‘Neoliberalismo y castigo’ arroja luz sobre las doctrinas y políticas que han llevado a la asombrosa cuadruplicación de la población carcelaria del país durante los cuarenta años posteriores al fin del franquismo.
En este estimulante y oportuno libro, Ignacio González Sánchez nos adentra en el Estado penal español para arrojar luz sobre las doctrinas y políticas que han llevado a la asombrosa cuadruplicación de la población carcelaria del país durante los cuarenta años posteriores al fin del franquismo, convirtiendo al país de rezagado en líder del encarcelamiento en la Unión Europea. Introduce a España en el concierto internacional de la penología comparada: la península ibérica no fue incluida en la influyente investigación de varios países de Cavadigno y Dignan, Penal Systems: A Comparative Approach[1]. González Sánchez hace así cuatro aportes al estudio sociojurídico del castigo, la desigualdad y el Estado.
Primero, el autor muestra empíricamente la complejidad y flexibilidad del castigo estatal como institución social e histórica a varios niveles, en sintonía con la ahora clásica exhortación teórica de David Garland[2]. La penalidad se refiere, en efecto, a una realidad expansiva, que engloba la red de categorías, discursos, organizaciones y prácticas que tienen como objetivo producir, sostener y difundir el derecho penal, para desde ahí gestionar poblaciones y territorios problemáticos. Incluye mucho más que la respuesta técnica a la infracción legal por parte de agentes del Estado, policías, fiscales, jueces, delegados de ejecución de medidas penales alternativas y funcionarios de prisiones. La penalidad está íntimamente ligada con la protección social, la inmigración, las políticas urbanas y económicas. Y transmite, mediante contraposición, una imagen idealizada del “ciudadano digno, respetable y respetuoso de la ley”, en nombre del que se imparte justicia penal y se patrullan los límites de la pertenencia nacional. Para explorar la penalidad española, González Sánchez escarba pacientemente los estudios españoles existentes sobre el castigo y recurre con elegancia a una variedad de teóricos clásicos y contemporáneos, en particular a Émile Durkheim y Pierre Bourdieu, quienes le sirven para enfatizar la función simbólica del castigo (como, por ejemplo, en el tratamiento de los migrantes irregulares y los gitanos como parias sociales).
En segundo lugar, González Sánchez amplía, enriquece y cuestiona la “tesis de la penalidad neoliberal” que propuse hace una década en Castigar a los pobres[3]. En ese libro elaboré un tipo ideal weberiano del Estado neoliberal, constituido por la articulación dinámica de cuatro corrientes políticas: la desregulación económica (del mercado laboral) a favor de las empresas; un Estado social restrictivo y disciplinario (para preparar y presionar a los pobres hacia un trabajo asalariado precario); una política penal expansiva y punitiva (para almacenar el excedente de mano de obra, evitar el escape hacia la economía sumergida y escenificar la soberanía del Estado para apuntalar su debilitada legitimidad); y el tropo cultural de la responsabilidad individual (como el pegamento cultural que mantiene unidos estos tres elementos). Argumenté que, lejos de ser contrario al neoliberalismo, como suelen argumentar los críticos de la sociedad de mercado, la política penal punitiva es uno de sus elementos constitutivos centrales[4].
Este modelo se despliega para explicar las permutaciones de la penalidad en la era del neoliberalismo triunfante, es decir, en las cuatro décadas posteriores a la crisis fordista de mediados de la década de 1970. No obstante, se basa en un análisis histórico de la invención de los presidios a finales del siglo XVI, que muestra que el encarcelamiento delictivo surgió como parte integral de la formación del Estado en la temprana Europa moderna[5]. Retornar a los orígenes de la prisión penal (no solo cautelar) también revela que siempre, y en todas partes, se ha dirigido prioritariamente a “poblaciones a la vez desposeídas y deshonrosas”, desalojadas de las posiciones económicas seguras (el eje material) y privadas de honor y de vínculos sociales con la comunidad local (el eje simbólico). Este descubrimiento doble sugiere que el florecimiento de la penalidad neoliberal a fines del siglo XX, caracterizada como iatrogénica, frenética y pornográfica, dirigida al precariado, los migrantes irregulares y los enfermos mentales pobres, participa de la formación del Estado neoliberal que emerge de los escombros de su predecesor keynesiano. La imprevista rehabilitación y redespliegue de la prisión (tras su descrédito generalizado en la posguerra) es una dimensión central de esta construcción política. En el caso de la España contemporánea, es necesario tener en cuenta tres factores adicionales para dar cuenta de su distintiva trayectoria nacional: la integración en la Unión Europea; la transición a la democracia después de un largo período de dictadura, caracterizado, paradójicamente, por una baja dependencia de la prisión; y la persistencia del terrorismo etnorregional, que sirve de pretexto y conducto para el despliegue de una vigilancia policial intensiva y duras medidas penales (como penas de prisión extremadamente largas).
