Recomiendo:
0

El garzonismo y los crímenes del franquismo

Fuentes: Rebelión

En este artículo el autor recopila reflexiones sobre el proceso a Garzón por declararse competente para la investigación de los crímenes franquistas, fijándose sobre todo en los apoyos que ha suscitado la persona de Garzón frente al desamparo que han sufrido los planteamientos de investigación de esos crímenes

Debate parlamentario sobre la Ley de Memoria Histórica

Con el juicio a Baltasar Garzón por declararse competente para investigar algunos crímenes del franquismo se ha reabierto el debate sobre la necesidad de recuperar la memoria histórica de la Segunda República, el levantamiento militar del 18 de julio, la Guerra Civil, la Dictadura, la represión política durante toda esa dictadura… Como material he recuperado este debate inicial de la Ley de Memoria Histórica, oficialmente Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. Me imagino que no mucha gente podrá dedicar o dedicará dos horas a ver/oir, pero ahí queda el material.

Se ponen dos vídeos: el de presentación del proyecto de ley por la Vicepresidenta, María Teresa Fernández de la Vega (audio para descargar); el debate de enmiendas a la totalidad del Partido Popular, Esquerra Republicana de Catalunya, Izquierda Unida e Iniciativa per Catalunya (audio).

[youtube=http://www.youtube.com/watch?v=qyzBRt-Ld3o]

En el debate se ve cómo el principal motivo de desacuerdo entre el proyecto de ley y las fuerzas de izquierda es el establecimiento de un procedimiento para la declaración de nulidad de las sentencias emanadas de órganos de represión del franquismo.

[youtube=http://www.youtube.com/watch?v=07ouDPMU7tI]

En esta cuestión he encontrado tres actitudes:

– La de la ley. Declarar ilegítimos los procesos sumarísimos y las ejecuciones extraprocesales; indemnizar a personas víctimas de la persecución, violencia, prisión, purgas, desaparición, asesinatos o a sus familiares; apoyo para la identificación, localización de fosas e identificación de víctimas; eliminación de monumentos del exaltación del franquismo; apoyo a asociaciones de la memoria histórica; nacionalidad española para los brigadistas; …

– La de la izquierda parlamentaria. La orientación de los textos alternativos es clara en alejarse de equidistancia, acusando de forma central a los abusos de las fuerzas militares golpistas y a la represión de la dictadura. Los grupos de la izquierda resaltaron sobre todo la declaración de nulidad de las sentencias de los procesos de los órganos de represión y Consejos de Guerra. También imponen una colaboración más fuerte de las administraciones públicas para la localización de fosas. Es igualmente subrayable la importancia que se da a la constitución de una memoria histórica en los programas educativos o en la investigación histórica, mejorando el acceso a archivos.

– La de algunas asociaciones de víctimas del franquismo o la de la izquierda no parlamentaria. Algunas asociaciones, algunas familias y algunos partidos de la izquierda no parlamentaria van más allá. Han pedido la investigación penal de los delitos cometidos por los militares y responsables del golpe de estado, de la Guerra Civil y de la represión posterior de la Dictadura. La investigación de Garzón es la respuesta a alguna de estas acciones penales que chocan contra la Ley de Amnistía de 1977; eso sí, el auto del juez imputa no sé si será prevaricador pero sí es bastante esperpéntico, imputando sólamente a personas notoriamente fallecidas, no imputando a otras personas con vida, un auto muy peculiar; el auto parece un decreto del gobierno que apuesta como en la segunda opción por una mayor iniciativa administrativa en el apoyo a las víctimas en la localización de fosas y una mejor investigación histórica de lo ocurrido.

Si a alguien le interesa también la posición de los otros partidos con representación en el Congreso de Diputados, puede ver su planteamiento en este tercer vídeo.

[youtube=http://www.youtube.com/watch?v=9Hr7iCJwOwU]

La amnesia histórica es otra forma de derrota popular

Siguiendo con la reflexión sobre la memoria histórica del anterior apartado y el juicio a Garzón por declararse competente para la investigación en el juzgado de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, resulta llamativo que lo estén defendiendo precisamente los partidos de las actitudes primera y segunda (de las enumeradas en el anterior apartado), es decir, grupos que consideran que la recuperación de la memoria histórica no pasa por la exigencia de responsabilidades criminales a las personas dirigentes del golpe del estado o de la represión durante la dictadura, también EL PAIS y PÚBLICO. En sentido contrario, también llama la atención que los grupos de la izquierda extraparlamentaria que siempre se han quejado de que no se hayan exigido esas responsabilidades no hagan en general ninguna defensa del magistrado por desconfiar de su verdadera voluntad de investigar los crímenes (sospecha justificable en que la investigación no imputa a personas con vida) y por un memorial de agravios contra ese juez. Por último, la acusación al juez es ejercida precisamente por quienes no toleran de ninguna forma que alguien se inmiscuya en ese pasado vergonzoso con ánimo de ánimo de averiguación.

