El surgimiento del término es algo polémico, para muchos surgió en la Europa del siglo XVI y XVII cuando se comenzó a buscar fundamentos laicos para los estados nacionales. Sin embargo, en mi opinión, el término es la expresión en el devenir del Derecho como el Romano, que tanto se dio a las definiciones, incluso […]
El surgimiento del término es algo polémico, para muchos surgió en la Europa del siglo XVI y XVII cuando se comenzó a buscar fundamentos laicos para los estados nacionales. Sin embargo, en mi opinión, el término es la expresión en el devenir del Derecho como el Romano, que tanto se dio a las definiciones, incluso en las Polis-estados griegas donde surge la filosofía advertiríamos en los escritos de Platón o Aristóteles indicios de la necesidad que tuvieron estos pueblos para protegerse en el marco de su soberanía de las agresiones externas. Algo interesante pudiera resultar un análisis en los estados del Antiguo Oriente a los que Karl Marx denominó «del Modo de Producción Asiático». Allí, en los primeros textos como el Código de Hammurabi, que más que un código es un conjunto de decisiones y principios impuestos en Babilonia por el rey, pudiéramos encontrar huellas de cómo se protege al individuo, así como un conjunto de disposiciones sobre la tierra que nos hace pensar cómo también en la India, en Egipto, en aquellas sociedades que desarrollaron una economía cerrada, y un desarrollo agrícola en las zonas de aluviones, donde el aparato estatal giraba alrededor de un sátrapa, necesitaban crear una superestructura jurídica impuesta claro está por el rey, donde la soberanía fuese la garantía para la existencia de tales sociedades.
De allí la posibilidad de que el término «soberanía» sea un concepto que tenga su origen en la primera formación económica social que conociera el hombre, incluso a posteriori con el descubrimiento de América, la I y II Guerra Mundial se dispusiera en normas jurídicas diferentes su propia significación para legitimar el proceso de transformación que ocurría.
Interesante resulta el modo que el término ocupa en las Constituciones de los estados. Es muy frecuente, y así lo he visto, vincular el término exponiendo que la soberanía reside en el pueblo. Este principio tiene su origen en los planteamientos del empirista John Locke, filósofo inglés del siglo XVII, el que admite gran parte de la Teoría del Contrato Social de Hobbes para argumentar que la soberanía reside en el pueblo y que los gobernantes son por tanto administradores de la soberanía.
Sin embargo, muchas de las leyes fundamentales en la actualidad, esbozan el problema a través del estado al enunciar que este ejerce su soberanía sobre: el territorio, el medio ambiente, los recursos naturales, entre otros, dando, por tanto, una visión espacial (léase horizontal) sobre el tema. En mi opinión algo que muchas veces queda sin una norma jurídica complementaria que legitime el precepto constitucional. Por lo que convierte al propio precepto en una norma sin sentido práctico.
De allí la vulnerabilidad de los estados ante la violación de su soberanía. Incluso hoy donde el concepto se ha dimensionado y ya existe una Constitución, por citar un ejemplo, para la Comunidad Económica Europa, el enfoque sobre la condición del ciudadano, derechos y libertades de los mismos, democracia, van más allá de las fronteras de donde se es natural, así un ciudadano español tendría esos derechos que les garantiza el estado más allá de su país de origen, por lo que ha ocurrido un redimensionamiento de tales conceptos. Empero, resulta interesante cómo sociólogos, juristas y políticos relacionan el término como un poder o autoridad que posee el estado, es decir, como un rasgo inherente a este, aunque pienso puede verse la soberanía más bien como una garantía del estado, lo cual permitiría la legitimación de este frente a terceros. Es por ello, un elemento implícito en la propia condición y de allí el respeto que merecen cuando se pretenda aplicar normas extraterritoriales. Garantizando además la no vulnerabilidad de los gobiernos que se pueden ir sucediendo porque lo que estamos defendiendo es la soberanía propia del estado y por ello del pueblo para enarbolar sus derechos como ciudadano.
