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15-M y el grupo de trabajo "Nueva Constitución"

El cascabel al gato

Fuentes: Rebelión

Este documento lo preparamos antes de iniciar la relación con el grupo de trabajo de Constitucional del 15-M, y por respeto, sabiendo que íbamos a crearlo, y por no anticiparnos, no lo hicimos público. Ahora que llega el momento de debatir propuestas, consideramos conveniente publicarlo y ponerlo en vuestro conocimiento, como una aproximación a la […]

Este documento lo preparamos antes de iniciar la relación con el grupo de trabajo de Constitucional del 15-M, y por respeto, sabiendo que íbamos a crearlo, y por no anticiparnos, no lo hicimos público. Ahora que llega el momento de debatir propuestas, consideramos conveniente publicarlo y ponerlo en vuestro conocimiento, como una aproximación a la vía que consideramos factible a pesar de todas las dificultades que sin duda nos plantearán ante algo que puede permitir recuperar la soberanía a su legítimo portador.

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Dejemos clara una premisa básica: entre reforma y revolución, apostamos por la revolución, en su sentido más regenerador y pacífico. El modelo actual necesita algo más que una remodelación política seria. Se requieren, además, cambios profundos en lo social y en lo económico. Si las reivindicaciones del 15M se convierten en asumibles para las estructuras actuales, el sistema saldrá reforzado de este golpe.

Ahora bien, ¿cuál debe ser la ruta para hacer realidad esos cambios? ¿Quién y cómo le pone el cascabel al gato? El sistema está blindado contra una transformación de semejante naturaleza. Todo está atado y bien atado. Pretender que la presión social ejercida hasta ahora puede obligar a los poderes fácticos a hacerse el haraquiri es tan ingenuo como acudir en procesión al Banco de España a pedir unos cuantos millones de euros por las buenas. Por las malas, tampoco parece probable que pueda conseguirse gran cosa; al menos, no mientras los miembros de las fuerzas represoras estén contra nosotros. Sin embargo, el sistema tiene grietas. Son pequeñas; habría que ensancharlas, pero están ahí. Sería irresponsable, casi una necedad, no aprovecharlas para atraer a más gente a nuestra causa en busca de un mundo más justo y solidario. Eso supondría jugar durante un tiempo al juego de los poderosos, pero solo como una herramienta; un medio para alcanzar una posición desde la que pudiéramos cambiar las reglas. Tal vez es necesario bajar a los infiernos durante un tiempo para poder tocar el cielo. De eso trata esta propuesta.

Consideraciones sociales. El debate como camino hacia la concreción.

Es hora de poner sobre la mesa las posibilidades futuras del 15M en cuanto a consecución de resultados. Hasta ahora, lo positivo ha sido sin duda la reactivación del compromiso social, tanto en su vertiente activista como en su faceta de inquietud cultural y de conciencia crítica. Este hecho es ya, en sí mismo, un logro indiscutible y muy meritorio.

Pero ahora debemos dar un paso más. Es necesario debatir para concretar, haciendo un ejercicio de responsabilidad entre todos y valorando la realidad que subyace entre la ilusión y las circunstancias coyunturales. Es el momento de delimitar objetivos y, una vez clarificados estos, intentar implicar a todos los afectados -que somos la inmensa mayoría- en esta lucha pacífica en la que nos jugamos nuestro futuro y el de las generaciones siguientes. La ilusión es lo que nos hace apostar por lo imposible, y es básica para alcanzar metas a largo plazo. Pero no es práctico dejar que invada también la parcela de la razón y la reflexión, porque nos incapacitaría para afrontar la realidad inmediata.

