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Agenda (silenciosa) de reconstitucionalización del déficit cero

Fuentes: Rebelión

En agosto de 2011 observamos como las dos facciones del bipartidismo gobernante aparcaban su escenificación de la discrepancia para modificar la Constitución al unísono, sin anunciarlo nunca en un programa sometido a las urnas, con unas Cortes casi disueltas, por un procedimiento de prisa, sin referéndum. Ahora el ejecutivo que consiguió la confianza del Congreso […]

En agosto de 2011 observamos como las dos facciones del bipartidismo gobernante aparcaban su escenificación de la discrepancia para modificar la Constitución al unísono, sin anunciarlo nunca en un programa sometido a las urnas, con unas Cortes casi disueltas, por un procedimiento de prisa, sin referéndum. Ahora el ejecutivo que consiguió la confianza del Congreso posterior a los votos, prepara la Ley Orgánica de desarrollo, con algunas dramatizaciones de oposición del ala izquierda del bipartido.

En paralelo, la Unión Europea avanza en un procedimiento de aprobación de un Tratatado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de la Unión Económica y Monetaria. En el último Consejo Europeo aprobaron el texto. En el caso de España, el pasado viernes 24 el Consejo de Ministros autorizó la firma. Tras su firma el 2 de marzo, el Gobierno buscará la autorización de las Cortes General para su ratificación. Será interesante observar si el bipartido actúa otra vez con una sola voz como en 2011 o si en esta ocasión el ala opositora denuncia algún elemento del pacto internacional.

En cuanto al contenido, se trata de una enmienda de las cantidades establecidas en el Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo del Tratado de la Unión Europea. Este protocolo establecía el límite de déficit en 3% del PIB y el límite de deuda en 60%. El Tratado en procedimiento de aprobación rebaja la cantidad de déficit permitido al 0,5%.

Como el Pacto del Euro, exige la regulación del déficit cero en la norma de rango más elevado que se pueda en cada Estado. En este aspecto y antes de la entrada en vigor del Tratado, ya España ha cumplido.

También exige a los Estados que incumplan el límite de déficit a negociar con las instituciones europeas las reformas que se vayan a hacer en la línea de corregir el desequilibrio y supone un refuerzo del control a los Estados que se salten los márgenes establecidos, ya que la Comisión Europea o cualquier otro Estado puede denunciarlo al Tribunal de Justicia de Europa, que puede obligar e incluso sancionar a los Estados incumplidores.

Entra en vigor el 1 de enero de 2013. Por lo que, salvo que la Ley Orgánica de desarrollo de la Constitución modificada, sea más «rigurosa», al déficit (actualmente en el 8,2, según el Gobierno) le queda una largo recorrido de recortes y agresiones a los derechos sociales.

Recordemos para terminar que la instalación del déficit cero es un principio central de la ideología del capitalismo neoliberal, que sirve para que el capital evite tener que compartir «demasiadas» rentas con los trabajadores, parados o ciudadanos en general. Durante los años del sobre-endeudamiento privado como palanca de crecimiento se bajaron mucho los impuestos a esas rentas del capital (sobre todo en 2006, Pedro Solbes); en esos momentos, no se notó mucho porque los ingresos de la actividad ficticia cubría esa merma; sin embargo, con el desplome, las finanzas públicas se vieron con el «culo al aire», precisamente en un momento en el que tenía que afrontar gastos extraordinarios, entre los que se incluyen los 20.000 millones de salvamento de bancos y cajas. Si los ricos no pagan impuestos y ellos tienen aseguradas su educación elitista o su sanidad privada, será el pueblo quien tenga que pagar el recorte de los ochenta mil millones, con menos salarios porque las reformas laborales sirven para eso mismo.

Griegos, portugues, irlandeses, italianos, españoles: ¡Alarma!

Blog del autor: sagara1977.wordpress.com

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.