportes de prensa indican que probablemente esta sería una de las pocas partes del texto constitucional que no pasa desapercibido en los foros de discusión a lo largo y ancho del Archipiélago. En una encuesta realizada por el semanario Escambray, de la provincia de Sancti Spíritus, más de la mitad de los encuestados aseguró que ese es el asunto que más llama su atención dentro de la que sería la nueva Constitución.

Sin unanimidad

Previo a la presentación del anteproyecto constitucional en la Asamblea Nacional del Poder Popular ya era evidente que la nueva definición del matrimonio sería controversial. Frente a la vigente Constitución de 1976 la transformación es de fondo, pues allí el matrimonio se conceptualiza como la unión entre un hombre y una mujer.

Las objeciones más notorias llegaron tan pronto como el 28 de junio, cuando la Iglesia Evangélica Pentecostal Asambleas de Dios, las Convenciones Bautistas Occidental y Oriental, la Liga Evangélica de Cuba y la Iglesia Metodista en Cuba patentizaron públicamente su oposición al matrimonio igualitario, mientras su feligresía difunde mensajes gráficos manifestando su adhesión a lo que denominan el «diseño original» de la familia.

La semana pasada monseñor Dionisio García, arzobispo católico de Santiago de Cuba calificó a la propuesta del matrimonio igualitario como algo «novedoso e inesperado» y alejado del «sentir y la sabiduría del pueblo». El presidente de la Conferencia de Obispos de Cuba atribuyó la presencia en el país de esa idea al «imperialismo cultural». «Es un nuevo colonialismo ideológico», aseguró, comentando además que la negativa al artículo 68 provenía también de los no creyentes.

Por otro lado la Iglesia de la Comunidad Metropolitana en Cuba se desmarcó de esas posiciones, que catalogó de fundamentalistas, al tiempo que cuestionó las bases teológicas de las actitudes de discriminación hacia las personas con identidades sexuales y de género no heteronormativas. «Necesitamos tener un diálogo de paz», insistieron.

Para defender su oposición a legalización de la pareja homoparental, otros juicios que circulan en las redes sociales la tildan de vínculo electivo y antinatural desde lo biológico; la consideran un nexo que no genera bien social pues, dicen, al no haber reproducción frenan el desarrollo de la sociedad. En algunos foros de debate hay quien ha asegurado estar de acuerdo con el matrimonio igualitario, pero no al punto de aceptar que dos personas de un mismo sexo unidas ante la ley puedan adoptar niños o niñas. Posturas más extremas conminan, incluso, al voto por separado o de lo contrario dirán no al texto constitucional en su totalidad.

Sin embargo ante el Parlamento Homero Acosta Álvarez, secretario del Consejo de Estado defendióal artículo 68 diciendo que «refuerza esos principios de humanismo y equidad» de la Revolución. En el propio foro, Mariela Castro Espín, directora del Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX) advirtió que «resultaría una contradicción que reconozcamos entre las causales de discriminación la orientación sexual y no reconozcamos la unión de las parejas homoparentales».

Yolanda Ferrer, una de las más cercanas colaboradoras de Vilma Espín, fundadora y presidenta hasta su fallecimiento en 2007 de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC) aseguró que, para la dirigente femenina, «la libertad sexual era posible y digna y que podían ser felices personas del mismo sexo». «En el año 1974 cuando se analizaba lo que debía incluirse en el Código de Familia, ella pensaba en el matrimonio entre dos personas, pero no estaban creadas las condiciones para esta propuesta», relató. Si ahora una noción inclusiva del matrimonio está en la propuesta de nueva Constitución es porque se ha estimado que es momento de dar el paso.

Empezar por los derechos

Aún faltaban dos años para que se supieran los detalles de la propuesta de nueva Constitución y ya la Dra. Martha Prieto Valdés, el Dr. Rafael Roselló Manzano y la MSc. Yamila González plateabanvarias preguntas cruciales a luz de la discusión actual: «¿La vieja noción de la familia biparental sigue siendo la única? ¿Es la heterosexualidad una exigencia biosocial para formar familia? ¿No deben ser las personas libres para determinar qué tipo de familia construyen?».

Desde su punto de vista, la pertinencia o no del matrimonio igualitario está indisolublemente ligada al tríptico de derechos libertad-igualdad-intimidad que deben ser entendidos como esenciales. Los tres profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana agregaron que la familia es relevante en tanto cumple la triple función de manutención de sus miembros, de reproductora y de educación y satisfacción de las necesidades afectivas. Ciertamente, admitieron, una pareja del mismo sexo constitutiva de familia no podría ejercer la función reproductora. Pero, acotaron, «lo mismo sucede con las parejas heterosexuales que no pueden tener descendencia y nadie se atrevería a pensar que estas no pueden constituir una familia». En lo concerniente a la satisfacción de necesidades económicas, afectivo-espirituales y educativas, estimaron que «es totalmente indiferente la orientación sexual de los miembros de la pareja para su efectivo cumplimiento».

Ellos no negaron las repercusiones legales que tendría un matrimonio igualitario, pero las consideraron solubles. Destacaron que «la normativa jurídica sí puede y debe actuar como catalizador del cambio social y proveer a la libertad, igualdad y dignidad plena de todas las personas sin distinción, así como a su desarrollo y realización».

Las opciones

Ahora es imposible vaticinar qué postura frente al matrimonio igualitario prevalecerá dentro de la consulta popular. La máxima dirección del Partido Comunista de Cuba ya dejó bien claro su parecer, con cuyo visto bueno llega a la ciudadanía el anteproyecto de Constitución. De modo que este se juega parte de su capital político en el proceso. «Cuando el pueblo acuda a las urnas a refrendar los cambios constitucionales, se pondrá a prueba el apoyo de la sociedad cubana al papel dirigente del Partido Comunista de Cuba», señaló el Doctor en Ciencias Filosóficas Darío Machado.

El desafío es considerable porque, tal cual enfatizó el presidente cubano Miguel Díaz-Canel Bermúdez, será el debate popular quien marcará las pautas de la versión final de la nueva Constitución.

Aún si la mayoría de las opiniones fueran a favor de mantener el artículo 68 en la formulación propuesta, no todo habría terminado. Llevar adelante una transformación de esa índole no será fácil. Requeriría hacer comprensible el significado de que Cuba sea un Estado de Derecho y, especialmente, laico ante quienes continúan considerando a las familias homoparentales, a lo sumo, como un mal necesario.

¿Y si finalmente se concluye que la mayoría se opone al artículo 68? ¿Se mantendría la definición de matrimonio tal cual está en la Constitución de 1976?

Un desenlace parecido podría interpretarse como un repliegue táctico a fin de evitar la fractura social. Ocurría así incluso si se eludiera la definición explícita del matrimonio dentro de la Constitución. Ni siquiera eso calmaría los ánimos de los contrarios al matrimonio igualitario, ni le restaría fuerza a la posibilidad de un voto de castigo por causa de otra cuestión -ajena al matrimonio heteroparental- en el magno texto.

Cabría preguntarse por las consecuencias a largo plazo de un replique semejante, pues al matrimonio igualitario compete uno de los principios básicos del texto constitucional: la igualdad de derechos.

Fuente: http://progresosemanal.us/20180911/nueva-constitucion-y-matrimonio-igualitario/