Las reformas laborales tienen tres periodos: el previo, en el que las empresas anticipan los cambios que anuncian los gobiernos o negocian con sindicatos y patronal; el de aplicación, que en el caso de la última, aprobada en diciembre de 2021, contó con un periodo transitorio hasta el pasado mes de abril, y el de acomodación.
“En el que probablemente ya estamos”, apunta Florentino Felgueroso, profesor de la Universidad de Oviedo e investigador de Fedea (Fundación de Estudios de Economía Aplicada). A los casi seis meses de que entrara plenamente en vigor, empresas, trabajadores, asesorías laborales y hasta jueces se están adaptando al nuevo marco legal en que deben funcionar. Y cómo lo hagan decidirá el impacto real de la reforma, resalta Felgueroso.
España acumula una amplia experiencia en la materia, avalada por la decena de reformas laborales que se han aplicado en los últimos 40 años. Como bien saben los expertos laborales, todas las reformas dejan lagunas sin cubrir, tienen efectos imprevistos e indeseados y estimulan la creatividad de los afectados para encontrar vías de escape y eludirlas.
La más reciente reforma laboral ha tenido unos primeros efectos evidentes y notables. La contratación indefinida se ha disparado hasta niveles nunca vistos en España: del 10% habitual al 48% el pasado mes de abril. La temporal se ha recortado desde el 90% hasta el 51% también en abril. El número total de contratos, situado cada año en unas cifras récord por culpa de la elevada rotación –muchos contratos para cubrir un solo puesto de trabajo–, se ha reducido en un millón respecto a los más de dos millones que llegaban a firmarse cada mes antes de la reforma. También han disminuido los contratos ultrabreves, los de menos de siete días, desde que se penaliza a las empresas con un aumento de cotizaciones: se han registrado un 38,3% menos que hasta agosto de 2019, antes de la pandemia.
Para hacerse una idea del cambio: hasta agosto se han firmado ya el doble de contratos indefinidos, 4,47 millones, que en todo el año 2019. Y el triple de los que se habían suscrito hasta agosto de ese año.
Pero, al mismo tiempo, asoman en el mercado laboral otros fenómenos imprevistos. Felgueroso recuerda que, a diferencia de la reforma laboral de 2012, aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy, la de Yolanda Díaz tiene un coste para las empresas: la indemnización por despedir a un indefinido –20 días, 33 días si resulta improcedente– es superior a la de un temporal –12 días– y las cotizaciones por emplear a un trabajador durante 30 o menos también son mayores. “Habrá que ver ahora cómo reaccionan las empresas ante ese encarecimiento: si asumen el mayor coste o si lo repercuten en el trabajador”, resume el investigador de Fedea.
Pagar menos horas de trabajo
En el segundo caso, las empresas pueden estar ya recortando las horas de trabajo, advierte Felgueroso; es decir, aumentando los contratos a tiempo parcial o los fijos discontinuos. Aunque todos los expertos consultados por infoLibre extreman la prudencia en sus análisis –“es pronto aún”, coinciden–, las cifras conocidas hasta el momento a través de los registros de contratos del Servicio Público de Empleo (SEPE) revelan que desde enero hasta agosto el número de contratos indefinidos a tiempo parcial se ha multiplicado por 3,5 en comparación con idéntico periodo de 2019. Al tiempo que se han desplomado los temporales con jornada parcial, un 49% respecto a la prepandemia. Los indefinidos a tiempo completo también han crecido, sólo un poco menos que los de jornada parcial.
Pero el desvío más claro está ocurriendo hacia los contratos fijos discontinuos, cuyo número se ha multiplicado nada menos que por 8,5 en lo que va de año respecto a los ocho primeros meses de 2019. Los fijos discontinuos son, en realidad, contratos a tiempo parcial “acumulado en el año”, aclara Miguel Ángel Malo Ocaña, profesor de Economía de la Universidad de Salamanca. La prueba definitiva de si se están disfrazando temporales como indefinidos se obtendrá cuando las empresas tengan que volver a llamar a estos trabajadores en la próxima temporada de actividad, adelanta Malo Ocaña. Si éstas no lo hacen, pueden reclamar como despedidos. “Porque esos contratos no obligan a nadie: la empresa puede no llamarles, y el trabajador puede tener otro empleo durante el periodo de inactividad”, apunta Felgueroso. Según destaca, además, ese aumento espectacular de los contratos fijos discontinuos ha tenido un efecto “muy pequeño” en la afiliación a la Seguridad Social.
Indefinidos que duran menos
A su juicio, la reforma laboral ha tenido impacto “en las estadísticas, pero no un impacto real en las condiciones de trabajo”. Sí que reconoce que un contrato indefinido proporciona “más garantías y más certidumbre” al asalariado que uno temporal. Si le despiden, su indemnización es mayor; también acumula antigüedad, recibe más formación y tiene derecho a más beneficios salariales y sociales. Pero Felgueroso teme otro efecto indeseado de la reforma laboral: que los indefinidos duren cada vez menos. “Son indefinidos, pero no fijos, aunque los llamemos así,”, advierte en la misma dirección Miguel Ángel Malo, quien recuerda que tras la reforma laboral de 1997 ya se comprobó que disminuyó la duración de este tipo de contratos. Ese año se creó un contrato indefinido para fomentar el empleo de mujeres, hombres mayores de 45 y menores de 30, parados de larga duración y discapacitados, que garantizaba una indemnización de 33 días, por tanto por debajo de los 45 días por año trabajado que se pagaba en los despidos improcedentes. Pero también se aprobaron bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social para incentivar a las empresas a ofrecer estos contratos. Y ocurrió lo inesperado: cuando acababan esos descuentos, el trabajador era despedido. Según un estudio publicado en 2010 por Funcas, el laboratorio de ideas de las cajas de ahorro, la tasa de despido de los trabajadores indefinidos sujetos a estas medidas de fomento fue hasta un 25% superior durante el primer año de contrato en el caso de las mujeres de más de 45 años, y de hasta un 45% superior en el de los hombres de esa edad, comparados con los que no habían recibido bonificaciones.
