Las playas y el mar territorial son, constitucionalmente, bienes de dominio público. La importancia del litoral es evidente si tenemos en cuenta que el estado español dispone de más de 7.800 km de costas, junto a las cuales vive cerca del 50% de la población total, en apenas el 7% del territorio. La Ley de […]
Las playas y el mar territorial son, constitucionalmente, bienes de dominio público. La importancia del litoral es evidente si tenemos en cuenta que el estado español dispone de más de 7.800 km de costas, junto a las cuales vive cerca del 50% de la población total, en apenas el 7% del territorio.
La Ley de costas de 1988, vigente hasta hace pocos meses, pretendía garantizar la protección ambiental y el uso público de la costa, principalmente del dominio público marítimo- terrestre, es decir, la zona comprendida entre las líneas de pleamar y de bajamar, así como preservar las características naturales de su entorno. Sin perjuicio de las competencias municipales o autonómicas sobre planificación territorial y urbanística de las franjas próximas al litoral, la ordenación, la delimitación, la gestión y el control del dominio público marítimo-terrestre son un aspecto fundamental, hoy por hoy de competencia estatal.
Aquella norma legal, además de restringir el uso de las playas para actividades básicamente lúdicas, establecía significativas limitaciones, como una servidumbre de tránsito de 6 metros (hasta 20 metros en algunos casos), en la que no podían existir obstáculos de ningún tipo, o una zona de protección de 100 metros más allá de las playas (hasta 200 en determinados lugares), en la que se prohibían los usos residenciales, las vías de comunicación de gran intensidad, los vertidos de residuos o la publicidad. También se delimitaba una zona de influencia de 500 metros desde la línea de pleamar, en la que las edificaciones debían adaptarse al entorno, evitando la formación de pantallas arquitectónicas, y sin que la densidad de edificación pudiera superar la media del suelo urbano del municipio respectivo.
Pero a finales del pasado mes de mayo entró en vigor la «Ley de protección y uso sostenible del litoral», aprobada con el único apoyo del PP, la abstención de CiU y el voto negativo del resto de la oposición, que modifica de manera muy negativa la ley de 1988. Una ley que favorece los intereses privados en detrimento del interés público, mediante una nueva definición mucho menos proteccionista del dominio público, que pasa de los 100 metros hasta ahora protegidos a 20, permitiendo la proliferación de puertos deportivos y ampliando el plazo de las concesiones, que a partir de ahora serán de hasta 75 años, lo que implicará, en la práctica, un derecho vitalicio.
Aunque la ley hasta ahora vigente no había conseguido una preservación plena de las costas, la nueva norma legal recién aprobada supone un grave retroceso en la protección del litoral. Como han denunciado Ecologistas en Acción, Greenpeace y otras organizaciones ecologistas, la reforma contempla la costa como un lugar donde obtener la máxima rentabilidad económica, pues no contiene, por ejemplo, ni una sola línea dedicada a promover medidas para la restauración del litoral, los ecosistemas o el paisaje costero. El gobierno argumenta la necesidad de garantizar la seguridad jurídica, pero en la práctica sólo se garantiza y se protege el interés privado, amnistiando arbitrariamente miles de construcciones ilegales, tal como han denunciado las propias organizaciones ecologistas y buena parte de la oposición, Izquierda Unida e incluso el PSOE entre ellos.
Jordi Córdoba. Miembro del Consell Nacional de Esquerra Unida i Alternativa (EUiA)
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