CESCE es una empresa de propiedad mayoritariamente pública que con el dinero de los contribuyentes asegura determinadas operaciones económicas españolas en el exterior. Es una pieza clave para entender la Deuda Externa contraída con el Estado español, pues ha asegurado proyectos que al fracasar llegan a constituir un 52% del total de la deuda externa. […]
CESCE es una empresa de propiedad mayoritariamente pública que con el dinero de los contribuyentes asegura determinadas operaciones económicas españolas en el exterior. Es una pieza clave para entender la Deuda Externa contraída con el Estado español, pues ha asegurado proyectos que al fracasar llegan a constituir un 52% del total de la deuda externa. No existe información sobre la razón para estos fracasos. No obstante otras entidades similares de nuestro entorno sí han analizado las causas, una de ellas son los casos de corrupción que se han producido. Desde el año 2003 CESCE ha tomado algunas medidas para evitar nuevos casos de corrupción. Sin embargo éstas son insuficientes debido la falta de una política de trasparencia.
Introducción. Qué es CESCE y su importancia en la deuda del Estado Español.
La Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE) es la Agencia de Crédito a la Exportación (ECA) española. Esta empresa, aunque de carácter mixto, es de propiedad mayoritariamente pública (50,25 % pública, 49,75% privada). Al igual que el resto de las ECAs es una empresa principalmente especializada en la cobertura de riesgos de impago derivados de las ventas de productos y servicios de empresas españolas en los mercados exteriores. En particular, respaldada con dinero público asignado por el gobierno determinadas actividades económicas (1).
La responsabilidad de CESCE en la deuda externa adquirida con el Estado español es muy importante: a 31 de diciembre de 2002 la deuda externa contraída ascendía a 11.538 millones de euros y un 52% de la misma (6013 millones de euros) correspondía a deuda generada a partir de proyectos que habían sido apoyados por CESCE y que habían acabado con un incumplimiento del contrato realizado (2). ¿Bajo qué condiciones se había asegurado las actividades que acabaron generando la deuda?
Dinero público para negocios corruptos
La corrupción está identificada desde hace años como uno de los principales problemas para el desarrollo de muchos de los proyectos en los países empobrecidos. Al mismo tiempo, durante años, ésta se ha considerado como un elemento que dificulta la entrada de Flujos de Capital en los países más pobres, ya que se intuía que las empresas extranjeras eran especialmente penalizadas al ser forzadas a pagar sobornos en los gobiernos locales para conseguir y mantener contratos en éstos países. Es por ello que organismos internacionales de diversa índole como la OCDE (3), el Banco Mundial (4), United Against Corruption (5), Tranparency International (6), etc. han realizado en la última década multitud de iniciativas para estudiar este fenómeno.
Las Agencias de Crédito a la Exportación (ECAs), entre las cuales se encuentra CESCE, siempre han estado en el punto de mira de las investigaciones relacionadas con la corrupción internacional, pues son la principal fuente de financiación pública para el sector privado en el mundo y juegan un papel clave en el comercio internacional. Actualmente colaboran en un 10% de los exportaciones de los países industriales, que constituyen a su vez tres cuartas partes de las exportaciones globales. Globalmente, en el año 2000, suministraron 500 billones de dólares en garantías y seguros a empresas operando en países en desarrollo, mientras que en el mismo periodo el conjunto de la ayuda al desarrollo no llegó a 60 billones de dólares y los préstamos de los bancos multilaterales de desarrollo fueron de 41 billones de dólares. Cualquier control efectivo de la corrupción, o por el contrario la participación, de las ECAs tiene, por tanto, una importancia capital en el presente y futuro de los países más pobres.
En las últimas décadas, en diversas ocasiones las ECAs han sido acusadas de estar involucradas, activa o pasivamente, en procesos de corrupción (7) y es por ello que mayoritariamente han adoptado (o están en proceso de adopción) de las propuestas realizadas para la lucha contra la corrupción acordadas en el marco de la OCDE8. CESCE, que está en fase de implantación de estas propuestas, desde el principio de 2003 exige a las entidades que quieran beneficiarse de la cobertura por cuenta del Estado una declaración formal de reconocimiento de las condiciones de la OCDE respecto a la corrupción (según las cuales los beneficiarios del seguro se comprometen a no participar en sobornos).
¿Es esto suficiente en España?
Si bien en el discurso más extendido se consideraba que las empresas internacionales eran las principales perjudicadas por la corrupción, los estudios más rigurosos que se han realizado por parte de los organismos internacionales (en particular el Banco Mundial) muestran que esto no es cierto. Al contrario, cuando el marco general del país facilita la corrupción los inversores extranjeros copan los negocios más rentables y disminuyen los estándares de gobernalidad de la región (9). Como consecuencia, la tentación de ofrecer sobornos en los países más pobres por parte de las empresas transnacionales va a continuar, pues los resultados económicos de los mismos son muy favorables para las empresas sobornadoras.