A frontemos como afrontemos las propuestas y reivindicaciones que queramos, dependemos del poder establecido para su aprobación, a menos que derribemos ese poder por la fuerza. Como ya se ha dicho, eso es algo muy complicado mientras tengamos al aparato represor en contra. La masa social que secunda el movimiento de manera directa, aunque pueda impresionar visualmente, es estadísticamente discreta si se compara con el total del censo. Esta, evidentemente, es una comparación capciosa que ya ha sido utilizada por algunos (el diario La Razón, por ejemplo, en su portada del 20J) para tratar de ridiculizar la representatividad del 15M. No se puede/debe comparar el poder aglutinador de las campañas institucionales de un Estado constitucional con más de tres décadas de historia con la capacidad de convocatoria de un incipiente movimiento popular alternativo recién nacido. Sin embargo, hay hechos que no pueden obviarse. En las últimas elecciones municipales, el 66% de los llamados a votar aceptó las reglas democráticas tal y como están establecidas, es decir, se mantuvo la proporción de los últimos 30 años. La participación incluso subió con respecto a las municipales y autonómicas de 2007 (63%), aunque bajó con respecto al 74% de las generales de 2008. Aventurar los motivos de la abstención entra dentro del terreno de las conjeturas políticas y sociológicas. Los diferentes sondeos de opinión no proporcionan un perfil claro del abstencionista. Aunque pueda intuirse que una parte sustancial de los no votantes se abstiene por desencanto, no hay que olvidar que ese desencanto parece haberse mantenido relativamente constante desde el principio de la Transición, sin que hasta ahora se haya traducido de manera significativa en indignación, y mucho menos en movilización.

El hecho es que, ante la multiplicidad de reivindicaciones y el carácter inclusivista del 15M, mucha gente desconoce qué es, en concreto, lo que se reclama realmente, aunque todos conozcan ya al movimiento y su acertadísimo eslogan «no somos mercancía en manos de políticos y banqueros». Para conseguir los cambios profundos en lo social y en lo económico -no solo políticos- que muchos pretendemos, necesitamos ser muchos más. Y para eso, para animar ese crecimiento, es preciso que muchas más personas conozcan, compartan y difundan qué es lo que se espera conseguir y cómo. No tenemos derecho a considerarnos representantes de una mayoría, y por tanto, no podemos exigir medidas ideológicamente determinadas sin encuestar a toda la población. Si, siendo como somos una minoría, consiguiéramos por medio de la presión que nuestras demandas fueran atendidas, por muy justas que nos parezcan, nos convertiríamos en otro poder fáctico al margen de la democracia. Aunque estemos de acuerdo en que la actual no nos gusta, no todos tenemos la misma concepción de la sociedad ideal. Hemos de asumir que, hoy por hoy, no disponemos de los cauces legales para promover los cambios necesarios, y mucho menos, para imponerlos. Como se explicará más adelante, la posibilidad de la Iniciativa Legislativa Popular en España es una farsa. Con este panorama, será muy complicado alcanzar metas importantes, y si seguimos sin alcanzar metas, acabaremos por desencantarnos, desperdiciando una oportunidad de oro.

El sistema dispone de todos los medios disuasorios, coactivos y hasta incapacitantes, tanto físicos como políticos y mediáticos. Ni siquiera la sublevación (véase el caso de Grecia) o las formas de colectividad alternativas serían una opción, una vez que los poderes fácticos vieran directamente amenazados sus intereses por el número de implicados activos. Dicho de otra forma: no nos permitirían vivir al margen del sistema, dado que eso implica necesariamente contravenirlo, lo que nos convertiría en insumisos, insurrectos, revolucionarios, delincuentes o terroristas. A sus ojos y a los de la Ley.

Por otra parte , el modelo electoral vigente, en el que se discrimina abiertamente a los partidos minoritarios, invita a los poderosos a apelar a las herramientas establecidas en su marco democrático, en el que las opciones mayoritarias están obscenamente blindadas. Pero, ¿y si la única propuesta -de momento- fuera mejorar ese marco? ¿Y si pudiéramos demostrarles con hechos a nuestros conciudadanos que esas «reglas democráticas de las que nos hemos dotado los españoles» son a todas luces insuficientes y que limitan con total impunidad el ámbito de participación del Pueblo soberano? ¿Qué pasaría entonces?

No podemos preverlo, pero no lo sabremos si no lo intentamos. Lo que sí es seguro es que, reclamando otras medidas concretas más factibles en lugar de exigir una profundización en las herramientas democráticas, podemos encontrarnos con uno de estos dos escenarios:

1. Que, como en el caso griego, adopten las medidas que crean convenientes, haciendo caso omiso de las peticiones de los manifestantes. Ante esto, no podríamos hacer nada, excepto declararnos en rebeldía, con todo lo que ello comporta.

