Como es sabido, la holgura financiera es una quimera el Sistema de Seguridad Social de Cuba. Los engranajes de esos derechos que deben ser garantizados por el estado cubano han sido ajustados en la última década, con el empeño de mantenerse como la concreción pura y dura de una máxima consustancial al proceso revolucionario del […]
Como es sabido, la holgura financiera es una quimera el Sistema de Seguridad Social de Cuba. Los engranajes de esos derechos que deben ser garantizados por el estado cubano han sido ajustados en la última década, con el empeño de mantenerse como la concreción pura y dura de una máxima consustancial al proceso revolucionario del país: nadie puede quedar desamparado. Pero en toda gran obra donde los recursos materiales escasean, la voluntad no es suficiente. Ha habido secuelas y queda mucho por hacer aún.
Los ingresos del 91 por ciento de la población cubana mayor de 60 años -1 669 510 personas, según cifras de la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI)– dependen en gran medida de lo que ocurra con las pensiones que, por derecho, reciben cada mes por cuenta del Sistema de Seguridad Social, el cual comprende un régimen general de seguridad y uno de asistencia.
La protección universal que este Sistema provee está en el ADN de la Revolución Cubana casi desde su triunfo. Es un hecho que antes de 1959 el acceso a una pensión por jubilación dependía exclusivamente del aporte individual a fondos gremiales o cajas de seguros que cubrían a menos de la mitad de los trabajadores y que estaban sujetos a no pocos manejos turbios.
Primero mediante la Ley 1100 de marzo de 1963 y más tarde con la 24 de 1980 el Gobierno Revolucionario colocó al Estado como proveedor de los fondos para la protección universal tanto de todos los trabajadores que arribaban a la edad de jubilación; como de sus familias ante la invalidez o muerte de aquellos. Adicionalmente edificó un esquema estatal de la asistencia social con servicios o ayudas directas a personas desvalidas, ancianos, discapacitados físicos y mentales.
A partir de la segunda mitad de la década del 80, dice el economista Omar Everleny, se esfumaron las principales fuentes de ingresos al presupuesto del principal empleador cubano, el Estado, poniéndolo en aprietos también para mantener a flote sus gastos de seguridad social, los cuales siguieron creciendo en la medida que lo hizo el porcentaje de población más envejecida. Antes de terminar el siglo XX, explica Everleny, Cuba intentó reflotar sus finanzas racionalizando el sector público; redireccionó ingresos hacia las arcas públicas con la reimplantación de impuestos y de contribuciones directas de los trabajadores para financiar sus futuras pensiones. Y esto último anticipó las transformaciones del Sistema de Seguridad social existente.
A inicios de 2009 entró en vigor la Ley 105 de Seguridad Social y posteriormente de su Reglamento que aumentó la edad requerida para tener derecho a la pensión por edad: 60 años en las mujeres (anteriormente era 55) y 65 años en los hombres (antes eran 60). También elevó la cuantía de las pensiones por edad, las que podrían llegar hasta el 90 por ciento del salario históricamente devengado, permitiéndoles a los jubilados por edad reincorporarse al trabajo sin perder sus pensiones siempre y cuando no lo hicieran en el mismo puesto o cargo en el cual se desempeñaban.
Entre 2010 y 2017 sucesivos Decretos-Leyes especificaron cómo sería la seguridad social en medio de un panorama laboral diversificado en los tipos de trabajadores y las fuentes de ingresos de estos. Primero tuvieron su norma los cuentapropistas; luego los cooperativistas agropecuarios; más tarde los usufructuarios de tierra y los cooperativistas no agropecuarios. En 2013 vieron las suyas los creadores, artistas, técnicos y personal de apoyo. En 2016 tocó el turno a las madres trabajadoras; a los jubilados de las instituciones armadas; y finalmente en 2017 a los asociados a las unidades básicas de producción cooperativa (UBPC).
