La Ley 20/2022 aprobada por las Cortes Generales el 19 de octubre de 2022 sobre la Memoria Histórica Democrática llega 45 años tarde a la democracia, si tomamos el Referéndum para la Reforma Política de Adolfo Suárez como punto de partida del proceso de liquidación de la Dictadura.
Ese referéndum dio lugar a las elecciones donde fueron elegidas las Cortes Constituyentes que trajeron la Monarquía Parlamentaria.
Es cierto que en las décadas anteriores se repararon algunas injusticias, como el hecho de que se reconocieran las pensiones a los militares republicanos, a las fuerzas de policía y los carabineros de la República, así como indemnizaciones a los presos políticos bajo la Dictadura y devolución de patrimonio incautado a los sindicatos y los partidos políticos de la República. Pero cientos de miles de cadáveres siguieron durmiendo en fosas comunes, ostentando el estado español el triste récord de ser el segundo en el mundo en fosas comunes. Además de que los símbolos y los personajes fascistas han seguido ocupando lugares de honor en el espacio público de la sociedad española.
Es una ley que ha sido recibida con alegría por las Asociaciones Memorialísticas, porque ya era hora de que se equiparase el sistema jurídico español con los demás sistemas jurídicos de las democracias formales, haciendo posibles la reparación de las víctimas y la condena de los crímenes del fascismo. Pero también ha traído suspicacia y precaución, por la negativa experiencia que se vivió con la ley de memoria de Zapatero. El aparato de Estado penetrado por funcionarios de ideología reaccionaria, o simplemente conservadora, entre jueces, policías y militares, no ha sido capaz de hacer efectivas las exigencias de aquella ley. Por tanto, hay que mantener una actitud crítica y vigilante ante las posibilidades de la nueva ley, especialmente por la fuerza creciente de la extrema derecha en el panorama político español.
Dicho esto hay que reconocer que la ley recién aprobada contiene innegables avances jurídicos. Especialmente la nueva Ley establece la responsabilidad del Estado en la recuperación de la memoria. Mientras que la ley de 2007 de Zapatero externalizaba la recuperación de la memoria histórica dejando a los ayuntamientos y las asociaciones ciudadanas, la responsabilidad de esa recuperación. El responsable político y jurídico de las exhumaciones es ahora el Estado con la participación de las asociaciones memorialistas.
La experiencia de la ley anterior de 2007 ha servido para que los legisladores articularan mecanismos que garanticen una aplicación justa y rigurosa de las legítimas exigencias de las víctimas del fascismo en el estado español. Entre esos mecanismos cuentan los siguientes.
- Legales.
1.1. El artículo 1.3. afirma que el fascismo es ilegal en el estado
español.
- El artículo 2.3. declara que todas las leyes, incluida la de Amnistía, se ajustarán al derecho internacional humanitario, que considera imprescribibles e inamnistiables los crímenes de guerra, los de lesa humanidad y los de genocidio.
- El artículo 4 reconoce el estatuto de víctima a todas las personas que hayan sufrido cualquier tipo de represión por el fascismo, y declara ilegales las sentencias promulgadas por los Tribunales fascistas contra las personas que lucharon contra la Dictadura y por la libertad.
- El Estado es responsable de la política de Memoria y debe hacerse cargo de todo el proceso de recuperación de las víctimas y sus derechos.
- Materiales.
2.1. Creación de un banco de ADN para facilitar el reconocimiento
de las víctimas de la represión y de los robos de bebés.
- Creación del fiscal de sala especializado en luchar contra la impunidad del franquismo.
- Se prohíben los símbolos fascistas en los lugares públicos.
- La Memoria Histórica se incluye en los currículos escolares.
- Se suprimen los títulos nobiliarios que se concedieron entre 1948 y 1968.
- Se crea el Consejo de Memoria Democrática con participación de las Asociaciones Memorialísticas y un Centro de Memoria Democrática.
- Se crea una Comisión Técnica sobre vulneración de los Derechos Humanos entre 1968 y diciembre de 1983, con lo que se incluye también a las víctimas de la Transición.
Por otro lado, el Título II de la ley hace una mención especial al papel activo de las mujeres como protagonistas de la lucha por la democracia y los valores de la libertad, igualdad y la solidaridad.
La ley tiene una enorme complejidad por la cantidad de interlocutores que han participado en su elaboración. Ha sido consensuada por numerosos actores políticos, lo que ha requerido un continuado esfuerzo de diálogo y debate entre las fuerzas sociales. Además tiene el valor de reconocer que, en palabras de Vázquez Montalbán, ‘el anti-franquismo es uno de los esfuerzos más nobles y más dignos de recordar en la historia de la humanidad’. Recuperar la memoria de las víctimas del fascismo debe ser un arma cultural en el combate contra el fascismo creciente en España y en Europa.
Por tanto debemos reconocer que esta Ley no se corresponde con la actual correlación de fuerzas en Europa, donde la extrema derecha vuelve a ocupar posiciones de gobierno. Es necesario combatir ese ascenso ‘resistible’ mediante un discurso que desmonte las argumentaciones de la derecha. Señalando que las matanzas que se produjeron en aquellos años fueron provocadas por un golpe de estado para acabar con el proceso democrático, y sin ese golpe de estado no se habría producido aquel terrible conflicto.
Se hace necesario establecer los hechos de manera precisa y objetiva, sin dar lugar a exageraciones o descripciones a medias y mal planteadas. La investigación histórica juega un papel fundamental en la aplicación de la justicia. La justicia, la verdad y la reparación, van juntas, como subraya el Relator Especial de las Naciones Unidas para la Justicia, la Verdad y la Reparación.
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