2. Que logremos que acepten alguna reivindicación que consideren asumible, con o sin consulta popular. Esto supondría, por un lado, un triunfo de la ciudadanía; por otro, también legitimaría el modelo actual al demostrar que los poderosos saben escuchar. El sistema saldría reforzado cara a posibles exigencias futuras de mayor calado.

En los puntos siguientes se tratan algunas las propuestas que se han sugerido en cuanto al desarrollo del modelo de participación. Se trata de iniciativas que, insistimos, precisan del concierto institucional para llevarse a cabo.

El factor tecnológico. Las TIC como avance democrático.

Muchos son los que han visto en las nuevas tecnologías la piedra angular donde basar un nuevo modelo de democracia. Es innegable que Internet y las redes sociales han tenido un papel determinante en el éxito de las convocatorias del 15M. Los poderosos han podido comprobar alarmados cómo la semilla de la protesta crecía rápida y exponencialmente a través de unos canales de difusión que, hoy por hoy, ni saben ni pueden controlar. El asunto les preocupa, y mucho. De hecho, el G8 lo incluyó en la agenda de su XXXVII cumbre, celebrada el pasado mes de mayo en Francia. En ella, el anfitrión, Nicolas Sarkozy, abogó por una mayor intervención de los Gobiernos para garantizar una «Internet civilizada». Esta última expresión es la misma que el Gobierno chino utilizó para justificar la rígida censura que atenaza a la Red en el gigante asi ático.

En España, este mismo año el Gobierno tomó cartas en el asunto al aprobar en marzo la polémica Ley Sinde, nombre con el que se conoce a la disposición final cuadragésima tercera de la Ley 2/2011 de Economía Sostenible. De manera también sospechosamente tangencial, la nueva Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación, que se encuentra en pleno trámite parlamentario, profundiza aún más en la institucionalización de la censura.

A raíz de los logros conseguidos por los indignados mediante el uso de Internet, han surgido en asambleas, foros y páginas de la Red diferentes iniciativas para convertir a las nuevas tecnologías en la herramienta que modernice el modelo actual y permita migrar hacia la Democracia directa. Una de ellas es el voto electrónico directo. Según esta idea, la ciudadanía debe poder elegir entre votar a sus representantes en las elecciones o reservarse el derecho a expresar su opinión directamente en los plenos municipales o en los Parlamentos regional, nacional e incluso europeo. A este respecto, cabe plantearse, al menos, un par de cuestiones:

– Un porcentaje importante de la población española no sabe manejar un ratón. Introducir un sistema semejante sin antes garantizar la igualdad de oportunidades de toda la ciudadanía para acceder a él sería introducir un nuevo factor de desigualdad. Mientras no se avance en la alfabetización informática para eliminar la brecha digital existente entre jóvenes y mayores, o entre población urbana y rural, el modelo no será justo.

– Más allá de la complejidad técnica que supondría su implantación, el voto electrónico directo plantea inquietantes dudas en el capítulo de la seguridad y la confidencialidad. ¿Quién y cómo garantizaría que los sistemas electrónicos de voto no se manipulan? ¿Sería necesario incorporar lectores de huella digital o escáneres de retina para evitar fraudes? ¿Con qué medios se podría asegurar que la información voto-ciudadano no se almacena para un uso posterior?

Se ha llegado a sugerir incluso que debería darse a la ciudadanía la oportunidad de delegar su voto directo en otra persona. Esta insensatez añadiría a los problemas de seguridad y confidencialidad que acabamos de mencionar un problema adicional y no precisamente menor: el de la posible comercialización del voto. Es sabido que en la propia naturaleza del sistema capitalista reside el afán de reducirlo todo a su valor mercantil. Todo se puede comprar y, por lo tanto, todo es susceptible de ser corrompido. ¿Vamos a ser tan ingenuos como para introducir el voto en esa dinámica de mercado? ¿Vamos a dar a los poderosos la posibilidad de comerciar con nuestra soberanía? Plantear algo así nos parece una temeridad suicida.

