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Ariel Mantecón: El Anteproyecto constitucional es un buen texto

Fuentes: La Cosa

Entre los artículos de la reforma constitucional cubana que han suscitado preocupación están los relativos a la salud pública debido a un cambio de lenguaje que soslaya detalles y deja a una ley futura el modo en que se brindarán esos servicios. Las alarmas se dispararon ante la ausencia del inciso referente a la hospitalización […]

Entre los artículos de la reforma constitucional cubana que han suscitado preocupación están los relativos a la salud pública debido a un cambio de lenguaje que soslaya detalles y deja a una ley futura el modo en que se brindarán esos servicios.

Las alarmas se dispararon ante la ausencia del inciso referente a la hospitalización gratis que aparece en la constitución actual y el cambio por un concepto más amplio y menos específico.

El doctor en ciencias jurídicas Ariel Mantecón, integrante del equipo que elaboró el proyecto de reforma, discrepa de esa interpretación porque «cuando se dice que el Estado garantiza el acceso y la gratuidad de los servicios de atención, protección y recuperación, lo abarca todo, con la posibilidad de que determinados servicios de salud, como la cirugía estética, puedan ser ventilados de forma distinta».

Sin embargo, la preocupación social va más allá con lo que sigue en el artículo: la ley define el modo en que se prestan esos servicios de salud.

Pero Mantecón defiende que una constitución «es una ley de mínimos y no puede cerrarse, tiene que dejar una reserva de leyes. La ley dirá», opina.

Intelectuales y académicos cubanos han preguntado durante sus debates sobre la interpretación que hace la reforma constitucional del papel del Partido comunista como fuerza rectora de la sociedad.

Es un asunto difícil de entender por su complejidad y por lo que Mantecón atribuye a la tradición cubana. El presidente de la junta directiva de la organización nacional de bufetes colectivos aclara que una constitución tiene dos principios básicos regulativos: la organización del Estado, la llamada parte orgánica, y los derechos del ciudadano frente al orden instituido, incluyendo al Estado, la parte dogmática. «Y lo que dice este proyecto es que los órganos del Estado se someten a la constitución, pero ésta no disciplina al Partido Comunista, porque en nuestro caso el Partido es la organización superior. Hay que ir a las razones históricas que nos llevan a incluir al Partido Comunista de Cuba en la constitución. No es usual en las constituciones. Es de las cosas que no se entienden bien si no miras el proceso histórico, que se comprende a partir del Partido único de Martí y la concepción de un Partido que puede generar unidad de los cubanos para echar hacia delante el país en un contexto específico como el nuestro, marcado por agresiones».

¿Esa condición contradice la posibilidad de que el Partido se someta a la constitución?

-Eso no instituye un desarrollo disciplinario del Partido en la constitución porque no es una organización de poder de gobierno. Lo que disciplina la constitución es la organización del Estado y los derechos de las personas. Los que tienen que someterse a la constitución por el principio de legalidad son los órganos del Estado porque son los que detentan el poder.

Los debates en torno a la reforma constitucional continuarán hasta mediados de noviembre en Cuba y también fuera de la isla, donde algunos profesionales cubanos polemizan en blogs y sitios web.

Mario Vizcaíno Serrat. Escritor y periodista. Se ha desempeñado como reportero cultural de la agencia internacional Prensa Latina, jefe de redacción y director de la revista Alma Mater. Es el autor del libro de entrevistas Portarretratos a la deriva. Memorias y conversaciones, publicado por Ediciones Extramuros. En la actualidad, es reportero de Radio Progreso.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.