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Cuando el obispo inmatriculaba una iglesia y, de paso, el huerto, el cementerio e incluso el monte de al lado

Fuentes: El Diario

Las plataformas que investigan el registro ilegal de fincas por parte de la Iglesia sospechan que 50.000 bienes inmatriculados podrían ser comunales, situación que obliga a algunos vecinos y ayuntamientos a recomprarlos para seguir utilizándolos.

Una sencilla búsqueda en el listado de bienes inmatriculados por la Iglesia facilitado por el Gobierno permite comprobar que una gran parte de las propiedades inscritas entre 1998 y 2015 tienen una naturaleza distinta a los fines propios de la institución católica. Las plataformas que reclaman la total transparencia de esas operaciones –y su anulación, en casos ilegales– señalan que aproximadamente la mitad podrían ser bienes comunales, una denominación jurídica que abarca una enorme diversidad de espacios: huertos, cementerios, montes o terrenos de pastos, pero también otras áreas de evidente naturaleza pública, como plazas, parques infantiles o frontones. Si su estimación es que los bienes inmatriculados por la iglesia superan ampliamente en España los 100.000, y se calcula que entre el 30 y el 50% de ellos son rústicos, la sospecha de que su uso y disfrute corresponda a los vecinos alcanzaría a 50.000 de esas propiedades registradas.

El cálculo, no obstante, puede variar de manera sensible en cada autonomía. Es el caso de Navarra, donde la transparencia con la que está abordando este asunto su Gobierno ha permitido identificar ya 3.000 bienes inmatriculados por la Iglesia. “Aquí en Navarra, la mayoría de los bienes son comunales, abarcan casi el 80%”, sostiene Cristina Contreras, presidenta de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, quien afirma que la comunidad foral se comprometió a realizar un estudio de estas propiedades para detectar, entre otros detalles, cuántas de ellas son de naturaleza comunal. “Un bien comunal no es un bien público: solo puede ser aprovechado por los vecinos de ese pueblo”, precisa Contreras, y recurre a ejemplos como huertas, helechales (terrenos con abundancia de helechos, muy comunes en Navarra, que pueden utilizarse para pastos) o zonas donde la madera, la leña o los pastos pueden ser aprovechados exclusivamente por las personas censadas en el municipio.

La posibilidad de acceder en Navarra a las notas simples de las propiedades registradas por la Iglesia —una información de la que los colectivos exigen disponer en todo el país— permitió que afloraran las sospechas sobre un tipo de bienes que, por su condición de propiedad colectiva, son difíciles de justificar dentro del ámbito de la institución católica. “A través de las notas simples, hay muchas cosas que no cuadran; aparece una iglesia o una casa parroquial junto a multitud de huertas, o también pueblos donde la Iglesia ha inmatriculado 20 o 30 parcelas de monte”, señala Cristina Contreras.

El cálculo de la plataforma navarra limita los bienes que podrían ser susceptibles de pertenecer a la Iglesia (templos, casas parroquiales) únicamente al 20% de las inmatriculaciones, dado que el resto “son jardines, huertas, frontones o cementerios, pero, sobre todo, tierras”, añade. A diferencia del resto del país, comprobar esta realidad en Navarra es factible y, de hecho, hay un proceso público en marcha. Una investigación que ayudará a dar sentido a por qué la Iglesia cuenta con numerosas propiedades rústicas: 34 parcelas en el pueblo de Eslava, 23 en Gallipienzo o 22 en Gallués son solo algunos ejemplos de una larga lista.

“Se han vendido muchos”

Los obispos aprovecharon la categoría de notarios que les otorgaba el régimen franquista para extender las inmatriculaciones mucho más allá de los bienes de su dominio. Ahora bien, ¿cuáles son las consecuencias de la práctica que ahora se exige revertir? “El primer perjuicio es la vulneración da la privacidad”, apunta la presidenta de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, que expone el otro efecto importante: “La Iglesia ha vendido muchos de estos bienes porque, si tienes un título de propiedad, puedes hacer lo que quieras”. Una realidad que lleva aparejada una consecuencia más, tan evidente como llamativa. “Vecinos, concejos y ayuntamientos se han visto obligados a recomprar terrenos que eran suyos; si ha habido una reclamación judicial, la han perdido, dado que una escritura del registro prima sobre el derecho de los vecinos, que no suelen disponer de esa documentación”, desvela Contreras.

