La venta callejera de CD piratas sigue siendo considerada como un delito. Los grupos por la despenalización afirman que la nueva redacción del Código Penal deja demasiado poder a los jueces. El artículo del Código Penal por el que resulta más grave vender películas pirateadas en la calle que acabar con la vida de alguien […]
La venta callejera de CD piratas sigue siendo considerada como un delito. Los grupos por la despenalización afirman que la nueva redacción del Código Penal deja demasiado poder a los jueces.
El artículo del Código Penal por el que resulta más grave vender películas pirateadas en la calle que acabar con la vida de alguien por imprudencia leve o defraudar 4.000 euros a Hacienda seguirá en vigor.
El anteproyecto de reforma del Código Penal aprobado por el Gobierno no eliminará el artículo 270.1, con el que los jueces han estado imponiendo penas de hasta dos años de cárcel a los manteros. El texto, al cierre de esta edición, todavía no ha sido remitido al Parlamento, se limita a añadir un párrafo al artículo, con la intención de proponer alternativas a los jueces para que no opten por la pena de cárcel. Las vías propuestas por el Ejecutivo son el pago de una multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 60 días.
Estas alternativas no han satisfecho a las organizaciones que trabajan por la despenalización de esta actividad. «Cualquier propuesta que no despenalice al mantero y no cambie en realidad su situación es insuficiente», sostiene Alcira Padín, integrante del Punto Mantero. Este colectivo, en contacto con la Asociación de Sin Papeles de Madrid, reivindica la despenalización del ‘top manta’ como medio para que los afectados no se topen con la piedra de los antecedentes penales en su camino a la regularización.
En parecidos términos, la plataforma Mbolo Moye Doole considera que el Gobierno se desentiende del problema. «Al dejarlo como facultad de los jueces», expresaba este grupo en un comunicado, «no cambia la situación de las 118 personas que se encuentran en prisión en este momento, ni de los cientos que ya han cumplido condena y que no pueden acceder a un permiso de residencia por tener antecedentes penales». Desde el año 2003, más de 500 personas han cumplido condena por vender en el ‘top manta’.
En el mejor de los casos, la sustitución de las penas por multas puede quedar sin efecto dada la insolvencia de muchas de las personas que viven de la manta. El caso de Alaji, que cumple condena desde hace cuatro meses en la cárcel de Basauri (Vizcaya) por llevar CD en la mochila, es aún más grave: condenado a seis meses de cárcel y a pagar 900 euros de multa y 650 de indemnización a la SGAE, sigue en la cárcel pese a haber cumplido ya más de la mitad de su condena. El motivo es que un juez sustituyó ésta por una orden de expulsión y la permanencia en la cárcel como medida cautelar hasta que se ejecutase la expulsión. El anteproyecto de reforma sigue dejando en manos de los jueces este tipo de actuaciones.
La decisión del Gobierno ha provocado cierta decepción, dado que, debido a la presión social ejercida, los grupos por la despenalización sí veían posible una retirada del artículo 270.1. La campaña, apoyada por grupos de juristas, colectivos manteros, asociaciones de inmigrantes e incluso por destacadas figuras del cine, consiguió que finalmente una comisión parlamentaria aprobara una proposición no de Ley a través de IU y ERC.
«La esperanza es que una vez que el proyecto de reforma del Código Penal se presente en el Parlamento, podamos incluir la despenalización de la venta al por menor en el debate de enmiendas», sostiene Julián Ríos, miembro de la campaña prodespenalización y profesor de Derecho Penitenciario.
La proposición no de Ley, que tiene valor meramente orientativo, incluía en su redacción que «la distribución sólo será punible cuando el beneficio obtenido en función de los soportes efectivamente vendidos supere los 400 euros», cantidad que actualmente está muy lejos de lo que puede sacar un mantero en una tarde de trabajo.
La mecánica de las leyes
Existe un debate entre juristas que está minando en la práctica la capacidad punitiva del 270.1. Así, la junta de magistrados de la Audiencia Provincial de Vizcaya ha hecho público su criterio de considerar que la venta a pequeña escala no tiene la entidad suficiente como para constituir un delito contra la Propiedad Intelectual. La decisión hace suya una práctica de numerosos juzgados de lo penal que están dictando sentencias absolutorias, y dejará sin efecto en Vizcaya a los recursos que por sistema presentan las fiscalías contra las absoluciones.
Bien distinto es el caso de la Audiencia Provincial de Madrid. Su criterio de apoyar los recursos presentados por las fiscalías hace que en Madrid cumplan condenas más manteros que en cualquier otra Comunidad: 30, en septiembre de este año.
Antecedentes
Uno de los requisitos para obtener la regularización es no contar con antecedentes penales. Al ser considerada como un delito, la venta callejera de CD piratas se convierte en un impedimento para que cientos de personas accedan a la ciudadanía española. Éste es uno de los motivos por el que se pide su despenalización.
118 en prisión
La cifra exacta de manteros presos se conoce desde hace sólo unas semanas: en septiembre había 118 personas cumpliendo condena en las cárceles españolas por venta de CD en la calle, considerada como delito contra la Propiedad Intelectual. Desde 2003, cerca de 500 personas han cumplido condena por este motivo.
Insolvencia
Los manteros están vendiendo menos debido a la crisis. Sus familias ya están recibiendo menos dinero de remesas, dado que lo poco que consiguen apenas les alcanza para gastos básicos. En caso de insolvencia para pagar las multas, la propuesta del Gobierno sigue incluyendo días de cárcel en sustitución de los días de multa que el mantero deje a deber.
Fuente: http://www.diagonalperiodico.net/El-Gobierno-mantiene-las-penas-de.html
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