Los dirigentes del PSOE o del PCE explican que en el momento de la Transición la correlación de fuerzas impedía ir más allá. Eso explica que la Ley de Amnistía de 1977 se pusiera como cortafuego para cualquier intento de víctimas, familiares o asociaciones de obtener justicia, denunciar, investigar, acusar, condenar y castigar a los responsables de los actos criminales. Las pocas personas de las nuevas generaciones que han escapado a la visión de idílica Transición han preguntado cómo es posible que se haya mantenido la Ley de la Amnistía incluso con grandes mayorías absolutas del PSOE o con combinaciones entre el PSOE, el PCE y otras fuerzas de la izquierda parlamentaria.

La Amnistía, la Monarquía, la Ley Electoral, las dificultades para la participación política de los ciudadanos en la Constitución, … Dan idea de que los pactos de la Transición suponían una línea de continuismo. El transcurso de los años han depurado al sistema de posibles riesgos de ruptura: se ha consolidado un bipartidismo aparentemente inquebrantable; la oligarquía económica y mediática se ha enrocado con las privatizaciones, concentraciones; se ha desarrollado un programa político de reformas laborales y fiscales de contínua regresión; la adopción del legado de Maastrich en los noventa se ha llevado finalmente a la Constitución con la Reforma de 2011.

El 20 de noviembre de 1975 moría el dictador. Vicenç Navarro nos insiste en que el dictador murió en la cama y la dictadura en la calle. Me parece cierto que la movilización ciudadana de aquella época podía crear incertidumbre a la dictadura, pero da la sensación de que la dictadura más que morir en la calle se disfrazó de democracia. Han movido sus piezas con tanta inteligencia que al momento presente llegamos con con un sistema mejor atado que el de 1978, lo que no quiere decir que el descontento social se vuelva a convertir en una nueva incertidumbre histórica que se despeje de otra forma.

Hoy Garzón no podría perseguir a Pinochet

En el juicio en el que se le acusa de prevaricación por declararse competente para la investigación de los crímenes del franquismo, el juez Baltasar Garzón explicó que no estimó aplicable la Ley de Amnistía de 1977 porque no consideraba políticos los crímenes que decidió investigar. También dijo que le había movido el mismo ánimo que tuvo para procesar y pedir la extradición de Pinochet en 1998 (Sumario 19/1997 del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional) por delitos de genocidio y terrorismo.

Esa acción le concedió al magistrado una fama internacional como defensor de los derechos humanos. Hoy un atento lector me hablaba de la imprescriptibilidad y universalidad de la perseguibilidad de los «delitos permanentes de detención ilegal, sin dar razón del paradero, en el contexto de crímenes contra la Humanidad» que eran objeto de investigación.

En el anterior apartado reflexione sobre la curiosa casualidad en la que el juez cuenta con una defensa popular de personas que apoyan a partidos que han decidido que los delitos franquistas no se investigan y no es apoyado por los grupos que piensan que la memoria histórica exige la investigación de aquellos crímenes. En este artículo a la vez que hago mi pequeña denuncia de una de las reformas legales de retroceso social, también manifiesto mi extrañeza porque se apoya al juez que procesó al dictador chileno (en respuesta a una querella), pero nadie protestó contra la reforma legal que hoy impediría a cualquier juez el procesamiento de un Pinochet.

La jurisdicción penal universal no era del agrado de la derecha española. Eso se pudo comprobar en la gestión que tuvo que hacer en 1998 de la petición de extradición de Pinochet. Sin embargo, esa puerta se mantuvo abierta hasta que… Se presentaron querellas contra rectores de Estado de Israel por su política genocida contra el pueblo palestino. Las autoridades de ese Estado, con grandes amistades, se quejaron ante el Presidente del Gobierno del Reino de España, José Luis Rodríguez Zapatero. El Gobierno adquirió el compromiso de modificar las capacidades de la jurisdicción penal española para impedir investigaciones que pudieran afectar a los directores de matanzas contra población palestina.

No tardaron. En poco hicieron una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El artículo 23.4. decía que «Igualmente, será competente la jurisdicción española para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse, según la ley española, como alguno de los siguientes delitos: a) Genocidio y lesa humanidad. b) Terrorismo». En una ley que tenía por objeto modificar la Oficina Judicial en la transacción con el Partido Popular ¡se añadió lo siguiente!:

«Sin perjuicio de lo que pudieran disponer los tratados y convenios internacionales suscritos por España, para que puedan conocer los Tribunales españoles de los anteriores delitos deberá quedar acreditado que sus presuntos responsables se encuentran en España o que existen víctimas de nacionalidad española, o constatarse algún vínculo de conexión relevante con España y, en todo caso, que en otro país competente o en el seno de un Tribunal internacional no se ha iniciado procedimiento que suponga una investigación y una persecución efectiva, en su caso, de tales hechos punibles.

El proceso penal iniciado ante la jurisdicción española se sobreseerá provisionalmente cuando quede constancia del comienzo de otro proceso sobre los hechos denunciados en el país o por el Tribunal a los que se refiere el párrafo anterior».

Si Pinochet viviese y viajase a Londres, si Garzón no estuviese suspendio, tampoco podría procesar y extraditar al dictador chileno. Esto ocurre cuando algunas familias y asociaciones miran con esperanza a Argentina pues desean que allí tenga mejor suerte que aquí una querella contra crímenes del franquismo, en uso de la jurisdicción penal universal.

Samuel García Arencibia, autor del blog sagara1977.wordpress.com

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.