En las últimas décadas se han producido numerosas denuncias de torturas y malos tratos en el País Vasco contra funcionarios policiales. Uno de los factores que ha contribuido a ello es el régimen de incomunicación aplicado al amparo de la legislación «antiterrorista». A las denuncias por abusos en dependencias de la policía se han sumado, […]
En las últimas décadas se han producido numerosas denuncias de torturas y malos tratos en el País Vasco contra funcionarios policiales. Uno de los factores que ha contribuido a ello es el régimen de incomunicación aplicado al amparo de la legislación «antiterrorista». A las denuncias por abusos en dependencias de la policía se han sumado, más recientemente, las personas inmigrantes. A instancias de la Secretaría General para la Paz y la Convivencia del Gobierno Vasco, el Instituto Vasco de Criminología realiza el «Proyecto de Investigación de la tortura en el País Vasco (1960-2013)», del que hizo público un avance el pasado 27 de junio. El trabajo identifica y acopia documentación sobre 4.009 personas que denuncian haber sufrido torturas o vejaciones en este periodo, en el que el número de casos podría alcanzar la cifra de 4.810 (el 17% de los denunciantes aseguraron ser objeto de maltrato en más de una ocasión). «Las víctimas de tortura no han tenido un reconocimiento social ni jurídico efectivo, ni se ha llevado a cabo una política de reconocimiento o reparación adecuada», sostiene el informe. El 76% de los casos de tortura denunciados corresponde al periodo democrático (1978-2014), y el 24% básicamente a la dictadura (1960-1977).
La dirección de la investigación encargada por el Gobierno Vasco, que concluirá a finales de 2016, corre a cargo del profesor de Medicina Forense de la Universidad del País Vasco, Francisco Etxeberria; el médico especialista en Psicología de la Salud, Carlos Martín Beristáin; y la investigadora del Instituto Vasco de Criminología, Laura Pego. Una de las conclusiones del estudio es que las medidas preventivas planteadas por Amnistía Internacional, el Comité de Prevención de la Tortura del Consejo de Europa, el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas o los Informes de los relatores sobre la tortura en el Estado español han sido oficialmente calificados de «alarmistas», «negativos», «exageraciones» con intereses políticos espurios, cuando no ignoradas. Mientras esto ocurría, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó al Estado español por incumplimiento de sus obligaciones contra la tortura y su prevención, en cuatro casos de ciudadanos vascos (2002, 2003 y 2011), tres de Navarra (2009 y 2011) y uno de Cataluña (1992). Además, el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas ha elaborado dos dictámenes condenatorios por torturas acaecidas en 1992.
Los autores aclaran que de las 4.009 personas identificadas, en el presente informe han trabajado con los datos de 3.577. Sobre esta esta cifra, que es la que se toma como referencia, el 83% de los casos denunciados corresponde a hombres y el 17% a mujeres. El estudio matiza que el número real de afectados es aún superior, ya que se da el caso de personas que han anunciado su inclusión. La institución al que se le atribuyen un número mayor de torturas y malos tratos es la Guardia Civil (1.589); a la Policía Nacional se le asignan 1.561 casos; 310 a la Ertzaintza, 19 a los funcionarios de prisiones y cuatro a la Policía Municipal. Además, a partir de los testimonios analizados, el método de tortura supuestamente más utilizado por la Guardia Civil es la «bolsa», seguido de la «extenuación física y flexiones» y el «plantón». Según las mismas fuentes, la Policía Nacional opta mayoritariamente por la «extenuación física y flexiones» y por el «plantón». Los dos cuerpos de seguridad, sobre todo la Guardia Civil, son objeto de denuncia por supuesto uso de los «electrodos» y la «bañera». El estudio no recoge tales imputaciones en el caso de la Policía Autonómica vasca, a la que sí se le atribuyen el uso del «plantón» y la «extenuación física y flexiones». A estos métodos, se agregan los gritos, insultos y amenazas.
