Fabián Salvioli (La Plata, Argentina, 1963) es el expresidente del Comité de Derechos Humanos de la ONU. Durante su última visita a Euskal Herria, ha dado charlas y entrevistas en las que ha abordado temas como las desapariciones forzadas, la tortura o las leyes de memoria en el Estado español.
Casi 90 años después del inicio de la dictadura, ¿es tarde para reparar el daño de los desaparecidos y las víctimas del franquismo?
Es tarde, porque debió hacerse hace mucho tiempo; es tarde, porque el dolor de las víctimas y el de sus familias ha aumentado con el paso del tiempo; y es tarde porque el Estado ha incumplido las obligaciones éticas que tiene un país democrático a nivel internacional. Pero no debe esperar a que sea aún más tarde. Al Estado le corresponde dar los pasos que deben darse para reparar debidamente a las víctimas de violaciones de derechos.
Varios gobiernos autonómicos del PP y Vox han promovido las llamadas «leyes de concordia». ¿Cómo pervierte esta legislación los estándares internacionales de respeto por los derechos humanos?
Siendo relator de Naciones Unidas, mencioné que eran absolutamente incompatibles con los estándares internacionales, que implicaban una revictimización de las víctimas e, incluso, podría volver a generar responsabilidad internacional al Estado español si se plantean nuevas demandas de los órganos internacionales. Mi sucesor en el cargo, el actual relator Bernard Duhaime, ha mantenido esa misma posición y ha indicado que esas normativas son incompatibles con la garantía de los derechos humanos.
Cuando hablamos de reconciliación, ¿a qué nos referimos y cómo podríamos aplicarlo al contexto vasco?
La reconciliación es un término genérico que implica la recuperación de la confianza de la sociedad respeto al Estado. Cuando el Estado viola derechos de manera masiva y sistemática, la sociedad pierde la confianza en él. Entonces, debe tomar las decisiones pertinentes en materia de memoria, verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición para recuperar la confianza de la sociedad.
Pero de ninguna manera reconciliarse implica perdonar. El perdón es una decisión individual que cada cual decide tomar o no. En ese sentido, a las víctimas, y me refiero también a las de ETA, no se les puede obligar a perdonar. Cuando las víctimas reciben la reparación pertinente del Estado, se reconcilian con él y con la sociedad en general, y en este caso las víctimas de los hechos atribuibles a ETA lo han recibido. De esa manera se avanza en pacificarse, pero una persona no tiene por qué reconciliarse con un asesino ni con un torturador.
¿Podríamos comparar esta situación con la vivida en algún otro país del mundo?
Se podría trazar un cierto paralelismo con un conflicto interno como el colombiano, aunque haya factores particulares en cada uno. Luego encontramos el caso de gobiernos autoritarios o dictaduras que han cometido violaciones masivas y sistemáticas de derechos contra un colectivo determinado, como ha ocurrido en las dictaduras latinoamericanas, entre ellas las de mi país. Todas tienen su componente específico y, al mismo tiempo, se puede hallar un denominador común, que es el dolor de las víctimas. A las víctimas hay que escucharlas, no hay que manipularlas y hay que garantizar sus derechos, reparando su dolor como corresponde.
A menudo, se ensalza la Transición española por su supuesto éxito en devolver la estabilidad democrática, cuando más de 300 personas murieron a manos policiales o de la ultraderecha durante esos años. ¿Es tan envidiable como se dice este periodo de la historia española?
Es un periodo que ha tenido cosas buenas y también otras muy censurables, porque un Estado democrático no se puede permitir actuar al margen de la ley. Cuando se cometen las violaciones de derechos humanos en el marco de una democracia, el Estado debe asumir una obligación mayor, que es reparar esas violaciones. Es esperable que las dictaduras no hagan caso a las reparaciones que le corresponden a las víctimas, pero una democracia no se puede dar ese lujo.
La Ley de Amnistía española supuso la igualdad entre vencedores y vencidos, imposibilitando que se juzgara por sus crímenes a las autoridades franquistas. ¿Sería posible a nivel internacional corregir este agravio histórico?
Cuando yo lo integraba, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas adoptó observaciones finales diciendo que la Ley de Amnistía era incompatible con las obligaciones que tenía el Estado de cara al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y que había que dar los pasos para modificarla o derogarla, a los efectos de que se permita el juicio de aquellos hechos que podían haber constituido crímenes de lesa humanidad.
