He leído y examinado el texto del Proyecto de Constitución que está sometido actualmente y hasta el mes de noviembre a un democrático proceso, que considero bien organizado, de debate y discusión abierta con las masas en el que, según he podido apreciar hasta el momento las opiniones coincidentes, divergentes, de modificaciones, supresiones y adiciones […]
He leído y examinado el texto del Proyecto de Constitución que está sometido actualmente y hasta el mes de noviembre a un democrático proceso, que considero bien organizado, de debate y discusión abierta con las masas en el que, según he podido apreciar hasta el momento las opiniones coincidentes, divergentes, de modificaciones, supresiones y adiciones se expresan con total libertad. Se observa que la población concurre a las reuniones bien preparada y en general los criterios se manifiestan con seriedad y profundidad.
Tuve el privilegio y el honor de haber estado entre el grupo de compañeros que más activamente participo en el transcurso de 1974 y 1975 en la preparación y redacción del proyecto de nuestra primera Constitución Socialista sometida a la consideración del Primer Congreso del Partido y después en la organización del referendo en el que resultó aprobada y proclamada en febrero de 1976.
He cotejado el Proyecto actual con el texto inicial de la Constitución aprobada entonces y con su texto más actual después de las reformas que se le hicieron hasta el 2002.
En primer lugar, quiero dejar constancia de que en mi opinión el Proyecto es un documento completo y abarcador, muy profesionalmente redactado en correspondencia con los principios y objetivos que persigue nuestro proceso revolucionario de construcción socialista en la situación concreta actual, con gran sentido del momento histórico y haciendo referencia, con mayor o menor inclusión y más o menos acierto, a las cuestiones fundamentales que se entiende que deben ser cambiadas.
Estas reflexiones y sugerencias que ahora escribo tratarán acerca de un asunto que aparece en el Título I: Fundamentos Políticos, capitulo 1: Principios Fundamentales de la Nación.
El tema específico que trataré es el relacionado con el papel dirigente del Partido que aparece en el artículo 5 del proyecto y sobre el cual he leído pronunciamientos de varios compañeros. Es uno de los asuntos en los que entiendo que no se han logrado cambios con el acierto y precisión suficientes.
Es indudable que se presenta una contradicción o por lo menos una incongruencia entre lo expresado literalmente en el mencionado artículo 5 y lo escrito en el artículo 10, tal y como aparecen redactados en el Proyecto.
En el 10 se expresa correctamente que «la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado».
Pero en el artículo 5 se afirma que «El Partido… es la fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado».
Según este artículo se le concede y reconoce al Partido una fuerza supra soberana que está por encima de la sociedad (es decir del pueblo) y del Estado.
Esta formulación afecta el principio de la democracia y también al principio de soberanía tanto en su comprensión de soberanía popular como de soberanía nacional, concepciones derivadas de las ideas principalmente de Rousseau y de Sieyes, que se manejan y aceptan como válidas desde la época de la Revolución Francesa.
Pero además no se corresponde con la comprensión conceptual que al respecto habían planteado Fidel y Raúl en intervenciones que hicieron en vísperas del I Congreso del Partido durante el proceso preparatorio de la institucionalización del país y de la redacción de la Constitución de 1976.
En aquel texto que se mantiene hasta hoy, tampoco quedó bien redactado este artículo 5. Fue un gazapo incongruente y contradictorio del que somos responsables los que participamos en la redacción de dicha Constitución, dejándonos llevar superficialmente a una copia demasiado mimética de como aparecía formulado dicho asunto en la Constitución de la Unión Soviética y en la de otros países socialistas de la época. Se revisaron las Constituciones de 12 países socialistas y se buscó concordancia con lo formulado en ellas. La de la Unión Soviética vigente entonces era la proclamada en 1936 cuando estaba en su pleno apogeo la jefatura de Stalin.
No tuvimos en cuenta ni fuimos capaces de encontrar una formulación propia y trasladar al texto los claros planteamientos hechos por Fidel y por Raúl acerca de cómo entender el indiscutible y necesario papel dirigente del Partido. En el Proyecto ahora en discusión se mantiene y reitera esta incongruencia.
Raúl, en su intervención ante los cuadros y funcionarios del CC del PCC el 4 de mayo de 1973, planteó lo siguiente (párrafos seleccionados por el autor):
«El Partido es la fuerza dirigente principal dentro de todo el mecanismo… y el encargado de coordinar, controlar y encauzar las tareas del aparato estatal y las organizaciones de masas hacia el mismo objetivo»
«Pero el Partido no ocupa su posición de dirigente en virtud de una elección popular, ni siquiera producto de una votación de la clase obrera de la cual es vanguardia organizada. No es pues un organismo representativo mediante elección de la voluntad popular es un organismo de selección.»
