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Leer a fondo los cambios vigentes en Ley Migratoria cubana

Fuentes: Progreso Semanal

Un par de decretos leyes -uno del Consejo de Estado y otro del Consejo de Ministros- publicados en la Gaceta Oficial número 63 del 30 de diciembre de 2017 entraron en vigor con el comienzo del 2018 y pormenorizan sobre dos de los cuatro cambios a la Ley migratoria cubana anunciados por el Ministro de […]

Un par de decretos leyes -uno del Consejo de Estado y otro del Consejo de Ministros- publicados en la Gaceta Oficial número 63 del 30 de diciembre de 2017 entraron en vigor con el comienzo del 2018 y pormenorizan sobre dos de los cuatro cambios a la Ley migratoria cubana anunciados por el Ministro de Relaciones Exteriores Bruno Rodríguez Parrilla en octubre pasado.

El Decreto Ley 352 del Consejo de Estado detalla bajo qué condiciones podrán hacerse ciudadanos cubanos los hijos nacidos en el extranjero de cubanos residentes en el exterior, después que fuera eliminado el requisito de avecindamiento que los obligaba a residir durante un tiempo en suelo antillano.

Por su parte el 339 del Consejo de Ministros hace las correcciones subsiguientes al Reglamento de la Ley Migratoria luego de dejar sin efecto la «Habilitación» del pasaporte para los viajes a Cuba de los emigrados cubanos, trámite que estos debían cumplir para venir a su país de origen. La eliminación de dicho requerimiento beneficiaría potencialmente a unas 823 mil personas, afirmó el portal oficial del MINREX. Era un trámite gratuito, que se pedía solo una vez y que resta un solo paso antes de viajar a Cuba por primera vez luego de un período mayor de 24 meses, tiempo máximo establecido para permanecer fuera de Cuba.

El «examen de ciudadanía»

El Decreto 352 da entender que el solo hecho de solicitar la ciudadanía, no significa que los hijos de padres cubanos nacidos fuera del Archipiélago automáticamente vayan adquirirla por nacimiento. Antes deben presentar una serie de documentos (referidos en detalle en el artículo 6), los cuales serán evaluados por el Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior. Dicha instancia podría admitir, denegar o devolver la solicitud, sin que se especifique en el Decreto-Ley cuáles serán los criterios.

Aún si el aspirante muestra una documentación impecable su petición podría ser archivada ipso facto si él mismo o alguno de sus progenitores ha cometido lo que el texto califica, sin muchos detalles, de «acciones contra los fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado cubano». No obstante, aclara que los menores de edad perjudicados por acciones de sus padres incluidas en esta disposición «al arribar a la mayoría de edad, pueden solicitar la adquisición de la ciudadanía cubana».

Además, abre la posibilidad a que los hijos de quienes se hayan hecho ciudadanos cubanos por nacimiento gracias a este Decreto se conviertan en ciudadanos cubanos por nacimiento, una vez llegados a la mayoría de edad. Lograrlo implicará, para esos «nietos» de los cubanos nacidos en Cuba, demostrar lazos permanentes y relaciones estables con la tierra de sus abuelos durante un período mínimo de dos previos a la solicitud. Tampoco se establece qué tipo de «evidencia» serán aceptadas.

Adicionalmente, insiste el Decreto, tendrán que aprobar un examen de ciudanía donde demostrarán que hablan y entienden claramente el idioma español y que cada uno «conoce las regulaciones constitucionales sobre la organización política, administrativa y social del país; los símbolos nacionales; los derechos y deberes ciudadanos; los períodos históricos y sus principales líderes; las características geográficas del país y los conocimientos generales actuales del acontecer nacional».

Cuba integra ahora un grupo de por lo menos nueve países de varios continentes que han instituido pruebas similares para aspirantes a sus respectivas ciudadanías. España tiene el suyo desde 2015, Alemania desde 2008 y Australia desde 2007. Austria inquiere sobre su democracia e historia. El examen alemán incluye 33 interrogantes variables, según la región del país, pero siempre sobre temas ligados a conocimientos históricos, políticos y geográficos de la nación teutona. En 2016 la corresponsal de la BBC en Estados Unidos, tras enfrentarse a contestar 10 preguntas entre 100 posibles relató: «Mis primeros intentos de estudiar para el examen de ciudadanía de Estados Unidos fueron un rotundo fracaso».

Fin de la habilitación y luego…

Al hacer las puntualizaciones referentes a que documentos deben presentar los ciudadanos cubanos que residen en el exterior a la hora de solicitar un pasaporte corriente, el Decreto Ley 339 del Consejo de Ministros insiste en que «para entrar al territorio nacional los ciudadanos cubanos deben poseer pasaporte cubano vigente expedido a su nombre o documento equivalente».

Fuente: http://progresosemanal.us/20180108/leer-fondo-cambios-vigentes-ley-migratoria-cubana/