En tercer lugar, en España, como en otros países avanzados, surge un estrecho vínculo entre la penalidad y la creciente desigualdad urbana. En la ciudad ibérica esto se concreta en una política de “limpieza policial” del espacio público, para que la visibilidad de las personas sin hogar no obstaculice el flujo de turistas extranjeros, cuyos euros son fundamentales para la economía local y nacional. El aumento de la presencia policial también facilita la gentrificación de barrios históricos populares, como Lavapiés en Madrid, El Raval en Barcelona, Ruzafa en Valencia y Casco Norte en Sevilla, al convertirlos en lugares de consumo y residencia atractivos para personas de fuera del barrio y para los promotores inmobiliarios[6]. Esto plantea la cuestión de si “el despliegue del castigo estatal sigue la geografía de la marginalidad” en la metrópoli española como lo hace en la portuguesa y la francesa (y la estadounidense), donde un pequeño número de barrios estigmatizados y relegados sirven como “campos de prueba” para la penalidad neoliberal y proveen de la población de la que se alimentan de manera desproporcionada las cárceles del país[7].
Por último, Neoliberalismo y castigo vuelve a plantear la cuestión de un modelo penal distintivo “sureño”, basado en la articulación tanto de las similitudes como de las particularidades de las formaciones sociales de España, Portugal, Italia y Grecia –entre ellas, la histórica resistencia de las estructuras económicas agrarias, un sistema familiar característico, la fuerza de la iglesia, la precariedad laboral normalizada, la democratización tardía y el telón de fondo de regímenes fascistas y dictaduras militares–. Aunque no considera este cuarteto como tal, González Sánchez aporta materiales valiosos para caracterizar lo que podría llamarse un “camino mediterráneo hacia el Estado penal”.
Neoliberalismo y castigo establece nuevos estándares para el estudio sobre el castigo, la desigualdad y el Estado en la península ibérica y constituye una seductora invitación a los académicos españoles para unirse al debate global que busca descifrar el lugar de la penalidad en la construcción de la ciudadanía europea en el siglo XXI.
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Prólogo del libro Neoliberalismo y castigo (Bellaterra Ediciones), de Ignacio González Sánchez, sociólogo y profesor de Criminología en la Universitat de Girona.
Notas :
1. Michael Cavadigno y James Dignan, Penal systems. A comparative approach (London: Sage, 2006). Para una rica contextualización de España en Eurpa, ver Tapio Lappi-Seppälä, «Explaining imprisonment in Europe» European journal of criminology 8, no. 4 (2011): 303-328.
2. David Garland, Castigo y sociedad moderna: un estudio de teoría social (México: Siglo XXI. [1990] 1999).
3. Loïc Wacquant, Castigar a los pobres. El gobierno neoliberal de la inseguridad ciudadana (Barcelona: Gedisa. [2009] 2010).
4. Para Brown, siguiendo la concepción de «gubernamentalidad» de Foucault, «la gobernanza neoliberal aspira de manera más general a reemplazar el derecho, la policía, el castigo y las directivas”; «la movilización neoliberal del derecho» no busca «reprimir o castigar, sino estructurar y afectar a la conducta de la conducta». Wendy Brown, Undoing the demos. Neoliberalism’s stealth revolution (Cambridge: MIT Press, 2015), pp. 141 y 148.
5. Bronislaw Geremek, La Potence ou la pitié. L’Europe et les pauvres du Moyen-Âge à nos jours (París: Gallimard, 1978); Pieter Spierenburg, The prison experience. Disciplinary institutions and their inmates in early modern Europe (Amsterdam: Amsterdam University Press, [1991] 2007); Norbert Finzsch and Robert Jütte (eds.), Institutions of Confinement. Hospitals, Asylums, and Prisons in Western Europe and North America, 1500-1950 (Cambridge: Cambridge University Press, 2003).
6. Daniel Sorando y Álvaro Ardura, First we take Manhattan. La destrucción creativa de las ciudades (Madrid, La Catarata, 2016).
7. Gilles Chantraine, «Prison, désaffiliation, stigmates» Déviance et société 27, n° 4 (2003): 363-387; Lucie Bony, «La prison, une «cité avec des barreaux»? Continuum socio-spatial par-delà les murs» Annales de géographie n° 2 (2015): 275-299; y Manuela Ivone Cunha, Entre o bairro e a prisão: tráfico e trajectos (Lisbon: Fim de século Ediçoes, 2002), y «Les gitans, la prison et le quartier une relation spécifique devenue le modèle ordinaire» Études tsiganes 21 (2005): 34-47; y Robert J. Sampson and Charles Loeffler, «Punishment’s place: the local concentration of mass incarceration» Daedalus 139, no. 3 (2010): 20-31.