Ecologistas en Acción, Greenpeace, Amigos de la Tierra, Plataforma Rural, Intereco, COAG y SEAE piden al Gobierno que no apruebe este texto de Real Decreto sobre coexistencia entre cultivos transgénicos y cultivos convencionales y ecológicos.
Diversas organizaciones han exigido hoy al Gobierno que retire el proyecto de Real Decreto sobre coexistencia entre cultivos transgénicos y no transgénicos, ya que consideran que el texto propuesto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación legalizará una contaminación genética generalizada en lugar de proteger los cultivos y los alimentos convencionales y ecológicos de los transgénicos.
Las organizaciones han pedido al ejecutivo que abra un proceso legislativo democrático que culmine con la aprobación de una legislación de coexistencia, en la que se garantice la permanencia de una agricultura convencional y ecológica libres de organismos modificados genéticamente (OMG), amparando el derecho prioritario de los agricultores ecológicos y convencionales a no sufrir contaminación genética y estableciendo un régimen de responsabilidad civil en el que los daños ambientales, sociales y económicos derivados de los OMG, incluyendo la contaminación genética, recaiga sobre los titulares de las autorizaciones de su liberación al medio.
Dado el rechazo de los consumidores a los alimentos transgénicos y teniendo en cuenta los potenciales efectos adversos de estos productos sobre la salud y el medio ambiente, resulta de especial importancia que España se dote de los mecanismos para que sea posible mantener una agricultura libre de transgénicos.
El Proyecto de Real Decreto que el MAPA se dispone a presentar al Consejo de Ministros ha sido valorado muy negativamente por las organizaciones firmantes de este comunicado, y así se lo han hecho saber a este ministerio y al de Medio Ambiente mediante el envío de un completo dosier de crítica, por las siguientes razones:
– Se basa en la aceptación de la contaminación genética generalizada, tomando como referencia los umbrales de presencia adventicia de OMG por debajo de los cuales un alimento no necesita ser etiquetado como «modificado genéticamente» (umbral fijado en 0,9%). Esta visión es ilegal en el marco de la legislación europea dado que los reglamentos sobre trazabilidad y etiquetado dejan claro que la presencia de OMG en alimentos y piensos no transgénicos se tolera sólo si es «accidental o técnicamente inevitable». Por lo tanto legaliza la contaminación en lugar de establecer medidas para evitarla, cortando de raíz la libre elección de los productores convencionales y ecológicos a ofrecer alimentos totalmente libres de transgénicos.
Además, la normativa europea relativa a la agricultura ecológica no permite la presencia de transgénicos en los productos.
-El borrador no establece un régimen de responsabilidad en caso de contaminación u otros daños causados por los OMG. De esta forma, deja totalmente desprotegidos a los agricultores y consumidores y con toda probabilidad se reproducirán en el futuro situaciones donde los agricultores convencionales o ecológicos afectados por contaminaciones -con las consiguientes pérdidas económicas- estén totalmente desamparados. Para que la coexistencia sea efectiva, la responsabilidad civil por los daños económicos, ambientales y sanitarios provocados por la introducción de OMG en la agricultura y alimentación debe recaer sobre las empresas productoras de estas semillas y sobre los agricultores que las cultivan, según el principio de «quien contamina paga».
-Los apartados relativos a los registros de campos cultivados con OMG son muy deficientes. De acuerdo con la legislación europea, este registro debería existir desde hace varios años y estar a disposición del público. Es de especial importancia para que los agricultores que no cultivan variedades transgénicas puedan preservarse de las contaminaciones. En este sentido, es imprescindible que los agricultores que empleen variedades MG declaren con suficiente antelación sus intenciones de siembra, que el público en general tenga acceso a una información precisa sobre las localizaciones exactas de estos cultivos y que la administración se reserve el derecho de prohibir estos cultivos en determinados casos.
-En el caso del maíz, el Proyecto propone medidas técnicas insuficientes basadas en una base experimental deficiente. La distancia de 25 metros de separación entre el maíz MG y el convencional es irrisoria para prevenir contaminaciones entre campos (existe una amplia bibliografía de estudios científicos sobre el tema en los que se especifica que el polen puede viajar y contaminar a varios miles de metros). Esta medida corrobora que este Proyecto está más bien diseñado para legalizar la contaminación y no para proteger a los productores y a los consumidores, además no plantea una visión a largo plazo, cuando el nivel de contaminación aumente exponencialmente, sobre todo en aquellos casos en los que los agricultores producen su propia semilla.
Hay que destacar que algunas iniciativas legislativas en países europeos como Alemania y Austria se acercan al nivel de protección deseable de la producción no transgénica y de los agricultores que eligen no cultivar OMG. Las organizaciones firmantes creen que España debería inspirar su legislación de coexistencia en la de éstos.
Por último, las organizaciones firmantes consideran que en tanto no se disponga de un sistema de coexistencia eficaz que recoja correctamente los puntos anteriormente mencionados y el resto de aspectos que se detallan en los informes entregados hoy a los responsables de ambos ministerios, el Gobierno debería decretar una moratoria sobre la aprobación de nuevas variedades MG para su liberación al medio ambiente y la suspensión de las ya permitidas por los graves impactos ambientales y sociales que están generando este tipo de cultivos en el campo español.
Más información: Isabel Bermejo, Ecologistas en Acción, 942 70 63 70. Juan-Felipe Carrasco, Greenpeace, 91 444 14 00. Liliane Spendeler, Amigos de la Tierra, 91 847 92 48. Victor Gonzalvez, SEAE, 96 126 72 00. COAG 91 534 63 91
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