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Chile

Se presenta querella por violencia sexual durante dictadura contra Ana María Campillo

Fuentes: El Desconcierto

La Corporación Humanas y Organización Women´s Link Worldwide presentaron ante la Corte de Apelaciones de Santiago amicus curiae por hechos de violencia sexual contra Ana María Campillo Bastidas ocurridos durante la dictadura militar. La demanda se da en el contexto de la campaña por lograr que la violencia sexual también sea tipificada como un delito de Estado.

En junio pasado Corporación Humanas, en representación de Ana María Campillo Bastidas, presentó ante la Corte de Apelaciones de Santiago una nueva querella criminal por los delitos de secuestro agravado, violencia sexual como tortura, violación sexual y abusos deshonestos cometidos en su contra y por el delito de asociación ilícita para secuestrar y torturar, todos constitutivos de crímenes de lesa humanidad.

Por su parte, la organización Women´s Link Worldwide presentó un amicus curiae ofreciendo elementos de análisis que contribuyen al examen y evaluación de los hechos ocurridos a Ana María Campillo Bastidas durante la dictadura militar chilena.

Ana María Campillo Bastidas, fue detenida y sacada del domicilio de su pareja en ese entonces, en la comuna de La Reina, junto a otras tres personas entre los días 19 y 21 de junio de 1974 para ser traslada a los subterráneos de la Plaza de la Constitución, contigua al Palacio de La Moneda, donde fue interrogada y torturada. Fue liberada el 24 de junio de ese mismo año. Posteriormente, detenida y llevada al mismo recinto donde nuevamente fue torturada y violada en reiteradas ocasiones por miembros del SICAR.

El testimonio del secuestro de Ana María Campillo Bastidas fue entregado ante la Comisión de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech). El secuestro, tortura, violación y abusos deshonestos están tipificados en el Código Penal. La violencia sexual como tortura es un crimen de lesa humanidad.

De acuerdo al derecho internacional los Estados tienen la obligación de investigar, juzgar y sancionar los crímenes internacionales que se comenten en contextos de conflicto armado, de ataques generalizados o sistemáticos contra población civil y/o graves violaciones de derechos humanos. Esto incluye a los actos de violencia basada en el género constitutivos de crímenes internacionales.

«El Estado de Chile tiene una gran deuda con las mujeres en esta materia, si bien los tribunales han conocido en muchas ocasiones hechos de violación y otras formas de violencia sexual, en ninguna de las sentencias pronunciadas hasta hoy se considera la violencia sexual como elemento para determinar la responsabilidad penal que les corresponde a los agentes del Estado por los delitos cometidos y en consecuencia estos hechos siguen hoy en absoluta impunidad», subraya la abogada de Corporación Humanas, Daniela Quintanilla

El amicus curiae se presenta con la finalidad de que el análisis precedente sobre decisiones judiciales en materia de crímenes internacionales en base al género y de violencia sexual sea de utilidad a los tribunales de justicia para decidir el caso que tienen bajo examen y determinar la responsabilidad penal de los perpetradores no sólo por la tortura sino también por los hechos de violación y violencia sexual.

En ese sentido, comprendiendo que son víctimas de actos de naturaleza sexual tanto hombres como mujeres, hay crímenes que afectan de manera desproporcionada y diferenciada a las mujeres y las niñas por el hecho de ser mujeres. Los crímenes no se limitan solo a la violación, sino que también se suman amenazas sexuales, tocamientos, desnudez forzada o esclavitud sexual todos constitutivos de crímenes de lesa humanidad.

Asimismo, el derecho penal precisa que no es necesario probar la ausencia del consentimiento de la víctima como un elemento del delito, toda vez que existen circunstancias coercitivas lo que imposibilita un consentimiento voluntario.

La abogada de Corporación Humanas, Daniela Quintanilla, explica que en el marco de la dictadura cívico militar en Chile, la violencia sexual hizo parte de la política de represión del Estado aplicada por los organismos represivos en contra de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y esto fue reconocido por el Estado de Chile en el Informe del Comisión Valech en 2004.

  A pesar de esto, aun no tenemos ninguna sentencia judicial que condene estos delitos específicos que han sido subsumidos dentro de la figura de los apremios ilegítimos perpetuando la invisibilidad e impunidad de estos delitos, concluye Quintanilla.

Fuente: http://eldesconcierto.cl/se-presenta-querella-por-violencia-sexual-durante-dictadura-contra-ana-maria-campillo/