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Una nueva norma da un paso hacia la ley de protección del consumidor

Fuentes: IPS

El Código Penal contempla sanciones para violaciones que constituyen delito

Cercar la impunidad a las frecuentes violaciones en tiendas, mercados agropecuarios, restaurantes y talleres de reparación, es el fin de una nueva norma sectorial, que entra en vigor el próximo 4 de junio. Sin embargo, en Cuba queda mucho por hacer para que los derechos de los consumidores estén a salvo, incluida la adopción de una ley de protección.

Publicada el pasado 4 de mayo en la Gaceta Oficial Extraordinaria, la Resolución 54/2018 está dirigida a personas naturales y jurídicas de la actividad del comercio, relacionadas con la venta de mercancías, gastronomía, servicios técnicos, personales y alojamiento, para proteger los intereses y derechos de los consumidores.

De acuerdo con Mary Blanca Ortega, ministra del Comercio Interior, en la actualidad las mayores irregularidades y violaciones a los derechos en ese tema dependen de las actuaciones de las personas y llamó a «eliminar la impunidad ante estas cuestiones».

Pese a serios problemas con la disponibilidad y estado de los medios de pesaje, Ortega consideró que en las condiciones actuales, con esta norma y el resto que la complementa, es posible fortalecer las acciones que se están llevando a cabo para que el consumidor tenga mayor protección.

El texto establece los derechos y deberes de los consumidores y los proveedores de servicios y productos, orienta a dónde dirigirse en caso de violaciones e insatisfacciones y fija los plazos para las respuestas.

Los derechos incluyen recibir productos y servicios acorde a los requisitos de calidad, insumos del servicio y de seguridad establecidos; satisfacer sus necesidades con un adecuado abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad, con especial atención a los grupos vulnerables.

Abarcan también la protección de los intereses económicos de las personas, que permita una adecuada relación calidad-cantidad-precios, recibir la factura o comprobante, así como la entrega del vuelto y comprobar el peso del producto adquirido en el área destinada al respecto, dio a conocer Yalina Garbey, directora nacional de protección al consumidor del Ministerio de Comercio Interior.

Con entrada en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, la resolución dicta como obligaciones para los proveedores de productos y servicios cumplir los requisitos de calidad y la inocuidad; asumir la responsabilidad social con el medio ambiente, así como la moral y material que le impone la relación con los consumidores y garantizar la información, incluidas las rebajas y garantías.

Algunas personas consideraron prácticamente imposible cumplir, por lo menos en las actuales circunstancias financieras, en temas como la obligación de «garantizar facilidades de estancia en las unidades, con prioridad para grupos vulnerables» y «efectuar un correcto pesaje o medición de los productos (peso, volumen o longitud) con medios certificados».

De acuerdo con la ministra, esta resolución constituye un paso de avance hacia la futura adopción de una norma de mayor jerarquía para todos los prestatarios de servicios, una vez sea aprobada la política al respecto, como respuesta a los lineamientos de la política económica y social del país.

La norma, solo un paso

Según se conoció en el encuentro, para su aplicación efectiva requiere de procesos de capacitación y comprobación de la preparación de las administraciones, el personal de los establecimientos y los organismos involucrados.

En Cuba, el Código Penal, en su capítulo 5 y artículo 18, contempla sanciones para aquellas violaciones de los derechos de los consumidores que constituyen delitos, que van desde multas hasta dos años de privación de libertad.

Sin embargo, pese a las tantas irregularidades que ocurren a diario: violaciones de peso y precio, engaño al consumidor y maltrato en los diversos tipos de comercio en pesos y pesos convertibles que existen en el país, entre otros, raras veces estas son aplicados, generalmente por falta de denuncia.

Según dijo en la presentación de la resolución Arnel Hernández Marrero, de la Fiscalía General de la República, en esa instancia se han emitido las orientaciones pertinentes para la prevención y enfrentamiento a las violaciones en materia de protección al consumidor.

Fuente: http://www.ipscuba.net/espacios/por-su-propio-peso/sucesos/nueva-norma-da-un-paso-hacia-ley-de-proteccion-al-consumidor-en-cuba/