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La historia de nunca acabar: la vivienda

Fuentes: Progreso Semanal

Hace apenas unos días fueron publicadas en la gaceta oficial nuevas disposiciones emitidas por varios organismos de la administración central del país respecto al tema de la vivienda. La tan llevada y traída cuestión de lograr una casa digna para cada cubano, ha sido y continúa siendo un objetivo del gobierno, más allá de los […]

Hace apenas unos días fueron publicadas en la gaceta oficial nuevas disposiciones emitidas por varios organismos de la administración central del país respecto al tema de la vivienda.

La tan llevada y traída cuestión de lograr una casa digna para cada cubano, ha sido y continúa siendo un objetivo del gobierno, más allá de los pasos positivos y negativos dados en este sentido. Aunque pocos lo mencionen, debemos recordar que de acuerdo con el artículo 9 de la Constitución cubana, el Estado «trabaja por lograr que no haya familia que no tenga una vivienda confortable». Por tanto, todas las acciones que se desarrollan y puedan llevarse a cabo en el futuro deben estar enfocadas, por mandato constitucional, en lograr tal objetivo. Claro está: asumimos no se regresará a esa época oscura y triste donde se prohibía la compraventa de estos inmuebles entre particulares, o se le confiscaba la vivienda a quien abandonaba el país.

Las normativas recientes abordan varias cuestiones interesantes que como casi siempre pueden ser analizadas desde puntos de vista diversos y por ende pueden tener diferentes lecturas. En todo caso considero que van en el sentido correcto, pues tratan de dotar de cierto equilibrio a la situación actual relacionada con los subsidios para la construcción, traspasos de viviendas estatales, así como los correspondientes ajustes tributarios.

Por una parte, las modificaciones introducidas en cuanto al primero de los temas mencionados, según especialistas de las entidades involucradas, tienen como objetivo la protección a los núcleos familiares más vulnerables y ampliar los beneficios a los beneficiados. En tal sentido, los Consejos de la Administración Municipal (CAM) podrán realizar dos convocatorias anuales como mínimo para recepcionar solicitudes, con el objetivo de perfeccionar el acceso a las fuentes de financiamiento, así como la tan necesaria transparencia en estos casos.

Solo queda ahora esperar una adecuada instrumentación de este proceder, pues con esa cantidad de convocatorias la tramitación de los subsidios debe hacerse lo más expedito posible. Además, se impusieron ciertos límites a la entrega de estos, pues en caso de declararse datos falsos para ser beneficiado, el propio CAM deberá disponer su cancelación y el reintegro del monto utilizado al presupuesto del Estado. Si se recibieran donativos por concepto de materiales de la construcción, se les realiza el ajuste y se les descuenta el valor de lo entregado.

Por otro lado, y de acuerdo con las declaraciones oficiales, se establece como principio que para ser subsidiado no pueden convivir en la familia personas en edad laboral desvinculados del trabajo, siendo plenamente capaces para ello. Siempre que el ingreso per cápita sea inferior o igual a 300 CUP puede aspirarse a un subsidio, y en caso de superar esta cifra, excepcionalmente podrán ser beneficiados los núcleos que presenten situaciones de especial vulnerabilidad como personas que viven solas, al cuidado de menores, enfermos crónicos, entre otros.

En el caso de las viviendas estatales en ejecución, se determinó entregar 16 887 a personas naturales que acepten su terminación por esfuerzo propio, mediante el pago del valor de transferencia. Para la asignación se seguirá un orden de prioridades que encabezan los que ya fueron definidos como destinatarios de aquellas cuando se interrumpió la ejecución de estas obras estatales, y en segundo lugar se tendrán en cuenta los damnificados por fenómenos climatológicos, los albergados y casos sociales. En todos los casos, a quien se le entregue una de estos inmuebles en ejecución tiene un plazo máximo de cinco años para terminarlo.

Válido es aclarar que tanto las casas que se adquieran por esta vía como a través de los subsidios, si fueran vendidas o donadas durante los primeros 15 años a partir de su adquisición, los propietarios tienen la obligación de reintegrar al presupuesto estatal los montos subsidiados. No obstante, se preceptúan excepciones a este periodo de tiempo inicial, para las donaciones cuando se realizan a parientes, o cuando los adquirientes de la vivienda permutan.

Con todo lo dicho hasta aquí parecen equilibradas las decisiones tomadas. El primer inconveniente que resalta a todas luces es la cuestión de la disponibilidad de materiales de construcción para ejecutar las obras. Este sector industrial necesita aumentar sus niveles de productividad y eficiencia, para lo cual requiere, entre otras medidas, modernizarse tecnológicamente y ordenar mejor el uso de los recursos, tanto en las grandes fábricas como a nivel local. Además, no hay que olvidar que no está exento, y eso todos los sabemos, del acaparamiento y especulación que tanto se reitera en los establecimientos minoristas donde se comercializan estos productos.

De igual forma, habrá que crear las condiciones y mecanismos necesarios para agilizar la entrega de los subsidios, así como el traspaso de las viviendas, para hacer lo menos engorroso posible estos procesos. La cuestión pasa por disponer de las capacidades materiales y humanas en nuestras instituciones (Planificación Física, las Direcciones Municipales de la Vivienda y de Trabajo y Seguridad Social, y el sistema bancario) para facilitar el acceso de la población a estas nuevas posibilidades. Recuérdese que se trata de medidas encaminadas a solventar las necesidades de los sectores más vulnerables, donde no siempre hay pleno conocimiento de cuáles son los pasos a cumplimentar o las instancias a que acudir.

En suma, me parecen acciones en la dirección adecuada, pero que necesitan para su plena ejecución algo más que decisiones gubernamentales fundadas en el interés de ayudar a quienes más les urge. Como siempre nuestras permanentes trabas burocráticas, derivadas de una cultura administrativa más enfocada en evitar ilegalidades que en facilitar la vida de los ciudadanos, pueden echar por tierra tan nobles intenciones.

Fuente: http://progresosemanal.us/20170424/la-historia-nunca-acabar-la-vivienda/