Algunas preguntas me resuenan en la cabeza desde el primer momento de comenzado el proceso de reforma
Ha continuado la consulta popular del Proyecto de Constitución de la República de Cuba, que debe terminar con la aprobación por la Asamblea Nacional de un nuevo proyecto de Carta Magna que será puesto a disposición del soberano para su verificación o no mediante referendo.
Este proceso comenzó y ha avanzado con algunas preguntas pendientes, la consulta debió ser reglamentada o al menos esbozada su metodología y principios por el máximo órgano de poder del Estado en Cuba y así las dudas sobre el peso de las opiniones populares y el escepticismo sobre el valor de lo que digamos se hubiera reducido mucho.
No queda claro quién o quiénes interpretarán lo que resulte de la consulta popular que termina en noviembre, si existe una cantidad mínima de peticiones o propuestas para que puedan ser tomadas en cuenta; si existe un número de opiniones que será considerado como irrefutable y por lo tanto inmediatamente trasladable al proyecto constitucional.
Tampoco sabemos si nos informarán de la estadística exacta de qué artículo ha sido el más comentado o corregido, o transformado por la palabra del pueblo y más duda todavía me cabe de si ese dato será divulgado si resulta que el soberano de Cuba no está de acuerdo con aspectos centrales y programáticos del sistema político o del sistema económico.
Algunas preguntas me resuenan en la cabeza desde el primer momento de comenzado el proceso de reforma. Una de ellas es ¿cómo es posible que la irreversibilidad del sistema político cubano y de su sistema económico fuera cláusula intocable de la Constitución cubana por decisión popular desde 2002 y que ahora este proyecto proponga modificar ambos contenidos de la ley de leyes cubana?
La Constitución vigente declara en el tercer párrafo del Art 3 lo siguiente:
«El socialismo y el sistema político y social revolucionario establecido en esta Constitución, probado por años de heroica resistencia frente a las agresiones de todo tipo y la guerra económica de los gobiernos de la potencia imperialista más poderosa que ha existido y habiendo demostrado su capacidad de transformar el país y crear una sociedad enteramente nueva y justa, es irrevocable y Cuba no volverá jamás al capitalismo».
Más llamativo es observar que la mencionada cláusula se mantiene en la actual propuesta, -con algunas correcciones de estilo, sobre todo para eliminar la falta de concordancia del anterior párrafo-, por lo que en realidad el precepto incluido en 2002 ha sido contradicho para crear el Proyecto y vuelto a colocar a conveniencia de los redactores del documento.
Si alguien se pregunta si en realidad ha sido cambiado el sistema político, económico y social de Cuba, recuerde que este Proyecto consagra un nuevo Estado, con un nuevo jefe de gobierno, con órganos antes inexistentes como los Gobiernos Provinciales y sus Consejos y sus Intendentes y sus Gobernadores, además de que se incluyen en el diseño estatal la Contraloría General de la República y el Consejo Electoral Nacional. Por si alguien mantiene la duda, podemos responder rápido con la más superficial pero suficiente respuesta: si cambia el Estado, cambia el sistema político.
Lo que significa la anterior afirmación es que el sistema político está conformado por elementos institucionales, ideológicos, normativos y de funcionamiento. Dentro de los elementos institucionales encontramos siempre a los órganos, organismos, organizaciones, instituciones, en fin, con carácter, fines o influencias políticas. La institución más importante de cualquier sistema político debe ser el Estado, porque es la organización política por excelencia y expresa una estructura y lucha de clases en un momento histórico concreto.
Pero en lo que sería la nueva Constitución no solo se propone cambiar la institucionalidad del Estado vigente sino parte de la base ideológica del mismo, lo que afecta también al sistema político en general, así, el Proyecto no menciona al comunismo, ni al internacionalismo proletario, ni alude al capitalismo, ni habla de explotación del hombre por el hombre, ni se acuerda de que el anterior Estado era de los trabajadores.
El sistema económico también se propone distinto, cosa que la cláusula de 2002 no permite ni para reformas parciales ni para reformas totales como esta. (Si alguien intenta argumentar que la Constitución de 1976 no está vigente desde que comenzó este proceso, le recuerdo que no es así, que esta ley magna solo dejará de tener vigor cuando se apruebe la nueva por decisión popular.)
Los fundamentos económicos que se proponen en este nuevo texto son otros, ahora la propiedad socialista tiene como propietario, en representación nuestra, al Estado, y se reconoce el papel del mercado en la economía, y la existencia de nuevas formas de propiedad como la privada y la mixta.