Cabe también mencionar otras propuestas que nos llegan de fuera y que muestran que los nuevos modelos de comunicación pueden ayudar, en efecto, a consolidar la democracia. Los islandeses, por ejemplo, han abordado un proyecto de reforma constitucional cuyo borrador se está elaborando con la colaboración de toda la ciudadanía a través de las redes sociales. Quienes sugieren algo similar para España están obviando factores diferenciadores muy evidentes. Ni el número de ciudadanos implicados (la población de Islandia no llega a los 350.000 habitantes), ni su madurez democrática, ni su nivel de familiaridad con las nuevas tecnologías ni la gravedad de sus problemas sociales y económicos son equiparables con el caso español. Por otra parte, nuestra propia Constitución establece métodos muy rígidos para su reforma. En cualquier caso, aunque creemos que es necesaria una revisión a fondo del texto de 1978, no sería razonable sumergirnos en un proceso constitucional sin antes subsanar desequilibrios mucho más urgentes que pueden perfectamente abordarse sin modificar drásticamente nuestra Carta Magna.

Consideraciones legales. La farsa de la ILP en España.

Antes de empezar la casa por el tejado, sería preferible dotar a la ciudadanía de medios más asequibles para garantizar su participación en las decisiones políticas. Nuestra Ley Electoral necesita serios retoques. Somos también muchos los que opinamos que otro tanto le ocurre a la Constitución. Hay multitud de normas en nuestro ordenamiento legal que es conveniente, incluso urgente, cambiar. Sería ingenuo, y probablemente catastrófico, abordar todos esos proyectos a la vez. Especialmente, si tenemos en cuenta las trabas que el sistema actual pone a su propia modificación. Cualquier cambio en las leyes orgánicas -y no digamos ya en la Constitución- está vedado a la Iniciativa Legislativa Popular, que a su vez, es una ley orgánica (3/1984). Además, la posibilidad de referéndum a que se refiere la Constitución en su artículo 92, regulado por la LO 2/1980, plantea únicamente un referéndum consultivo, esto es, sin carácter vinculante. Hay demasiadas cosas atadas y bien atadas en este laberinto jurídico. Por eso entendemos que el primer paso es obligar a su modificación mediante la presión popular.

La Iniciativa Legislativa Popular se rige en España por estas normas:

  • La Constitución de 1978.

  • La Ley Orgánica 3/1984 de 26 de marzo, reguladora de la ILP.

  • La Ley Orgánica 4/2006 de 26 de mayo, de modificación de la LO 3/1984.

Conviene señalar que en España las leyes orgánicas se distinguen de las leyes ordinarias no por su mayor rango jerárquico, sino por razón de las materias que tratan: derechos fundamentales y libertades públicas, régimen electoral y organización del Estado. A rasgos generales, esta legislación plantea los siguientes inconvenientes:

  • El Constitución limita severamente el ámbito de la ILP: «No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia» (CE, 87.3). Esto quiere decir, entre otras cosas, que la ILP no puede modificar la ley que regula la ILP. Además, nuestra Carta Magna establece un número mínimo de firmas: 500.000.

  • La LO 3/1984 r estringe aún más el ámbito de aplicación de la ILP, de la que quedan excluidas la planificación de la actividad económica y la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado (LO-3/84, 2.5).

  • La LO 3/1984 establece un sinfín de trabas formales y burocráticas que dilatan y complican el procedimiento hasta el absurdo: presentación previa ante la Mesa del Congreso, aumento de los motivos por los que pueda considerarse improcedente (algunos de ellos, como el de la concurrencia legislativa, se prestan a manipulación), pliegos oficiales, autenticaciones notariales, verificaciones censales, recuentos provisionales antes del recuento definitivo, plazo de hasta seis meses para que las Cortes aborden el proyecto…

  • Muy al contrario de lo que ocurre con la financiación de los partidos políticos, l a LO 3/1984 solo prevé la financiación de las ILP’s mediante compensación a posteriori y hasta un máximo de 300.000 euros (LO-3/84, 15). Básicamente, esta cuestión se regula como si se tratara de una indemnización.

