Las disposiciones del Art. 3.3 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático -Convención- abrieron la puerta para la inclusión en la agenda multilateral de negociaciones del clima de dos temas que durante más de veinte años serían objeto de arduas negociaciones: la elegibilidad de los sumideros y depósitos de carbono biogénico […]
Las disposiciones del Art. 3.3 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático -Convención- abrieron la puerta para la inclusión en la agenda multilateral de negociaciones del clima de dos temas que durante más de veinte años serían objeto de arduas negociaciones: la elegibilidad de los sumideros y depósitos de carbono biogénico para la mitigación del cambio climático; y las acciones conjuntas de mitigación entre las Partes interesadas. Con la irrupción en 2005 del tema de REDD-plus en la agenda climática, se articularon ambos temas en sus versiones más laxas, utilitarias e inefectivas para la mitigación climática mundial.
La elegibilidad de la función de los sumideros y depósitos de carbono biogénico para la mitigación ha sido un tema complejo, polémico y de difícil negociación, debido principalmente a: (1) su dudosa efectividad para la mitigación mundial, ya que no reduce emisiones fósiles solo las compensa temporalmente con el reforzamiento de los sumideros o depósitos, (2) los problemas técnico-metodológicos relativos a la permanencia, adicionalidad, mensurabilidad, verificabilidad y fugas, inherentes a la naturaleza de dichas medidas, y (3) los impactos negativos ambientales, socioculturales, económicos y políticos que dichas medidas han estado provocando a nivel local.
Los promotores de REDD-plus, buscan compensar emisiones de carbono fósil mediante la compra de créditos de carbono generados con el reforzamiento de la acción de los sumideros o depósitos de carbono biogénico. Mediante el comercio de carbono los países compradores podrían continuar emitiendo carbono fósil y al mismo tiempo cumplir con sus metas de reducción de emisiones en el marco de sus contribuciones determinadas a nivel nacional -NDC- al Acuerdo de París, consignando a su favor los créditos de carbono comprados. Por su parte, los países vendedores recibirían recursos financieros para cubrir los costos asociados al reforzamiento de los sumideros y depósitos de carbono biogénico, y para generar beneficios locales colaterales. La acción de mitigación de los sumideros y depósitos no podrá ser asignada a favor de las NDC de los países vendedores.
Para contrarrestar el desgaste en la imagen del mecanismo REDD-plus, como resultado de las críticas a la falta de sustentación científico-técnica y empírica sobre su contribución real y efectiva a la mitigación mundial, y por los crecientes impactos negativos de los proyectos REDD-plus en diferentes regiones del mundo; los promotores de REDD-plus han recurrido al «reetiquetado» para reciclarlo ante el público, maquillándolo para disimular o esconder las falencias e impactos negativos que le restarían sustentación, credibilidad y aceptación.
Amén de su dudosa y cuestionada contribución a la biodiversidad, calidad de vida de comunidades rurales e indígenas, calidad ambiental, derechos de acceso y uso de la tierra, y otros derechos humanos; algunas etiquetas usadas en el reciclaje de REDD-plus han sido: «REDD-plus con enfoque de restauración de ecosistemas y paisajes», «agricultura climáticamente inteligente», «agricultura intensiva sostenible», «neutralidad en el carbono o degradación de la tierra» y «ciudades más verdes».
Ante la dificultad de acelerar la implementación y financiamiento del mecanismo REDD-plus dentro de la agenda climática multilateral, sus promotores han recurrido a otros procesos multilaterales, plurilaterales y bilaterales, en un intento por saltarse los obstáculos al avance de la agenda de REDD-plus. Tal es el caso, entre otros: del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 (PEDB), la Cumbre de Río+20 de 2012, y el proceso de la Agenda de Desarrollo para después de 2015, que incluye los objetivos de desarrollo sostenible -ODS-, la Alianza por los Bosques de Oslo en 2010 y el Reto de Bonn a partir de 2011.
Aunque el tema REDD-plus no pudo ser introducido ni visibilizado como tal en el ODS-13 sobre cambio climático, ni en ninguno de los 17 ODS y sus 169 metas, las actividades de REDD-plus fueron filtradas vía el ODS-15 sobre diversidad biológica y lucha contra la desertificación, cuya meta 3 plantea, entre otros, procurar lograr un mundo con una degradación neutra del suelo para 2030. El PE DB establece en su meta 15 de Aichi que para 2020 se habrá incrementado la resiliencia de los ecosistemas y la contribución de la diversidad biológica a las reservas de carbono, mediante la conservación y la restauración, incluida la restauración de al menos el 15% de las tierras degradadas, para contribuir a mitigar el cambio climático y a la adaptación a éste.
