En octubre se realizará una sesión de la Asamblea Nacional para elegir a los miembros del Consejo de Estado, al presidente y al vicepresidente de la República.
La constitución este martes de la Comisión de Candidaturas Nacional (CCN) dio inició al proceso para elegir a la nueva dirección de la Asamblea Nacional de Cuba, el Consejo de Estado, el presidente y vicepresidente de la República y el recién instituido cargo de primer ministro, de acuerdo a la recién proclamada Carta Magna.
En el acto fueron presentados los siete miembros de organizaciones que integran la Comisión, encargada de presentar ante el Parlamento cubano las candidaturas a la dirección de ese organismo, donde se eligen el presidente y el vicepresidente de la República, junto a los miembros del Consejo de Estado.
De acuerdo a la Ley Electoral aprobada el pasado julio -en cumplimiento de la Constitución proclamada el 10 de abril-, una vez elegido el presidente de la República -hasta ahora conocido como «presidente del Consejo de Estado y de Ministros»-, este designará al primer ministro, ambos cargos instituidos por la nueva Carta Magna.
«Antes de que concluya el mes de octubre se realizará una sesión de la Asamblea Nacional para elegir a los miembros de ese órgano: al presidente y vicepresidente de la República, y a los otros integrantes del Consejo de Estado», anunció este martes en la ceremonia el actual secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta.
Acosta, figura clave en la redacción de la reforma constitucional, aseguró que el sistema electoral cubano «tiene una profunda raíz democrática» ya que «el pueblo» nomina y elige directamente «en algunos casos», mientras en otros las propuestas las hacen las comisiones de candidaturas.
Aprobada poco más de tres meses después de la proclamación de la Constitución, la nueva Ley Electoral mantiene el proceso de elección directa de los diputados y reduce la composición el Consejo de Estado, -máximo órgano de Gobierno del país- de 31 a 21 miembros, incluyendo a su dirección.
Entre sus principales cambios también figuran la creación de un Consejo Electoral Nacional como órgano permanente y la modificación de la proporción de los diputados en busca de una mejor distribución territorial en la representación de la Asamblea, que pasará a tener 474 miembros en lugar de los 605 actuales.
El nuevo Consejo Electoral Nacional en Cuba. ¿Quiénes son y qué hacen?
Se establecen tres tipos de elecciones: las municipales, donde se eligen los delegados a las Asambleas Municipales (concejales); la nacional, para seleccionar a los diputados, y la de gobernadores, otra nueva figura incluida en la recién proclamada Constitución.
El presidente del país propondrá las candidaturas de los gobernadores y vicegobernadores, que serán elegidos por los delegados municipales de cada territorio.
La Ley Electoral dispone además el requisito de residencia de dos años para ejercer el voto y de cinco años para aspirar a un cargo público.
No varía el procedimiento electoral para los delegados municipales, cuyas candidaturas son propuestas directamente por los vecinos, mientras que las de los diputados a la Asamblea Nacional continuarán a cargo de comisiones de candidaturas.
El Parlamento continuará eligiendo a su vez al presidente y a los vicepresidentes del país de entre sus integrantes, por lo que sigue cerrada la puerta a elecciones presidenciales directas.
En Cuba seguirán siendo ilegales las campañas electorales y la financiación a candidatos.
El Partido Comunista es la única formación política reconocida en el país.