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El Rey, su inviolabilidad y posibles asesinatos

Fuentes: Rebelión

José Yoldi señala, en el que es sin duda es unexcelente artículo [1], que «pocas cosas suelen ser más atractivas y curiosas que las paradojas o las aparentes contradicciones». Tiene razón: algunos hemos pensado e incluso soñado en noches nada originales que la historia de la filosofía -aunque no sólo- podía ser explicada a partir […]

José Yoldi señala, en el que es sin duda es unexcelente artículo [1], que «pocas cosas suelen ser más atractivas y curiosas que las paradojas o las aparentes contradicciones». Tiene razón: algunos hemos pensado e incluso soñado en noches nada originales que la historia de la filosofía -aunque no sólo- podía ser explicada a partir de ese eje esencial, de esa atalaya fructífera. Empezando por Zenon, por Meliso o incluso por el mismísimo Tales y su agua omnipresente. No sé si los ejemplos que da Yoldi son los más interesantes para el lector/a -«he pensado en suicidarme, pero no le veo futuro», «es fácil conseguir un préstamo, salvo que lo necesites»- pero tanto da. No es el punto, la paradójica idea es vindicable.

Prosigue Yoldi con la estrategia en el caso Nóos del abogado de Diego Torres -doctor por ESADE: ¡sigue siendo doctor en Económicas por la prestigiosa escuela de negocios barcelonesa!-, que «no consiste en otra cosa que en airear los supuestos trapos sucios de los otros implicados en el proceso para desviar el foco de atención de su cliente hacia otros acusados» y mejorar así la posición de su cliente. La maniobra del letrado ha sido muy llamativa, en opinión de Yoldi, «porque ha aportado al juez unos correos electrónicos que Urdangarin dirigió a Torres y de los que se podría deducir que la infanta Cristina estaba al corriente de algunos proyectos y operaciones realizados por Nóos, e incluso parece que trata de involucrar al Rey». No está mal como estrategia en mi opinión y no está claro que sea falaz: pone el acento en la discriminación de la esposa de Torres respecto a la señora de Iñaki Urdangarin. No parece un disparate jurídico: ¿no somos, en general, iguales ante la ley?

Sea como fuere, tanto da también, Yoldi -esto tiene mucho mayor interés- se adentra en turbulentas aguas borbónicas y constitucionales. De la posible responsabilidad del Monarca -son palabras de él, no mías- surge una paradoja -acaso una contradicción- que nos regala la inmaculada hasta hace apenas quince días Constitución de 1978. La siguiente aporía: el artículo 14 establece que «los españoles somos iguales ante la ley» y otro, el 56, sanciona que «la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad». La propia norma consagra, pues, que al menos un español no es igual a los demás ante la ley.

Yoldi, acaso para quitar hierro al asunto, apunta que «la inviolabilidad de los Reyes está recogida en casi todas las constituciones de las monarquías europeas actuales» (¿y qué si fuera el caso?) y recuerda, y también es muy importante por la tradición que está detrás, que en España ya figuraba en la Constitución de 1812. Efectivamente, en su artículo 168 señalaba que: «La persona del Rey es sagrada é inviolable, y no está sujeta á responsabilidad». Si quitamos lo de sagrada -¡eran otros tiempos… y no demos malas ideas al legislador!- casi idéntica redacción al apartado 3 del citado artículo 56: «La persona del Rey de España es inviolable y no está sujeta a responsabilidad».

Y qué quiere decir que es inviolable, pregunta Yoldi. Según la interpretación abrumadoramente mayoritaria, responde él mismo, «que el titular de la Corona no es responsable de los actos que realice en el ejercicio de su cargo. Todos sus actos tienen que ser refrendados por el Gobierno, porque de lo contrario no tendrían validez, y son los ministros a los que se les podría exigir esa responsabilidad».

Si el Rey, añade Yoldi, el periodista del diario monárquico-global-imperial, no el firmante de esta nota, «cometiera en privado un delito grave -pongamos como hipótesis un asesinato o una violación- ¿se le podría juzgar?» Respuesta: no, en ningún caso, «en ese caso disfruta de una inmunidad procesal que le alcanza mientras siga siendo Rey. Es decir, que tendría que abdicar para que se pudiera proceder contra él».

Sobre la abdicación del Rey, Yoldi recuerda que la demediada constitución de 78 recoge que «las abdicaciones y renuncias (…) se resolverán por una ley orgánica». En más de 30 años de vigencia de la Constitución, las Cortes no han tenido tiempo de aprobarla. ¡Las contrarreformas laborales medievales son más urgentes! Y sin abdicación, el juicio sería imposible.

Hasta aquí un Yoldi, en general magnífico, que detecta no de forma novedosa una contradicción en una Constitución que, por ejemplo, Kurt Gödel jamás hubiera firmado: ex contradictione (sequitur) quodlibet, de una contradicción se infiere cualquier cosa, cualquier afirmación sin sentido, cualquier barbaridad, y un lógico de la grandeza de Gödel jamás se hubiera tragado ese sapo. ¡De hecho, estuvo a punto de no firmar la Constitución americana por motivos de este orden!

Pues bien, interesa recordar que esa paradoja, obvia por lo demás, fue señalada por muchos lógicos no serviles en los años de la transición y que la izquierda comunista, la alocada, insensata, la irracional hasta la náusea de la imprudencia izquierda comunista, no dejó de señalarlo por activa y pasiva. ¡No podía ser que las ansias de pacto en la transición -volado por los aires en los últimos meses de manera unilateral- nos condujera al disparate y sin sentido lógico-jurídico!

Nuestra demediada Constitución de 1978 engendraba monstruos: una obvia contradicción en el núcleo central del texto y permitir que alguien pudiera ser declarado no sujeto de responsabilidad antes las leyes. ¿Qué pasaría, por ejemplo, si el primer cazador de elefantes del Reino estuviera metido hasta las cejas y los bolsillos en el caso Nóos, o en sus alrededores próximos? ¿Nada? Nada: el Rey, la primera autoridad del estado, para dar ejemplo, es inviolable.

Eso sí, hay una forma de disolver la paradoja de la desigualdad constitucional por supuesto. Negar la mayor, negar que el Rey sea un español. Pero, entonces, ¿qué identidad nacional tendría la primera autoridad del llamado Reino de España? ¿La de un ser jupiterino?

¿O será acaso que los españoles no existen, no existimos y que lo de «españoles iguales ante la ley» remite a un simple contrafáctico? Si existiera españoles, entonces serían iguales ante la ley. Pero no existen, no existimos. Lo sólido se desvanece en el aire.

 

Nota:

[1] José Yoldi, «La paradoja del juicio imposible». El País , 30 de abril de 2012, p. 17

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.