La iniciativa el Reto de Bonn , lanzada por Alemania con apoyo de la UICN, busca restaurar 350 millones de ha de tierras deforestadas y degradadas antes de 2030. En el fondo esta iniciativa busca paliar la lenta incursión e invisibilización de REDD-plus en la agenda climática multilateral, definiéndose como una plataforma que promueve REDD-plus con «enfoque de restauración de paisajes».
Además, dicha iniciativa busca empujar la agenda de REDD-plus desde un entorno plurilateral, en el cual no aplican las reglas de procedimiento de Naciones Unidas. La iniciativa es concebida como una sombrilla que facilitaría la implementación sinérgica de las convenciones multilaterales ambientales, vía los ODS. Se autodefine como un medio para cumplir los tres compromisos siguientes: la meta 3 del ODS-15 sobre la neutralidad en la degradación de tierras, la meta 15 de Aichi sobre la contribución de la biodiversidad a las reservas de carbono, y la meta sobre REDD-plus de la Convención. Esta última meta no existe ni en la Convención ni en el Acuerdo de París.
El Reto de Bonn adopta como eje y carta de presentación, tres compromisos internacionales centrados en REDD-plus, contraviniendo el espíritu y letra del Acuerdo de París y de la Convención, al otorgar al mecanismo REDD-plus una centralidad y jerarquía en la acción que es inconsistente con las disposiciones adoptadas. Se están prejuzgando las negociaciones post-2015 respecto a la elegibilidad del mecanismo REDD-plus y poniendo en riesgo el logro de las metas a largo plazo del Acuerdo de París.
Es de hacer notar que fue hasta el último momento de la negociación del Acuerdo de París que se logró introducir el Art. 5, y aunque incluye las cinco actividades elegibles en el mecanismo REDD-plus, no lo menciona como tal. En cuanto al Art. 6 relativo al «mecanismo para contribuir a la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero y apoyar el desarrollo sostenible», el numeral 38 (b) del texto de la decisión de adopción del Acuerdo de París establece que las actividades elegibles bajo dicho mecanismo deberán generar «beneficios de mitigación del cambio climático reales, mensurables y a largo plazo». Dicho criterio no aplicaría a la función de los sumideros y depósitos de carbono, ya que las reservas de carbono terrestres y acuáticas, almacenan carbono en escalas de tiempo muy cortas, liberándolo de nuevo hacia la atmósfera.
Es de hacer notar que el Art. 4 del Acuerdo de París expresa que «en la segunda mitad del siglo deberá lograrse un equilibrio entre las emisiones antropogénicas por las fuentes y la absorción antropógena por los sumideros». Lo anterior se basó en las proyecciones de los escenarios del IPCC con probabilidad de mantener la temperatura media mundial por debajo de 2 ° C, la mayor parte de los cuales se basa en el despliegue generalizado de tecnologías de emisiones negativas. Tal es el caso de: bioenergía combinada con captura y almacenaje de carbono, forestación y reforestación, secuestro de carbono en el suelo, carbón vegetal o biochar, entre otras.
Dichas tecnologías continúan sin ser sometidas a prueba mediante los ensayos apropiados, siendo incierta su efectividad y numerosos los riesgos asociados. La efectividad de dichas tecnologías para la mitigación del cambio climático será reexaminada por el IPCC en su próximo informe, al igual que la vulnerabilidad y adaptación de los sistemas naturales (océanos, costas, de agua dulce, la tierra y la criosfera) y sistemas gestionados (agricultura, silvicultura y otros usos de la tierra) y sus servicios. Lo previo, será sometido a reconsideración de las Partes en el Diálogo Facilitador de 2018 y los Balances Mundiales a partir de 2023.
Notas:
[i] Este artículo ha sido elaborado con base en el documento de la misma autora «Del caos de REDD a la idoneidad en la política climática» auspiciado por la Fundación Friedrich Ebert en El Salvador: http://www.ambienteycomercio.org/del-caos-de-redd-al-laberinto-del-reto-de-bonn/
Yvette Aguilar es experta y asesora en el tema del cambio climático de la Mesa de Cambio Climático de El Salvador y de la Fundación Friedrich Ebert en El Salvador.
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.