El Tribunal Supremo español rebajó de nueve a cinco meses la sanción disciplinaria impuesta a un militar condenado en 2008 por el Juzgado de lo Penal de Madrid como autor de lesiones a su esposa tras valorar positivamente sus condecoraciones y su participación en la invasión de Afganistán, donde, según el Tribunal, hay «necesidad de […]
El Tribunal Supremo español rebajó de nueve a cinco meses la sanción disciplinaria impuesta a un militar condenado en 2008 por el Juzgado de lo Penal de Madrid como autor de lesiones a su esposa tras valorar positivamente sus condecoraciones y su participación en la invasión de Afganistán, donde, según el Tribunal, hay «necesidad de acudir al empleo de la fuerza armada».
La Sala Quinta de lo Militar del Alto Tribunal calificó de «absolutamente desproporcionada» la sanción de nueve meses y un día impuesta a un sargento del Ejército del Aire por agarrar fuertemente de los brazos y empujar contra la pared a su compañera durante una discusión cuando esta se negó a que se llevara a sus hijos a Asturies. La sentencia, de la que fue ponente el magistrado Fernando Pignatelli, consideró que la autoridad sancionadora «no hizo mención de algunos criterios de individualización a pesar de su transcendencia», en alusión a que el condenado tiene varias condeco- raciones, distintivos y menciones honoríficas, entre las que destaca una medalla de la OTAN.
La resolución de la autoridad sancionadora, en este caso el Ministerio español de Defensa, «aunque hace mención de los criterios de individualización, no hace mención de algunos de ellos a pesar de su transcendencia», según el Supremo.
Si bien reconoce «la gravedad de los hechos» juzgados, subraya que no es posible obviar en el caso de esta persona «su acostumbrada o asidua participación en operaciones de mantenimiento de la paz en un esce- nario de la dificultad y peligrosidad de Afganistán, en el que resulta frecuente que los participantes tengan necesidad de acudir al empleo de la fuerza armada».