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TLC y propiedad intelectual: Biodiversidad en riesgo

Fuentes: Ecoportal.net

¿Cómo admitir que se puedan adquirir derechos de propiedad sobre plantas y animales, como si fueran inventos de alguien, cuando son el resultado de procesos naturales? Pues eso es lo que EE.UU. plantea en el TLC que negocia con el Perú, Colombia y Ecuador, tres de los países con mayor biodiversidad del planeta.

Aunque el texto presentado por las autoridades de la Oficina de Comercio de los EE.UU. a los gobiernos de los tres países andinos se mantiene bajo estricta reserva, el diario colombiano «El Tiempo» publicó lo que sería el artículo 8 del capítulo sobre propiedad intelectual de la propuesta norteamericana. Según esta publicación, el texto dice: «Cada parte (cada país que firme el TLC) deberá permitir las patentes para las siguientes invenciones: a) plantas y animales, y b) procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos para el tratamiento de humanos y animales».

Hasta el momento, las autoridades de los países andinos no han desmentido el texto. Más bien, lo han confirmado tácitamente al reconocer que EE.UU. plantea condiciones que van más allá de los acuerdos sobre propiedad intelectual y patentes establecidos en la OMC. El jefe negociador peruano, viceministro Pablo de la Flor, ha reiterado que en la mesa de negociaciones se defenderán los derechos de propiedad intelectual; no sólo los intereses de EE.UU., sino los intereses peruanos vinculados a nuestra biodiversidad, a los conocimientos tradicionales de las poblaciones nativas y a la salud pública, de acuerdo con las normas de la OMC.

Pero el riesgo es que, al final, en la mesa de negociaciones se cedan posiciones en este tema, a cambio de recibir mayor apertura del mercado estadounidense para algún rubro exportador andino. Así también lo reconoce Manuel Ruiz, profesional de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, en la siguiente entrevista.

Propiedad sobre materia viva

En el tema de propiedad intelectual, ¿cuál es el planteamiento de EE.UU.?

En este tema, y específicamente en lo que son patentes de invención, EE.UU. trata de conseguir que sea posible patentar materia viva, componentes de material biológico, e indirectamente -aunque en algunos casos muy directamente- conocimientos de pueblos originarios, que pudieran estar asociados a la biodiversidad.

Cuando dice materia viva, ¿se refiere a plantas y animales?

Estamos hablando de plantas y animales, y de componentes de animales, ya sean células, proteínas, secuencias de ADN, todo lo que uno pudiera imaginar que forma parte de plantas, animales, microorganismos. Y en este campo no hay que olvidar que Colombia, Ecuador y Perú, más Bolivia y Venezuela, están entre los diez países de mayor biodiversidad del planeta.

¿Hay antecedentes de otros TLC firmados por EE.UU. en los que se haya incluido esa condición?

Sí, en realidad, los antecedentes que tenemos son los TLC de EE.UU. con Chile y Centroamérica, en los que EE.UU. ha logrado imponer sus posiciones sobre este tema. Por ejemplo, en el caso de Chile, le han impuesto la posibilidad de patentar plantas, algo que la legislación chilena no contemplaba anteriormente.

En el marco de los acuerdos sobre derechos de propiedad intelectual adoptados en la OMC, ¿es posible patentar, es decir, adquirir derechos de propiedad sobre plantas, animales y material genético en general?

A nivel de la OMC, el acuerdo que regula la propiedad intelectual, y específicamente las patentes de invención, es el TRIPs (por sus siglas en inglés), el cual da cierta flexibilidad, dado que los países conservan la facultad de excluir las patentes sobre animales y plantas.

Sin embargo, lo que EE.UU. trata de hacer es imponer lo que algunos denominan un «TRIPs plus», es decir, ir más allá de los estándares internacionales, precisamente para patentar directamente lo que son animales, plantas y sus partes componentes.

En realidad, la manera como opera el sistema de propiedad intelectual, en términos conceptuales, es que lo que ya existe en la naturaleza no se puede patentar, de modo que una planta o un animal no son patentables; eso es, en términos teóricos. Lo que ocurre es que la manera como interpretan esto en EE.UU. es que si se le hace alguna modificación a la planta, animal o microorganismo, esa modificación lo convierte en algo nuevo, y bajo esa interpretación asumen que se trata de una invención perfectamente patentable. Lo mismo ocurre con los componentes de las plantas o animales. Si uno aísla un gen, el argumento que darían los norteamericanos sería que este gen no existe en estado aislado, sino que se trata de «un invento» -entre comillas- y por eso se puede patentar.