La plaza de los Santos Niños, en Alcalá de Henares. Archivo / Europa Press

La carencia de papeles se explica porque, en la práctica, concejos y ayuntamientos no inscribían estos terrenos. “Muchos municipios no han cumplido con su obligación de salvaguarda de esos bienes: no los registraban y ni siquiera hacían inventarios”, denuncia José María Rosell, presidente de la plataforma Recuperando, que agrupa a colectivos de todo el país contra las inmatriculaciones de la Iglesia. Una situación que ahora se quiere corregir mediante un cambio legislativo que obliga a las instituciones municipales al registro para garantizar la información sobre esos bienes comunales e impedir maniobras como las efectuadas por la Iglesia, que “ha aprovechado su condición de fedatario público para hacer negocio”, esgrime Cristina Contreras, por su parte.

Precisamente, el conocimiento de nuevos datos en los últimos años ha dado pie a las primeras reclamaciones. Uno de los casos que se han popularizado es el del pueblo navarro de Galar, cuyo concejo ha decidido denunciar la apropiación de una plaza pública por parte de la Iglesia. En octubre de 1980, la diócesis de Pamplona inscribió un espacio de uso público junto al templo y la casa parroquial, bajo la denominación de “huerto parroquial adosado”. “Huerto parroquial no ha sido nunca; siempre fue una zona para juegos, luego un frontón y actualmente, un parque infantil”, desmiente Luis Biurrun, vecino y concejal de Galar implicado en la reclamación legal. Tras localizar la documentación del registro de los bienes comunales realizada en los años treinta del pasado siglo, el concejo exige la anulación de la escritura que la diócesis de Pamplona presentaría cuatro décadas más tarde. “Queremos que la plaza vuelva a ser del pueblo”, proclama Biurrun, quien también pone en cuestión que el resto de bienes pertenezcan realmente a la institución religiosa, basándose en la colaboración vecinal llevada a cabo para su mantenimiento: “Hace 13 años, el ayuntamiento se hizo cargo de una inversión superior a los 100.000 euros para la reparación de la iglesia”, pone como ejemplo. 

¿Qué pasa con las plazas públicas?

Así, en la plataforma estatal Recuperando estiman que la mitad de los 100.000 bienes inmatriculados por la iglesia desde 1945 hasta 2015 son de carácter rústico, lo que los hace susceptibles de ser comunales. Siendo esto así, ¿por qué no se han disparado las reclamaciones? Precisamente, la respuesta puede estar en su naturaleza colectiva. Si fueran particulares, la detección del problema habría sido más rápida y la reacción, instantánea. “El problema es que se trata de bienes rústicos sin identificar, no sabemos lo que son”, explica José María Rosell, responsable de la plataforma. “Probablemente sean comunales, pero no se puede afirmar con rotundidad porque no existe el dato fehaciente”, añade. En todo caso, la lectura de los colectivos que luchan por revertir las inmatriculaciones no cambia: “La Iglesia se ha comportado con un afán acaparador, se ha estado privatizando el campo y los bosques”, señala Rosell.

La plaza de los Santos Niños, en Alcalá de Henares (Madrid), fue inmatriculada por la Iglesia. Ayto. Alcalá de Henares

Pero más allá de esos terrenos definidos como “rústicos” en el listado facilitado por el Gobierno, también hay otros espacios de uso compartido cuya clasificación dentro de los bienes comunales está sujeta a interpretación. El caso más evidente es el de las plazas públicas, que “también pueden aparecer como bienes de dominio público, pero nunca como bienes patrimoniales”, aclara Rosell. De cualquier modo, estos espacios han sido objeto de numerosas y llamativas reclamaciones en todo el país. En la provincia de Zamora, la localidad de Almaraz reclamó judicialmente (y con éxito) la propiedad de la plaza mayor del pueblo, que había sido inmatriculada por la diócesis. Y también es objeto de disputa la titularidad de la plaza del Vicari Josep Llinas, en un barrio de Palma de Mallorca, o la madrileña de los Santos Niños, en Alcalá de Henares. 

También existen otras operaciones, estas relativas a solares urbanos, que añaden un componente rocambolesco. En Siero (Asturias), el arzobispado de Oviedo inscribió una finca en 2015, fuera de plazo (la llamada Ley Aznar de 1998 que permitía inscribir templos de culto ya había sido revocada), para vendérsela al ayuntamiento año y medio después por 20.000 euros. La mayor transparencia que exigen y esperan las asociaciones de lucha contra las inmatriculaciones eclesiásticas permitirá desvelar qué hay detrás de esos 50.000 terrenos rústicos en manos de la iglesia, muchos de ellos susceptibles de ser propiedad de los vecinos.

Fuente: https://www.eldiario.es/sociedad/obispo-inmatriculaba-iglesia-paso-huerto-cementerio-e-monte-lado_1_12168655.html