En la República de Cuba, es dable significar la protección constitucional que la soberanía tiene, incluso se señala que se repudia y se considera ilegales y nulos los tratados, pactos o concesiones concertados en condiciones de desigualdad o que desconocen o disminuyen su soberanía y su integridad territorial. El último párrafo del artículo 11 que comento de la Ley de leyes, precisa que las relaciones económicas, diplomáticas y políticas con cualquier otro estado no podrán ser jamás negociadas bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera. Pues en los últimos años hemos visto cómo se vulnera o se pretende vulnerar por los EE.UU. la soberanía de muchos estados cuando pretenden obligar a determinadas naciones en la ONU para que asuman posiciones en contra de sus voluntades.
Y es que Cuba, a la que se le viola su soberanía por la permanencia ilegal de una Base Naval en la provincia Guantánamo, a la que en más de cuatro décadas ha sufrido las agresiones más repugnantes a su soberanía necesitaba establecer una normativa jurídica para repudiar cualquier acto de tal naturaleza. La Ley de Reafirmación de la Dignidad y la Soberanía Cubanas, de 24 de diciembre de 1996 aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular, complementa el precepto constitucional y declara ilegal la ley Helms-Burton, inaplicable y sin valor ni efecto jurídico alguno. Así, precisa que el gobierno está facultado para aplicar o autorizar las fórmulas que se requieran para la protección de los inversionistas extranjeros contra la aplicación de la precitada Ley, declarando ilícita cualquier forma de colaboración, directa o indirecta para favorecer la aplicación de la misma.
Un concepto que hoy se pretende imponer es el de «soberanía limitada». El término tiene como fundamento el documento Santa Fe IV que es la plataforma ideológica del presidente actual de los EE.UU., el mismo tiene como precedente el documento Santa Fe I del expresidente Ronald Reagan. En primera instancia, habría que hablar de que es una norma extraterritorial y típica de la globalización capitalista y neoliberal que sufre el mundo pues hace un estudio vinculando a determinadas naciones con el terrorismo y la violación de los derechos humanos, violando por ello uno de los más elementales principio del Derecho internacional. Así, con el pretexto de la ayuda humanitaria y el combate al terrorismo y al narcotráfico, se enuncia la posible violación de la soberanía, en tanto considera que esta debe estar limitada para poder penetrar en esas naciones.
Por otra parte, el documento Santa Fe IV parte del fundamentalismo religioso en que vive la sociedad norteamericana para volver a una nueva oleada del conservadurismo (puede decirse más ortodoxo) el cual tiene como base el temor del individuo promedio ante las agresiones externas, y de allí buscar un consenso en la población para lograr una política exterior bélica, que como todos conocemos está en manos del poder ejecutivo (el Presidente de los EE.UU.), además del proceso de penetración del capital que tiene como estrategia el neoliberalismo.
Es por ello que es importante que los artistas, los intelectuales aboguemos por no legitimar el concepto de «soberanía limitada» tan llevado y traído en estos tiempos por los riesgos que ello implica. En última instancia, si decidiéramos establecer dicho término, tendríamos (por obligación) que recurrir al ideal de integración de Miranda, de José Cecilio del Valle, de Eugenio María de Hostos, de Bolívar, de Martí, de Sucre, de San Martín, y de muchos otros, en tanto los estados cedieran parte de su soberanía para integrarnos, para crear una soberanía mayor.
Tenemos un legado muy rico en la historia de nuestros pueblos, en las raíces de los pueblos, para esta convocatoria. Hoy, Martí y Bolívar nos acompañan para continuar, para consolidar una red de redes en cumplimiento de la Declaración de Caracas de diciembre de 2004. Solo la protección a la soberanía podrá impedir que el neoliberalismo, cuyos resultados más desastrosos ya se empiezan a ver en algunos países, se extienda y logre borrar por completo nuestras identidades, nuestras culturas.
Incursionar en un término tan antiguo como «soberanía» pudiera, quizás, imponernos riesgos. Sin embargo, es necesario abordar el tema desde una posición actuarial más que política o jurídica. Por ello un análisis en el marco del Evento Mundial de Intelectuales y Artistas en Defensa de la Humanidad, celebrado en Caracas en diciembre de 2004, revitaliza las fronteras donde la soberanía existe o se quebranta por otros estados permitiendo ganar en claridad, en dicho encuentro, sobre el enfoque que hoy se ofrece desde organizaciones internacionales; incluso a raíz de la visión que los EE.UU. pretenden acuñar para el mundo.