Otro detalle que aporta el estudio sobre la tortura es el de las provincias y territorios de detención: Gipuzkoa (1.603), Bizkaia (1.203) y Araba (270). Las denuncias no mantienen una tendencia constante; de hecho, se identifica claramente el «pico» de la estadística en 1975 (265 casos), seguido de los años 1980, con 168 casos, y 1981 (162). Precisamente son los años 80 los que acumulan el mayor número de denuncias (1.184); de hecho, la mayor parte de casos de tortura que los testimonios imputan a la Guardia Civil y la Policía Nacional son de esa década. Por el contrario, las denuncias contra la Ertzaintza se concentran principalmente en los años 90. En la década de los 80 se produjeron las primeras condenas por parte de las instancias judiciales españolas, ratificadas posteriormente por el Tribunal Supremo. La investigación del Instituto Vasco de Criminología da cuenta asimismo de «algunos cambios en los métodos de tortura para tratar de dificultar la prueba forense que los acreditase».
En el periodo que abarca la investigación, los tribunales españoles dictaron 21 sentencias condenatorias (respecto a los casos registrados en el informe y sin incluir las condenas por prevaricación). Nueve de las sentencias afectan a la Policía Nacional y 12 a la Guardia Civil (en total, 51 agentes). Resultan significativos los plazos y las dilaciones. La primera condena se produjo el 19 de junio de 1985, en relación con unos hechos ocurridos en 1979. La última citada en el texto, se dictaminó el 19 de noviembre de 2003, por sucesos que acaecidos en 1980. Los organismos internacionales también comenzaron a pronunciarse. Además de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas emitió un dictamen condenatorio en 1998, por el caso de una mujer vasca detenida por la Guardia Civil seis años antes. En sus conclusiones, el Comité apuntaba que el Estado español había incumplido su obligación de investigar «pronta» y «eficazmente» las denuncias de tortura.
El Comité de Naciones Unidas emitió otra condena contra el reino de España en 2005, por el llamado «caso Urra», detalla el informe encargado por el Gobierno Vasco. Acaecidos en 1992, los hechos resultaron juzgados y después condenados por tribunales españoles. El Comité Contra la Tortura intervino por el indulto concedido a los tres agentes de la guardia civil sujetos de condena. En este caso, se instó al Estado español a que vigilara tanto la imposición de penas proporcionadas a los autores de las torturas, como la reparación de las víctimas. En 2009 el citado Comité emitió un Dictamen en relación con el caso «Achabal Puertas». La condena al Estado Español se fundamenta en los derechos de los detenidos y la exigencia de supresión del régimen de incomunicación. La falta de investigación por las denuncias de torturas, por la que organismos internacionales han condenado al Reino de España desde 1998, «ha impedido obtener los elementos de prueba necesarios para condenar a los responsables de estos hechos».
A la sombra de la ley antiterrorista de 1978, los detenidos podían permanecer incomunicados sin asistencia de un abogado ni control judicial hasta diez días. Posteriormente el plazo se estableció en cinco días. El informe recuerda la calificación de la medida que en su día hizo la Asociación Pro-Derechos Humanos de España: «Un espacio que con frecuencia se convierte en el espacio de la tortura». Una década de visitas al estado español del Comité de Prevención de la Tortura (CPT) del Consejo de Europa ha subrayado esta realidad, así como la necesidad de plantear cambios en la legislación antiterrorista, que se controlen y revisen los métodos policiales en las detenciones, interrogatorios y traslado de presos. También Amnistía Internacional se ha hecho eco, desde finales de la década de los 70, de las denuncias de tortura y su tratamiento. En 1997 se estableció en España un protocolo para que el chequeo a los detenidos de los médicos forenses cumpliera con las recomendaciones de Naciones Unidas y el Consejo de Europa. Se trataba, así, de que la información médica fuera más clara como elemento probatorio en un juicio. «Salvo excepciones no se ha cumplido», concluye el informe, «lo que dificulta el ejercicio de la prueba pericial en los casos alegados por los detenidos».
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