Y continuó Raúl: «En una de sus intervenciones en una reunión de agosto de 1970 Fidel decía, con toda razón: «Es que uno no puede decir ni siquiera que hay una representación de la clase obrera, como clase, si tratamos de representarla simplemente con el Partido. Es decir que el Partido representa los intereses de la clase obrera pero no se puede decir que representa la voluntad expresa de toda la clase» (Estas palabras de Fidel que cita Raúl fueron manifestadas en una reunión del Buro Político con los principales dirigentes del Partido, el Estado y las organizaciones de masas efectuada en agosto de 1970. NOTA DEL AUTOR).
Prosiguió expresando Raúl: «Su posición dirigente es conquistada y mantenida mediante la lucha, y se debe al hecho de ser la vanguardia de la clase social más avanzada de la sociedad y de actuar como tal, como el representante más fiel y decidido de los intereses de todas las masas trabajadoras. Su autoridad no se basa en la fuerza ni en la posibilidad de utilizar la coerción y la violencia para imponer su voluntad y sus directivas, sino que se apoya en la confianza y el apoyo que recibe de la clase obrera y del resto del pueblo trabajador. Confianza y apoyo que se gana mediante una política acertada y racional, mediante la ligazón con las masas y usando como métodos la persuasión y el convencimiento, sustentados en la fuerza de su ejemplo y en la justeza de su política».
«A partir de estos presupuestos, no podemos dar por sentado como ya dijimos, que el Partido representa la voluntad de todo el pueblo y considerarlo el órgano supremo del poder, porque estaríamos desconociendo los principios de la democracia… que implica la participación de todos los miembros de la clase obrera y de las demás clases trabajadoras en el ejercicio del dominio y gobierno de la sociedad, para lo cual se requieren las instituciones de poder correspondientes, a través de las cuales las masas trabajadoras hagan válido ese derecho».
«Estas instituciones representativas son indispensables, según nuestra comprensión, para que todo el pueblo revolucionario, considerado como un todo, como el conjunto de todas las masas trabajadoras del país, manifieste su voluntad y pueda participar realmente en el gobierno del mismo».
Fidel, ante la asamblea del Partido de la entonces provincia de Oriente, manifestó en junio de 1974:
«La organización de vanguardia es fundamental. ¿Saben ustedes lo que le da seguridad a la Revolución? El Partido. ¿Saben lo que le da perennidad a la Revolución? El Partido. ¿Saben ustedes lo que le da futuro a la Revolución, lo que le da vida a la Revolución, lo que le da porvenir a la Revolución? El Partido. Sin el Partido no podía existir la Revolución, sin el Partido nada podría darle continuidad a la Revolución.»
Pero, dijo más adelante Fidel: «El Partido debe tener autoridad ante las masas no porque sea el Partido, o porque tiene el poder, o porque tiene la fuerza, o porque tiene la facultad de tomar decisiones. El Partido debe tener autoridad ante las masas por su trabajo, por su vinculación a esas mismas masas, por sus relaciones con las masas; el Partido en las masas, el Partido con las masas, pero jamás por encima de las masas». (Nota: todos los subrayados son del autor de este articulo)
Por todo lo anteriormente expuesto considero que las formulaciones planteadas en los artículos 5 y 7 deben ser cambiadas
Propongo a la consideración de la Comisión Nacional una redacción para estos dos artículos que intenta dejar claro que el soberano que ostenta el poder supremo es el pueblo, que el Partido no tiene una autoridad constitucional supra soberana, sino que está «en las masas y con las masas, pero jamás por encima de las masas», como planteara Fidel, y que el Partido, como institución y organización, también está subordinado a la Constitución como norma suprema de la nación que es.
Es mi propósito contribuir a que la Comisión Nacional encuentre una redacción propia nuestra, que plasme las concepciones básicas que fueran planteadas por Fidel y por Raúl desde los inicios del proceso de institucionalización del país y no reiterar el error y desacierto en que incurrimos los que participamos en la redacción de la Constitución de 1976
SUGERENCIA DE CAMBIOS EN LOS PARRAFOS 38 Y 41 (Artículos 5 y 7) DEL PROYECTO DE CONSTITUCION.
Artículo 5. Sugiero a la Comisión Nacional que quede redactado añadiendo el calificativo de (soberano) después de la palabra pueblo, suprimiendo la frase (y del Estado) y añadiendo al final del mismo lo que planteo en cursiva. Quedaría como sigue:
«El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo que es el soberano, es la fuerza dirigente superior de la sociedad (suprimir y del Estado) basado en la autoridad que le da la confianza y apoyo del pueblo ganados por la fuerza de su ejemplo, la justeza de su política y la permanente relación con las masas.»
Artículo 7. Sugiero a la Comisión redactarlo con la supresión que aparece en cursiva subrayada y las adiciones que aparecen también en cursiva subrayada.
«La Constitución es la norma suprema de la nación. (se sustituye la palabra Estado). Todos están obligados a cumplirla: las instituciones y organizaciones de todo tipo y los ciudadanos. Las disposiciones y actos de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, se ajustan a lo que esta prescribe.»