Las empresas españolas no son un ejemplo a seguir en su actividad exterior. Según el Índice de Fuentes de Soborno del 2002 (último año disponible) (10) cuando se preguntaba a los actores de los países más pobres si las empresas españolas son susceptibles de pagar sobornos u ofrecer sobornos para obtener un negocio en el país, un 42% de los encuestados respondían afirmativamente. Situándonos peor que la totalidad de los países occidentales, exceptuando Francia, Estados Unidos, Japón e Italia, pero con un nivel muy superior a Australia, Suecia, Suiza, Austria, Canadá, Países Bajos, Bélgica, Reino Unido y Alemania.
Ante esta realidad las medidas CESCE para evitar la corrupción se limitan a informar a los empresarios que está prohibido realizar sobornos y les hace declarar que no los realizarán.
¿Es esto suficiente? ¿Qué credibilidad tiene esta sistemática cuando simultáneamente CESCE se niega a informar sobre los proyectos a los que da garantía con fondos públicos, impidiendo así que se controlen los proyectos que apoya?
¿No sería mucho mejor que CESCE informara de todas las iniciativas a las que da cobertura mediante sus seguros, facilitando así que se haga un seguimiento de las actividades económicas por parte de todos los implicados y asegurando la limpieza del proceso económico?
Al negarse a facilitar información CESCE participa de una opacidad que sin duda favorece los procesos de corrupción, pues se elimina la capacidad de inspección por parte de los ciudadanos españoles (garantizando así el buen uso de los recursos públicos) y de los ciudadanos afectados por los proyectos realizados en el extranjero.
Conclusiones
La corrupción por parte de un sector de las empresas españolas cuando actúan en el exterior no puede ser apoyada ni escondida por las organizaciones mayoritariamente públicas, como es el caso de CESCE. A partir de la información de la que disponemos sabemos que se están produciendo corruptelas por parte de empresas españolas, y dado los beneficios económicos que se obtienen se continuarán produciendo si no se someten a un control efectivo. Los proyectos en los que CESCE colabora mediante sus seguros no son una excepción (como se demostró en algunos proyectos en Indonesia por ejemplo). Por ello, no es suficiente con una declaración por parte de las empresas a las que se da cobertura, debe ser complementada con una política de trasparencia total de CESCE.
Disponer de la información sobre todos los proyectos que apoya CESCE por cuenta del estado es un derecho de los ciudadanos españoles que se está vulnerando sistemáticamente y es también un ejercicio imprescindible para la lucha efectiva contra la corrupción que tanto daño produce en los países más pobres.
Notas:
1 Ofrece cobertura, por cuenta del estado, ante cualquier pérdida que pueda tener una empresa española en exterior debida a: Guerra civil o internacional, revolución, revuelta, terrorismo, alteraciones sustanciales del orden público o cualquier acontecimiento análogo, acaecidos en el extranjero; Circunstancias o sucesos catastróficos, tales como ciclones, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas o maremotos, así como los accidentes nucleares y los ocasionados por sustancias químicas, bioquímicas o similares, acaecidos igualmente en el extranjero; Acontecimientos políticos o económicos de especial gravedad producidos en el extranjero, como crisis de balanzas de pagos o alteraciones de la paridad monetaria de significativa cuantía que originen una situación generalizada de insolvencia; Expropiación, nacionalización, confiscación o incautación dictadas por autoridades extranjeras que recaigan sobre el adquirente extranjero o sobre la inversión española en el exterior. Medidas expresas o tácitas adoptadas por un gobierno extranjero.
2 Informe sobre la deuda externa en el Estado español. Observatorio de la Deuda en la Globalización. Editorial Icaria. 2004.
3 http://www.oecd.org/topic/0,2686,en_2649_37447_1_1_1_1_37447,00.html
4 http://www.worldbank.org/wbi/governance/
5 http://www.againstcorruption.org/
6 http://www.transparency.org/
7 Por ejemplo ver: Underwriting Bribery: Export Credit Agencies and Corruption. The Corner House Briefing No 30. ; la web http://www.eca-watch.org/problems/corruption/index.html ; el estudio http://www.ecawatch.org/problems/corruption/transparency.pdf
9 Far from home: do foreign investors import higher standards of governance in transition economies? Joel S. Hellman, Geraint Jones, Daniel Kaufmann. Agust 2002. World Bank Policy Research Working papers. Available at http://www.worldbank.org/wbi/governance.
10 Elaborado por Transparency International a partir de encuestas realizadas a los principales actores de los más importantes mercados emergentes: Argentina, Brasil, Colombia, Corea del Sur, Filipinas, Hungría, India, Indonesia, Marruecos, México, Nigeria, Polonia, Rusia, Sudáfrica y Tailandia.
(*) Miquel Ortega Cerdà ([email protected]) Observatorio de la Deuda en la Globalización
Càtedra UNESCO a la UPC de Tecnologia, Desenvolupament Sostenible, Desequilibris i Canvi Global. Universitat Politècnica de Catalunya