En el territorio total de Israel/Palestina, habitan aproximadamente 5 millones de judíos y 4 millones y medio de palestinos (cristianos y musulmanes). Para los 5 millones de judíos, independiente donde habiten, la ley es una sola, sin embargo, para los aproximadamente 3 millones de palestinos que habitan los Territorios Ocupados (Jerusalén Este, Gaza y la […]
En el territorio total de Israel/Palestina, habitan aproximadamente 5 millones de judíos y 4 millones y medio de palestinos (cristianos y musulmanes). Para los 5 millones de judíos, independiente donde habiten, la ley es una sola, sin embargo, para los aproximadamente 3 millones de palestinos que habitan los Territorios Ocupados (Jerusalén Este, Gaza y la Ribera Occidental), la ley es completamente distinta.
Los colonos israelíes que habitan territorio palestino ocupado , se someten a los beneficios de su estado de derecho. Sin embargo, los palestinos que habitan en el mismo territorio son discriminados por la ley, y son sometidos a leyes marciales de la ocupación, sin siquiera tener derecho a votar por ellas.
La situación sería distinta si Israel anexase los territorios y diese derecho a voto a las personas que allí habitan, sin embargo, al ser no judíos, ello presentaría un problema para su ideal de «estado del pueblo judío». Según la ley israelí, un inmigrante sionista europeo hoy va a tener total derecho de vivir en un asentamiento en Hebron, mientras un palestino de la misma ciudad puede verse forzado a emigrar debido a todas las restricciones que se imponen al campo social y económico de la zona para brindar seguridad a los fundamentalistas habitantes de los ilegales asentamientos.
Esa distinción entre judío y no judío es lo que brinda la base para hablar sobre la existencia de un sistema de apartheid en Israel, donde el tener una religión específica determina el derecho a la salud, educación, la continuidad territorial, libertad religiosa y el acceso al agua , entre otros.
Podemos ejemplificar para tener mas claro la calidad democrática israelí: Un estudiante palestino residente en la Franja de Gaza pero que estudia en la Universidad de Bir Zeit, puede verse imposibilitado de culminar sus estudios debido a la negativa de las autoridades israelíes por dar permisos; como contrapartida, un estudiante israelí del asentamiento de Efrat, puede asistir de forma normal a la universidad israelí que desee.
Una mujer palestina del pueblo de Husan, puede verse imposibilitada de llegar a un hospital para dar a luz, porque una carretera de uso exclusivo de colonos (carretera 60), la separa del hospital mas cercano (en Beit Jala); Sin embargo, una mujer judía del asentamiento de Betar Illit (construido en tierras expropiadas a los habitantes de Husan), puede llegar al hospital Hadassa en Jerusalén a través de la misma carretera que divide Husan de Beit Jala en menos de 10 minutos. Las hortalizas de un asentamiento en el norte de la Ribera Occidental pueden demorarse 1 hora en llegar a Jerusalén; los productos palestinos de Belén, tardan más de cuatro horas en llegar a Ramallah, distante a solo 50 kilómetros. Un palestino de Abu Dis, debe solicitar un permiso que rara vez es obtenido si es que desea orar en la Mezquita de Al Aksa o la Iglesia del Santo Sepulcro, distantes a menos de 5 kilómetros de su casa; a su vez, cualquier judío puede no solo libremente orar en El Muro de los Lamentos, sino que también puede hacerlo en la Tumba de Abraham (Hebron) o la Tumba de Raquel (Belén), ambos lugares sagrados también para cristianos y musulmanes, pero vedados a la población palestina a través de la construcción de un muro de 8 metros de alto y la imposición de verdaderas guarniciones militares alrededor de los santuarios.
Del total del agua de la Ribera Occidental, un 80% es utilizada por los colonos judíos (425.000) y solo un 20% por la población local (2 millones), sin mencionar que el costo de ese 20% del agua, para cada palestino significa un precio cuatro veces superior (sin mencionar que el agua en el caso de los colonos judíos, se encuentra subvencionada por el estado ).
En otras palabras, la población palestina es sometida a un régimen de ocupación militar, que entrega derechos distintos, partiendo por el derecho a voto, a personas que habitan un mismo territorio, dependiendo de su religión.
Para los palestinos, ocupación no solo ha significado muerte, sino que un sistema de discriminación racial que domina absolutamente todos los destinos de nuestras vidas: ¿Qué se diría hoy por ejemplo si es que un país tuviese como política oficial la expropiación de tierras de judíos, o que simplemente prohibiese que un ciudadano de su país pueda asentarse en éste si se casa con una judía? Claramente que se hablaría de un flagrante caso de discriminación, de antisemitismo y seguramente, de sanciones internacionales en contra de ese país, en virtud del principio de responsabilidad colectiva asumido en otros casos, como durante el Apartheid sudafricano.
Sin embargo, lo anterior en Israel es legal a través de una serie de instituciones y leyes como: Entre las leyes que restringen solo a los ciudadanos no judíos del estado de Israel se cuentan :
A) Fondo Nacional Judío: El 90% de las tierras de Israel pertenece a esta institución, que por estatutos no puede ni vender, arrendar, o siquiera permitir que esa tierra sea trabajada por un «no judío».
B) Ley de Nacionalidad: Establece claras diferencias en la obtención de la ciudadanía para judíos y no judíos.
C) Ley de Ciudadanía: Ningún ciudadano israelí puede casarse con un residente de los Territorios Ocupados de Palestina; en caso de realizarse la unión, se pierden los derechos ciudadanos en Israel y la familia si no es separada, debe emigrar.
D) Ley de Retorno: Cualquier judío del mundo puede ser ciudadano israelí. En el caso de los ciudadanos palestinos del estado de Israel que tienen familiares en el extranjero, éstos no pueden obtener el mismo beneficio solo por el hecho de que no son judíos.
E) Ley del Ausente: Expropiación de tierras que no hayan sido trabajadas durante un tiempo. Paradójicamente, nunca se ha expropiado la tierra de un judío y la mayoría de ellas han sido expropiadas a refugiados palestinos en el exilio, así como de palestinos ciudadanos de Israel y todo aquél palestino que residiendo en la Ribera Occidental tenga tierras en el área ampliada de Jerusalén.
Estas leyes, que son solo un ejemplo del total utilizado exclusivamente en contra de la población árabe en Israel, no solo tienen un elemento económico importante (por la perdida de numerosas extensiones de tierras), sino que principalmente poseen un componente social: la división de familias, instándolas a emigrar.
¿Cómo se soluciona aquello? Israel tiene dos opciones: O se retira, en virtud de la resolución 242, de todos los Territorios Ocupados para que los palestinos puedan efectivamente legislar sus propias leyes, o por el contrario, anexa los territorios dándole derechos ciudadanos a los palestinos… como la segunda opción está rechazada (el «peligro demográfico» de anexar tres millones de «no judíos»), y la primera se hace inviable (el muro y los bloques de asentamientos hacen imposible la solución dos estados), resulta bastante difícil poner un fin a la política de Apartheid impuesta en Palestina.