Felgueroso asegura que una parte muy importante de los contratos temporales en España son fraudulentos, no corresponden a actividades realmente temporales. De hecho, cifra en dos tercios los contratos temporales que son recontrataciones de trabajadores por la misma empresa, la mayoría de ellas en la hostelería, la agricultura y las administraciones públicas. Un porcentaje “exagerado” que no se cubría con fijos discontinuos porque las empresas los consideraban más caros. La reforma laboral, avanza, acabará con esos contratos temporales en fraude de ley. Pero también advierte de que hay un número considerable de contratos temporales que sí cumplen con las causas establecidas por la ley. Para lidiar con ese tipo de empleos, las empresas se encuentran ahora con una rigidez que antes no sufrían. Y, si tienen que cambiarlos por otros indefinidos, pueden terminar despidiendo igual que antes finalizaban los temporales.
Malo Ocaña introduce aquí otra vía de escape: la utilización fraudulenta del periodo de prueba de los contratos. Del mismo modo que ya se hizo con el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, que el Gobierno del PP vendió como el hallazgo estrella de la reforma laboral de 2012. Incorporaba un periodo de prueba inusualmente largo, un año, pero permitía el despido sin indemnización si el trabajador no lo superaba. Lo que dio pie a que muchas empresas echaran a sus empleados el día 364 del periodo de prueba, una práctica contra la que los juzgados de lo Social dictaron un buen número de sentencias. El Estatuto de los Trabajadores establece un periodo de prueba de seis meses para los técnicos titulados y dos meses para los demás trabajadores. Permite tres meses si la empresa tiene menos de 25 empleados.
El Ministerio de Trabajo ofrece datos sobre el número de personas que piden la prestación de desempleo tras no haber superado el periodo de prueba. Lo que puede tomarse como un indicador aproximado de cuántos trabajadores han sido despedidos por ese motivo. Su número empezó a aumentar en marzo de este año y alcanzó su máximo en mayo. De enero a julio sumaron 24.480 personas, un 38% más que en el mismo periodo de 2021, pero aún un 23,8% por debajo de 2019. Malo Ocaña dice que habrá que esperar aún para comprobar si este fraude va más allá de una primera alarma lanzada desde algunos despachos de abogados y tiene trascendencia estadística.
Menos temporales, o casi
Florentino Felgueroso también hace notar que el descenso de los contratos temporales por circunstancias de la producción, el temporal típico ahora que ha desaparecido el de obra y servicio, fue más acusado en los primeros meses del año que durante el verano, cuando la temporada alta del turismo estimula el recurso al empleo estacional. En efecto, llegaron a su mínimo en abril, con 555.099 contratos, pero repuntaron a partir de entonces hasta alcanzar su máximo, 775.204 en julio. Aun así, muy por debajo del millón que superó julio en 2019.
Además, en plena pérdida de fuelle de los contratos temporales, las empresas están trasladando su modalidad de contrato más corta, por debajo de siete días, a la siguiente, entre siete y 15 días. Así, en el acumulado hasta agosto, la única categoría que crece respecto a 2021 y 2019 es la de los contratos de entre una y dos semanas, que suman 639.417, un 11% más que el año pasado y un 0,5% más que antes de la pandemia. Lo que no ha mejorado mucho es la duración media de los contratos. Aunque llegó a situarse en 60,63 días en marzo, no ha dejado de caer desde entonces, hundiéndose en sólo 39 días en agosto. En cualquier caso, en lo que va de año permanece en 49 días, sólo un poco por encima de la duración media hasta agosto de 2019.
Pobreza laboral
Para Florentino Felgueroso, el indicador más fidedigno del impacto de la reforma laboral será menos el descenso de la tasa de temporalidad –el 22,3% en junio, cuatro puntos menos que en 2019– que el número anual de horas trabajadas. “Esa será la señal de que se ha reducido la pobreza laboral”, recalca, “que los trabajadores más precarios hayan aumentado su retribución anual porque han podido trabajar más horas”.
El pasado febrero, cuando la reforma laboral apenas había comenzado a surtir efectos, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, proclamó en una entrevista en El País que con la nueva norma se había acabado “despedir los viernes para contratar el lunes”. Pero lo cierto es que, de momento, las empresas no han cambiado esa pauta de comportamiento. Las estadísticas de afiliación diaria de la Seguridad Social siguen en agosto el mismo ritmo de siempre. El 1 de agosto se dieron de alta 282.355 afiliados, pero se dieron de baja aún más, 339.960. El último día del mes perdieron su trabajo 320.052 personas. Y continúan hinchadas las cifras de altas y bajas cada lunes, cuando se triplican las de cualquier otro día de la semana. Es decir, se sigue contratando y despidiendo a mansalva semana a semana y mes a mes.