Además, el Proyecto hace la extraña promesa de que se garantizarán las inversiones extranjeras, rara regulación para un documento que se ha defendido por sus hacedores como general y ahorrativo de detalles y palabrería.
El sistema social también ha sido trastocado. Tenía este en el antiguo Capítulo VI de la Constitución a uno de sus pilares básicos. Han entrado en su nueva regulación importantes inclusiones para extender el ámbito de la no discriminación, como la orientación sexual, pero han desaparecido en el Proyecto los sagrados preceptos que nos daban derecho sin separaciones a disfrutar de playas, balnearios, transportes de todo tipo, hoteles, restaurantes.
También ha sido limitado el derecho a la educación, que antes no imaginaba límites y que ahora se acota que será gratuito hasta la enseñanza universitaria de pregrado, y además ha desaparecido la bella e importante consagración de que los materiales escolares serán entregados gratis.
La misma Constitución que por primera vez encumbra el principio de progresividad de los derechos humanos, viola este principio respecto a la anterior Carta Magna porque se contraen derechos que antes eran más amplios como el de salud pública y el de educación, que ya he mencionado.
Entre líneas el Proyecto deja brechas donde puede proliferar la desigualdad, y la indefensión ciudadana. Por ejemplo, ahora se nos propone el derecho a salir, entrar, permanecer, residir y domiciliarnos donde queramos, en Cuba, pero se aclara que la ley podrá establecer excepciones a esta regla, lo que nos pone en una situación más débil que la que antes teníamos y deja el campo abierto para que corra libre una norma que tiene más de veinte años de inconstitucionalidad, como el Decreto 217, que norma la emigración hacia la Habana y dentro de ella, contra el precepto constitucional que nos permite vivir dentro de nuestro archipiélago donde entendamos.
Una Constitución que consagra el principio de supremacía constitucional no puede declarar excepciones a los derechos que ella misma crea. Ninguna ley ni disposición normativa menor puede establecer excepciones a los derechos que la Constitución consagra. Así el derecho a emigrar y a residir en Cuba en la provincia que escojamos no puede ser sometido a la condición de otra norma porque esto convierte en literatura a la Carta Magna.
Por otro lado, se incluye el derecho al agua, y es plausible, pero se aclara que este servicio será recibido con la «debida retribución», por lo tanto, ahora tenemos el derecho a pagar el agua y más discutible es el próximo párrafo del artículo 87, que subraya que: «El Estado trabaja para garantizar el acceso al agua potable y a su saneamiento, en correspondencia con el desarrollo económico y social alcanzado» porque este es el argumento que han defendido por décadas los enemigos del socialismo cuando se les acusaba de no priorizar los derechos económicos y sociales y ahora por arte del olvido también lo usan los que han escrito esta Constitución.
Si el Estado socialista cubano va a garantizar derechos cuando tenga desarrollo económico estamos en el pico del aura. Cuba ha representado una alternativa social y ética hasta ahora porque garantizamos derechos, aunque no tengamos desarrollo económico.
Los derechos humanos no son mercancías, no se pueden enajenar, ni vender, ni pagar por ellos, y en el socialismo no estamos de acuerdo con que los derechos políticos sean más importantes que los económicos, ni que los económicos sean más importantes que los políticos; pero sí defendemos que el derecho a la vida y a la existencia deben garantizarse antes que nada para hacer viables el resto de los derechos.
Por esta razón el derecho al agua potable no puede hacerse depender del desarrollo económico, ni el de la vivienda digna, ni el de la alimentación sana, ni el de la salud pública, ni el de la educación gratuita.
Creo que este Proyecto tiene muchos momentos y lugares dulces, que dejan esperanza, de aparecer las leyes y otras normas que permitan convertir en realidad lo que se enuncia, y si la máquina estatal cumple lo que ahora es una visión de futuro.
Pero también creo que es un Proyecto que propone otro país, con otras reglas de juego, donde los trabajadores tendrán menos poder, y donde la ciudadanía tendrá que aprender a luchar por sus derechos si no quiere ser sustituida por empresarios e inversionistas.
Ahora toca que hablemos, tal vez la sabia palabra del pueblo llegue a los oídos de los que ven y escuchan por nosotros.
Fuente: http://oncubanews.com/opinion/columnas/vox-populi/este-proyecto-constitucion-propone-pais/