  • La Constitución, en su artículo 92, establece el referéndum únicamente con carácter consultivo y como mera posibilidad para las «decisiones políticas de especial trascendencia». Además, sólo el presidente del Gobierno, previa autorización del Congreso, puede proponer un referéndum. Por si esto fuera poco, la LO 2/1980 deja claro que la autorización para la convocatoria de referéndum «es competencia exclusiva del Estado». Por otro lado, en esa Ley se estipula que el proceso de consulta se regirá por el Régimen Electoral General, o sea, con circunscripciones por provincia.

  • La palabra referéndum ni siquiera se menciona en la LO 3/1984. Y no digamos ya el adjetivo vinculante. El único compromiso que recoge es el de la tramitación parlamentaria de las iniciativas, que podrán prosperar o no en función de lo que, en última instancia, decidan sus señorías.

  • En ningún momento la LO 3/1984 habla de garantías de equidad en el tratamiento mediático que pueda concederse a las ILP’s. Consideramos fundamental este aspecto , cuya no regulación es la base de los fracasos del modelo participativo en otros países. La ley debe asegurar, sin fisuras, la igualdad de trato en los medios públicos tanto para los promotores como para los detractores de cada iniciativa, y debe garantizar, además, el derecho a réplica o rectificación en igualdad de condiciones en los medios de titularidad no estatal.

Ante semejante panorama, proponemos tres vías distintas de actuación:

  • Obviar cualquier modificación legislativa y promover, sin más, una ILP sobre alguna cuestión que encaje en el marco legal vigente y cuyo éxito pueda estimarse razonablemente probable. Si se elige esta opción, no hay que dejarse llevar por el optimismo. En la mente de todos están las maniobras dilatorias de la Mesa del Congreso ante la ILP sobre la dación en pago promovida por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca. También hay que señalar que, en el caso más favorable e improbable -es decir, si la ILP consiguiera superar el trámite parlamentario-, el sistema actual saldría reforzado.

  • Promover una modificación de la LO 3/1984 y la LO 2/1980 únicamente en aquellos puntos que no impliquen una reforma de la Constitución: desarrollar la vía del referéndum, simplificar el proceso burocrático, establecer vías de financiación previas o establecer garantías legales para la igualdad de trato de las iniciativas en los medios de comunicación. Como ya se ha dicho, las leyes orgánicas quedan actualmente fuera del ámbito de la ILP, por lo que esta opción debería contar con un apoyo popular masivo y con la participación de al menos un grupo parlamentario para iniciar el trámite parlamentario.

  • Promover, además de una modificación de la LO 2/1980 una revisión a fondo de la LO 3/1984 (o su derogación por otra nueva ley) que incluyera, además de las consideraciones del punto anterior, una reforma constitucional. Esto permitiría eliminar el límite del número de firmas (un porcentaje del censo, el 1%, por ejemplo, sería más razonable) y, sobre todo, recuperar para la ILP los ámbitos legislativos que sus señorías decidieron arrogarse para sí en el texto de 1978. Es decir, habría que eliminar del texto constitucional la última frase del apartado 3 del artículo 87 y modificar la frase anterior para cambiar el límite de firmas. También sería necesario el 92.2 para ampliar la competencia de convocatoria de referéndum a las ILP’s. Aunque se trata, a todas luces, de una modificación parcial e ínfima, es preciso señalar que necesitaría, en el mejor de los casos, el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado y de dos tercios del Congreso.

Creemos que es fundamental debatir esta propuesta en profundidad dentro del grupo de trabajo, puesto que aún encontrándonos con infinidad de trabas para su puesta en práctica, siempre será asumible con mayor facilidad por una gran parte de la población, que una reforma/reescritura completa de la actual Constitución. Creemos también que con la modificación de una herramienta de participación como esta, evitamos las discrepancias y dificultades para consensuar un texto que afecta a tantas sensibilidades, y derivamos su reforma a un método democrático paso a paso utilizando una logística y organización que está disponible desde un principio.

Acceso a todos y simplicidad en en la comunicación y comprensión del proyecto, evitando marginar a neófitos o aquellos que no dispongan de tiempo o medios para involucrarse en él.

Carlos Delgado y Paco Bello, julio 2011. Iniciativa Debate.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de los autores mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.