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Asentamientos israelíes… ¿Ocupación o apartheid?

Fuentes: Jerusalemites.org

Según Abraham Leon, el movimiento nacionalista judío, mejor conocido como sionismo, tiene su origen en el deterioro sufrido por las masas judías en el proceso de la industrialización rusa después de la reforma de 1863. En ese contexto, las sociedades europeas comienzan a ver a los judíos, como un obstáculo para el desarrollo de las […]

Según Abraham Leon, el movimiento nacionalista judío, mejor conocido como sionismo, tiene su origen en el deterioro sufrido por las masas judías en el proceso de la industrialización rusa después de la reforma de 1863. En ese contexto, las sociedades europeas comienzan a ver a los judíos, como un obstáculo para el desarrollo de las propias comunidades, propiciando el surgimiento de brotes antisemitas.

La burguesía judía, al percibir las posibles consecuencias de la escalada de antisemitismo, debía comenzar a descartarse de las masas judías pobres, que eran las mas visibles y las que provocaban mayor recelo. El fundador del sionismo, Theodor Herzl, en su obra «El Estado Judío» , nos dice:

«Nadie es lo bastante fuerte o lo bastante rico para transportar un pueblo de una residencia a otra. Esto puede hacerlo solamente una idea. Parece que la idea de Estado posee esa virtud «.

Para poder realizar esta idea, o sea la emigración de población judía, Herzl necesito un ideal nacional asentado en un justificativo religioso, que era lo que había mantenido y cohesionado a la «Diáspora» a través de la historia, evitando su desintegración.

Este cambio conceptual, el de considerar a una comunidad religiosa como un pueblo que quiere un «Hogar Nacional», venia unido a la idea de diferenciar al judío del no-judío.

En los diarios de Herzl, podemos leer:

«La solución de la cuestión judía no consistía en luchar para acabar con el antisemitismo y conseguir la total igualdad de los judíos en los países donde vivían, sino en separar a los judíos de los que no lo eran».

Con los lineamientos marcados por su ideólogo, el Estado de Israel sanciona la Ley del Retorno en 1950 y la Ley de Nacionalidad en 1952. La primera, otorga a todo judío el derecho de asentarse en Israel, mientras que la segunda, confiere automáticamente la ciudadanía a los que ejerzan dicho derecho. O sea solo se reconoce el derecho a las personas judías, manteniendo a los palestinos, en un status de refugiado; Israel justifica esta diferenciación y la prohibición del retorno palestino, diciendo que si los palestinos refugiados volvieran de su Diáspora, provocarían un desequilibrio en la identidad judía del Estado de Israel y por lo tanto en su existencia.

En 1967 Israel ocupo Gaza, Cisjordania y Jerusalén, creando la figura jurídica de los Territorios Ocupados Palestinos (TPO), con la consiguiente necesidad de colonizar, de forma efectiva, dichos territorios.

Los asentamientos son la estructura que permite mantener el dominio en los territorios ocupados, teniendo como ventaja para el gobierno israelí, la poca población de colonos que esta requiere. Esta ventaja, es posible gracias al régimen jurídico-político-social separado entre «colonos» y «colonizados», el cual plantea para uno tribunales civiles (colono israelí) y para el otro tribunales militares (palestino).

En la Franja de Gaza habitan 1, 2 millones de palestinos, ocupando el 60% de la tierra, mientras que solo 6.000 colonos israelíes ocupa el 30%.

El agua que naturalmente corresponde a los TPO es desviada por Israel en un 88%, para ser utilizada por los asentamientos, encareciendo el costo para un palestino ocupado en cuatro veces el valor que tiene para un colono israelí. A su vez, se prohíbe a la población palestina abrir pozos, mientras que se permite hacerlo a los colonos. Esto tiene como consecuencia, que el consumo de agua de un colono es de 1.000 m3, mientras que el de un palestino es de 172 m3.

Las carreteras hechas por Israel en los TPO, en las cuales no pueden circular palestinos, son de circunvalación, uniendo e interconectando a los diferentes asentamientos y a su vez a estas con el Estado de Israel. De esta forma se rompe la continuidad de las áreas libres de palestina.

De acuerdo al articulo 47 de la Cuarta Convención de Ginebra y la legislación internacional humanitaria, los asentamientos israelíes son ilegales, porque a una potencia ocupante no le es permitido transferir parte de su propia población al territorio que ocupa, de la misma forma que introducir cambios permanentes en el territorio que ocupa, si estos no son para beneficio de la población ocupada. Israel solo declara ilegales a los asentamientos construidos sin autorización gubernamental.

Este sistema de Apartheid tiene como sustento las facilidades otorgadas a los colonos israelíes. Estas ventajas se evidencian en los incentivos gubernamentales, las exenciones impositivas, los prestamos y subvenciones para las tierras y construcciones, la escolaridad gratuita y la preferencia en el acceso a los cargos públicos.

Aparte de Israel, el sistema de asentamientos no ha sido reconocido por ningún otro país del mundo y demuestra el final de la aplicación de una estrategia, que ha sido planteada y comenzada a desarrollar por Ben Gurion, primer Presidente del Estado de Israel:

«Un Estado judío parcial no es el objetivo final, sino apenas el principio. Estoy convencido de que nadie puede impedirnos el establecernos en otras partes del país y de la región».

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