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Carta de Foz de Iguazú sobre el Acuífero Guaraní

Fuentes:

El texto original, presentado por la Comisión Organizadora del Seminario Internacional sobre el Acuífero Guaraní «Gestión y Control Social», realizado en Foz do Iguazú, Brasil, los días 14 y 15 de octubre, hacía referencia al agua del Acuífero Guaraní como MERCANCÍA, abría las puertas a su PRIVATIZACIÓN, etc. La presencia del Foro Social de la […]

El texto original, presentado por la Comisión Organizadora del Seminario Internacional sobre el Acuífero Guaraní «Gestión y Control Social», realizado en Foz do Iguazú, Brasil, los días 14 y 15 de octubre, hacía referencia al agua del Acuífero Guaraní como MERCANCÍA, abría las puertas a su PRIVATIZACIÓN, etc. La presencia del Foro Social de la Triple Frontera 2005 fue clave en el arduo proceso de negociación ,que duró los dos días del Seminario y concluyó segundos antes de finalizado el mismo.
El texto final, aprobado por unanimidad, es el que les estamos haciendo llegar en su traducción al castellano*. En el se incluyen claras referencias a los pobres y excluidos (5), consideraciones del agua como Derecho Humano Fundamental, Derecho Cultural y Derecho Social Inalienable (1), que no existían en el documento original; y se realizaron cambios fundamentales en concepciones de fondo en los puntos (2), (I), (III), (V, (VI), (VII) y (VIII). Se suprimieron fragmentos enteros del Documento original y quitaron definitivamente expresiones tales como MERCANCÍA, PRIVATIZACIÓN, y otras de tenor similar.

CARTA DE FOZ DE IGUAZU SOBRE EL ACUÍFERO GUARANÍ

Foz de Iguazú, 15 de octubre de 2004

Los participantes del Seminario Internacional «Acuífero Guaraní, gestión y control social», incluyendo miembros de la Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR, representantes de los gobiernos argentino, brasileño, paraguayo y uruguayo, de los movimientos populares y organizaciones no gubernamentales que trabajan con la problemática del medio ambiente y del agua, de universidades y centros de investigación, reunidos en la ciudad de Foz de Iguazú, en el Estado de Paraná, Brasil,

CONSIDERANDO:

1. Que el acceso al agua es un derecho humano fundamental, derecho cultural, derecho social inalienable, y como tal, debe ser objeto de políticas públicas que garanticen el acceso del agua a la población.

2. Que el agua es un bien ambiental y social de los pueblos de los países donde se encuentra, cuya utilización debe ser regulada con criterios que transciendan los requisitos de apropiación comercial.

3. La importancia del Acuífero Guaraní como uno de los mayores manantiales de agua subterránea del planeta.

4. La característica peculiar y generosa del Acuífero Guaraní localizado en los territorios de los países miembros del MERCOSUR.

5. El hecho de que el Acuífero está situado en regiones de intensa ocupación humana, con una población mayoritariamente pobre, cuando no excluida, obliga a los Estados a tener cuidados especiales con su preservación y con condiciones diferenciadas para la atención de las necesidades de la población.

6. La certeza de que la conservación y el manejo adecuado del Acuífero Guaraní servirá para garantizar a los pueblos de los países afectados a la reserva condiciones permanentes de abastecimiento de agua potable.

7. La necesidad de incluir los temas de conservación y de manejo sustentable de los recursos naturales, principalmente los aspectos del intercambio de informaciones, en la agenda de la integración del MERCOSUR.

8. La importancia de mecanismos de gestión pública y control social de los manantiales subterráneos de agua.

CONCLUYEN:

I – El aprovechamiento del agua potable, organizado como servicio público, debe ser destinado prioritariamente al abastecimiento humano y de animales.

II – El uso sustentable y la conservación de las reservas del Acuífero Guaraní deben ser realizados teniendo como principio la soberanía territorial de cada país sobre sus recursos naturales.

III – Los países miembros del MERCOSUR deberán establecer amplias políticas de intercambio de informaciones técnicas sobre el Sistema Acuífero Guaraní y divulgarlas libremente en las lenguas de los países miembros, garantizando el acceso a todos los interesados.

IV – Es imprescindible la inmediata adopción de políticas de protección ambiental con enfoque central en el Acuífero Guaraní, incluyendo todos los aspectos más críticos de su conservación, principalmente en las áreas de recarga.

V – Es fundamental acrecentar el papel de los poderes legislativos, nacionales y provinciales, de la Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR, y de las organizaciones y movimientos sociales en la discusión, aprobación, fiscalización y control de políticas relativas al Acuífero Guaraní.

VI – Además del control político institucional, es imperativo el estímulo, la implantación y el perfeccionamiento de los mecanismos de gestión pública y control social de todas las iniciativas relativas al aprovechamiento y protección del Acuífero Guaraní, incluyéndose en ese control las actividades en realización o propuestas, frutos de cooperación en el ámbito del MERCOSUR, con terceros países o con organismos internacionales.

VII – La gestión y control social del uso sustentable y la conservación del Acuífero Guaraní deben subordinarse a un sistema de planificación y fiscalización que respete las necesidades de las comunidades que de él se puedan servir.

VIII – La Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR realizará esfuerzos para crear una subcomisión sobre el Acuífero Guaraní, para trabajar en la contribución que sea de su competencia sobre políticas públicas de uso sustentable y conservación del Acuífero, invitando en ese ámbito a las organizaciones de la sociedad civil y movimientos sociales a través de mecanismos como seminarios, audiencias públicas y consultas.

DECLARAN FINALMENTE:

Que la reserva de agua subterránea existente en el Acuífero Guaraní, objetivamente uno de los mayores sistemas acuíferos del mundo, extendiéndose por los territorios del Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay, sin lugar a dudas una de las mayores riquezas naturales de la Región del Cono Sur, sea declarado bien público del pueblo de cada Estado soberano donde la reserva se localiza, y que sea protegido por los Gobiernos y poblaciones para que puedan, estratégica y racionalmente, usufructuar los beneficios comunes, indispensables para la supervivencia futura.

Enviado por
Psic. Miguel Angel Serdiuk
FORO SOCIAL DE LA TRIPLE FRONTERA 2005
Foz de Iguazú
Teléfono: 03755 400960
Exterior: + 54 3755 400960