Recomiendo:
0

Banco Santander, Cuba y México

Fuentes: Rebelión

El próximo martes 27 de octubre, en la sede de la ONU en la ciudad de Nueva York, la República de Cuba presentará su Informe sobre la Resolución 69/5 de la Asamblea General de las Naciones Unidas titulada «Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América […]

El próximo martes 27 de octubre, en la sede de la ONU en la ciudad de Nueva York, la República de Cuba presentará su Informe sobre la Resolución 69/5 de la Asamblea General de las Naciones Unidas titulada «Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba».

La expresión «Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba» implica que hasta ahora ese injusto y criminal bloqueo sigue en vigor, a pesar del restablecimiento de relaciones diplomáticas entre Cuba y Estados Unidos. Y a pesar igualmente de las muy reiteradas palabras del presidente Barack Obama manifestando su voluntad y la necesidad de poner fin a la ilegal y añosa medida.

Evidentemente, y como ha acontecido en los últimos años, la Asamblea General de la ONU votará casi unánimemente en favor de Cuba y en contra de Estados Unidos. Y se dice casi unánimemente porque cabe esperar que, como siempre, Washington y Tel Aviv sufraguen en contra del levantamiento del bloqueo. Dicho en román paladino, Israel y Estados Unidos contra el mundo.

La demanda cubana del fin del bloqueo tiene dos grandes aristas. La primera es una cuestión de principios, de justicia, de legalidad, de moralidad: Estados Unidos no tiene ningún derecho a imponer su propia legalidad a otro Estado soberano. Ni por supuesto a terceros países que se ven afectados legal y económicamente por tener y mantener relaciones comerciales, económicas y financieras con Cuba. Y la segunda faceta es la consideración del inmenso daño económico que el cincuentenario bloqueo ha causado a la economía de Cuba y al pueblo cubano. Daño que ya alcanza la cifra de casi un millón de millones de dólares.

Pero, a pesar de ser público, todo esto apenas si es conocido en sus grandes rasgos. El entramado mediático trasnacional oculta, minimiza o soslaya estos graves hechos. Pocas personas conocen los casos concretos de personas, instituciones y organizaciones sociales de todo tipo que se ven perjudicadas por las medidas prohibitivas o punitivas del bloqueo.

Y he aquí un buen ejemplo: el 11 de febrero de 2015 se conoció públicamente que la subsidiaria del banco Santander en México rechazó efectuar una transferencia de 68 mil 290 euros, emitida por el Banco Central de Cuba, para pagar al Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) la cuota de su membresía. De modo que Cuba no puede cubrir un compromiso financiero en México, porque a la subsidiaria en tierra azteca de un poderoso banco español se lo impide una ley estadounidense. ¿Libertad de comercio? ¿Libre tránsito de capitales? ¿Cumplimiento de la legalidad internacional?

¿No pueden las autoridades bancarias mexicanas desfacer este entuerto? ¿No pueden obligar al banco español a cumplir las obligaciones adquiridas en razón de las leyes que lo autorizan a prestar servicios financieros en México?

¿Nada pueden hacer el licenciado Luis Videgaray y su poderosa Secretaría de Hacienda para obligar a una institución bancaria extranjera que opera en México a cumplir las leyes mexicanas? ¿Es mejor dejar hacer y dejar pasar, como aconseja la doctrina económica burguesa? ¿Un banco español que opera en México puede violar la ley y ninguna autoridad financiera, política o judicial mexicana puede hacer nada? ¿No deberían intervenir la Procuraduría General de la República (PGR), la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Secretaría de Gobernación (SG)? ¿Nadie puede hacer nada? México, pensamos los mexicanos, es un país soberano, y no una colonia de España o de Estados Unidos.

Página del autor: www.economiaypoliticahoy.wordpress.com

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.