En su conjunto este paquete legislativo concretó lo estipulado en la propia Ley 105, la cual ya había indicado que el presupuesto del Estado no sería la única fuente de financiamiento del Sistema de Seguridad Social, sino que se completaría con el aporte de los empleadores estatales, cooperativos, y de los propios empleados. Solo el régimen para los trabajadores por cuenta propia se autofinanciaría con sus propias contribuciones.
Al unísono hubo graves repercusiones en los beneficiarios de la asistencia social, para quienes el Reglamento de la Ley 105 estableció que si tenían «familiares obligados», ascendientes o descendientes (padre, madre, hijo, hermano), no podían recibir ese apoyo. Muchísimas personas en el país perdieron la asistencia que les correspondía por estas nuevas restricciones, porque, según explicó un reportaje de Bohemia en 2016, no se analizaron los casos con rigor y se actuó de forma burocrática y autómata.
Sin dinero no se puede
En 2001 los gastos para la seguridad social solo eran superados por los de educación, refiere la ONIE. Todavía en 2010, señala el Centro de Estudios de Población y Desarrollo de esa Oficina, el monto financiero no había dejado de crecer, trepando hasta los cuatro mil 762 millones de pesos anuales repartidos entre 1,6 millones de personas (136 mil más que en 2005).
No obstante, la ampliación de la edad de jubilación redujo las nuevas pensiones concedidas: en 2008 fueron más de 99 mil, pero en la década siguiente nunca se alcanzó esa cota al cierre de cada año; de hecho, en 2017 apenas se sobrepasó las 77 mil (más de 20 mil pensiones menos, o aproximadamente 4 800 000 pesos mensuales menos). El fenómeno contrasta fuertemente con las erogaciones por este concepto dentro de las partidas presupuestarias que sí continuaron elevándose en la seguridad social: de 4,3 mil millones de pesos en 2008 escalaron hasta 5,3 mil millones en 2017. El motivo de este aumento en el presupuesto no ha sido explicado aún por las autoridades competentes.
Algo parecido acaeció con la asistencia social, pues el incremento a 147 pesos (alrededor de seis USD) de la ayuda monetaria mínima otorgada por diversa causa chocó con la sistemática reducción del 60 por ciento de los gastos corrientes destinados ese fin en un período de siete años: Si en 2008 el presupuesto dedicó 656 millones de pesos para beneficiar a 582 mil personas, en 2015 las erogaciones solo fueron de 346 millones de pesos (310 millones menos) para 175 mil cubanos (407 mil personas menos).
Miosotis Alonso Prieto, subdirectora provincial de Trabajo en la provincia de Pinar del Río, afirmaba en 2016 que esos recortes no fueron precisos. «Se tomaron decisiones erróneas», dijo. Los ciudadanos de varios territorios también expresaron su descontento; denunciaban que el otorgamiento o retiro de las chequeras en ocasiones dependía de la voluntad individual de los funcionarios gubernamentales. Solo Pinar del Río a inicios de la presente década, aseguró Alonso Prieto, llegó a tener aproximadamente 35 millones de pesos anuales para cubrir las prestaciones de la asistencia social, cifra que cayó a menos de la mitad.
El deterioro más reciente de la economía cubana, que en 2016 concluyó con su primer saldo negativo desde 1993 -según las primeras cifras anunciadas en la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular en diciembre de ese año-, incrementa las deficiencias del Sistema de Seguridad Social en el país. El hecho de que el Estado cubano aumente la responsabilidad familiar con una categoría como «familiares obligados» no parece ser tampoco la solución. Y el creciente envejecimiento demográfico en la Isla desde hace años ubica a los ciudadanos cubanos mayores de 60 años en una posición altamente vulnerable.
La aplicación de políticas públicas que realmente impacten de forma positiva en la vida de estas personas es una urgencia que ni el gobierno ni la sociedad cubana pueden desconocer. A estos ancianos, lógicamente, no les sobra el tiempo.
Fuente: http://progresosemanal.us/20190207/la-seguridad-social-y-los-vulnerables-nuestros/