Incluso cuando el Estado adoptó la Ley de Memoria Democrática, sugerí públicamente que hubiese sido deseable, además, derogar la Ley de Amnistía. Aunque no hay motivo para que los jueces invoquen la Ley de Amnistía para no juzgar este tipo de crímenes, lo cierto es que lo hacen, por lo que lo mejor es que el Congreso la derogue. Hoy, además, ya no subsisten aquellos motivos que justificaban una Ley de Amnistía hace 45 años, porque creo que, felizmente, la democracia española está muy consolidada.

Para que aflore la verdad, ¿está argumentado renunciar a la justicia en algunas ocasiones?
No, eso es una perversión en la cual se pone en las víctimas el peso de elegir entre verdad y justicia, y que las revictimiza. Son dos cuestiones distintas y las dos deben estar garantizadas. Los Procesos de Memoria, Verdad y Justicia nos permiten el conocimiento de una verdad general sobre lo que ha ocurrido, lo cual es fundamental para los posteriores procesos de memoria. Y otra cosa es el juzgamiento de los responsables, donde puede incluso suceder que opere la presunción de inocencia. El mecanismo de juzgamiento de las personas presuntamente responsables no se debe confundir con el Proceso de Verdad: que un juicio no avance o se declare a una persona como no culpable no quiere decir que los hechos no hayan sucedido. De allí que no se puede hacer optar entre verdad y justicia. Los pilares son verdad, justicia, reparación, garantías de no repetición y memoria. Si no se cumple con los cinco, los procesos fracasan.
Pongamos el caso de José Miguel Etxeberria ‘Naparra’, reconocido como víctima de desaparición forzada por la ONU, hace 45 años. ¿Qué se puede hacer, transcurrido este tiempo, para llegar a esclarecer qué ocurrió?
Lo que ocurrió y ocurre, porque la desaparición forzada es un crimen continuo que se mantiene en el tiempo hasta que aparece la persona con vida o hasta que se identifican sus restos, en el caso de que haya fallecido. Por ende, una desaparición forzada no prescribe, porque no puede prescribir un crimen que se sigue cometiendo, así que el Estado debe dar todos los pasos pertinentes para investigar lo ocurrido y buscar la sanción penal de los responsables, tanto a nivel material como intelectual.
Usted ha conocido a muchas víctimas, también a Eneko Etxeberria, hermano de ‘Naparra’. ¿Qué ha podido aprender de ellas?
Las víctimas siempre son mejores que nosotros. En todo el mundo, casi siempre optan por la búsqueda de la verdad de manera pacífica. Nos dan una gran lección y por eso es injusto que se hable de las víctimas diciendo que piden revancha o venganza. En mi país, el ejemplo de los familiares de víctimas de violaciones de derechos humanos es asombroso. Es una lección que de aprenderse nos haría mejor como humanidad.
En el Estado español, existe la llamada Ley de Secretos Oficiales. ¿Es aceptable que prevalezca una «ley del silencio» cuando se trata de personas desaparecidas o ejecutadas?
No, ni moralmente ni jurídicamente aceptable. En todos los países existen leyes que permiten el secreto de determinadas acciones de Estado por razones de seguridad nacional, pero la actuación ilegal del Estado no puede estar amparada por ningún secreto oficial. Sin que se trate del caso de España, sería ridículo que alguien alegara una ley de secretos oficiales para impedir investigar un genocidio, por ejemplo.
Al igual que las desapariciones, ha recordado que la tortura no prescribe. ¿Es posible la reparación si la justicia no castiga a los perpetradores?
Es posible, pero no será plena. La reparación es un concepto que, en materia de derechos humanos, implica una serie de medidas, como poner a disposición de las víctimas de torturas y sus familias servicios de salud mental, física, psicosocial… Y luego está la compensación económica, que es lo referente al daño emergente, al lucro cesante y al llamado daño moral.
Pero la reparación no es solamente económica, sino que alcanza otros aspectos. Por ejemplo, algo que es muy valioso en materia de reparación, aunque no agota esta vía, es la asunción de responsabilidades. Ahora, la petición de disculpas nunca debe ser utilizada como una manera de legitimar el funcionamiento de los perpetradores. Por eso todas las medidas de reparación deben ser siempre acordadas con las víctimas.