Los conocimientos colectivos

Los norteamericanos también estarían planteando que se reconozcan patentes sobre procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos para el tratamiento de humanos y animales. ¿Involucra esto a los conocimientos acumulados por las poblaciones campesinas respecto de los atributos medicinales y nutritivos de determinadas plantas?

Efectivamente, lo que en la práctica ha venido ocurriendo en EE.UU. y algunos otros países industrializados es que muchas de las patentes sobre material biológico se derivan de procesos de investigación que utilizaron conocimientos de pueblos originarios, lo que llamamos la «biopiratería». Y esto ha generado justificada reacción de estos pueblos y distintas organizaciones que nos oponemos a que se otorguen este tipo de patentes, ya que las empresas que las obtienen adquieren el derecho exclusivo para comercializar semillas o los productos procesados. De lo contrario, la empresa puede enjuiciarte para que dejes de utilizar la semilla, demandarte por daños y perjuicios y solicitar una compensación económica.

¿Cómo negociar este TLC con EE.UU., entonces?

La posición del Perú debe ser de principio: mantenerse en el ADPIC o el TRIPs, del cual no deberíamos movernos; no hay ninguna razón por la cual salirnos de ese marco aceptando estándares mayores. En ese sentido, lo que también debemos defender es la vigencia de la Decisión 486 de la Comunidad Andina sobre propiedad intelectual, donde expresamente se prohíbe la concesión de derechos sobre plantas, animales y sus componentes. Entonces, por una cuestión de principios y de respeto al marco legal vigente, tenemos fundamentos sólidos para afirmar que ese es el marco que nosotros conservamos, y de ahí no nos movemos.

Cuando no se tienen posiciones firmes, principistas y perfectamente válidas desde el punto de vista legal, pueden presionarte con otro tipo de concesiones en otras áreas de la negociación: apertura de mercado para nuestras exportaciones, por ejemplo. Eso dificulta la negociación y dependerá de cuáles son las prioridades del Estado para defender la posición nacional con relación al tema de la biodiversidad, del no patentamiento de formas de vida y de protección a los conocimientos tradicionales.

Los negociadores

En el tema de propiedad intelectual y de patentes, los intereses peruanos están representados por funcionarios del Indecopi. Recientemente, a iniciativa del ministro de Justicia, Baldo Kresalja, se ha constituido un equipo multidisciplinario para analizar y emitir opinión técnico legal sobre los distintos aspectos que están implicados: salud pública, agricultura, alimentación, biodiversidad y conocimientos colectivos de poblaciones campesinas. En este equipo participan algunos representantes de la sociedad civil, pero aún se requiere establecer puentes de comunicación entre los distintos espacios: organizaciones campesinas y nativas, ONG y universidades que están trabajando sobre estos temas.

Las patentes sobre maca

Hace cerca de dos años se denunció que la empresa estadounidense Pure World Bothanicals había patentado extractos de maca (ver LRA 38). Desde entonces, el Indecopi, en alianza con empresas y organizaciones privadas, inició un estudio técnico legal que incluyó la contratación de abogados norteamericanos para analizar las características de las patentes y determinar qué tipo de acción administrativa y legal iniciar contra dichas patentes. «Ha sido un largo proceso de más de año y medio, pero había que realizar el estudio, porque iniciar acciones en EE.UU. es muy costoso», señala Manuel Ruiz, de la SPDA.

En el tiempo transcurrido, las patentes de la empresa Pure World Bothanicals no han impedido exportar maca a los EE.UU., felizmente, pero ello obedece a que la empresa aún depende de la maca sin procesar que adquiere del Perú. Sin embargo, persiste el riesgo de que se bloquee la posibilidad de que empresas peruanas exporten maca procesada.

De acuerdo a lo que se nos informa, el Indecopi recién estaría en condiciones de impugnar la patente de la empresa norteamericana, y ese es un proceso que puede durar años.

Información publicada en: La Revista Agraria Año 5 Nº 55, junio de 2004, es una publicación del Centro Peruano de Estudios Sociales – CEPES y se distribuye gratuitamente a nivel nacional con el diario La República el último miércoles de cada mes.
Web: www.cepes.org.pe/revista/agraria.htm

Extractado de
Correo Indígena / Año 3 Nº 59- 03 agosto de 2004