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Sin responsabilidad penal para los culpables

Condena económica contra Naval Gijón y Pymar por negligencia en la muerte de un trabajador expuesto al uso de amianto

Fuentes: Rebelión

José González Aumente trabajó como soldador durante 24 años en Marítima del Musel y después en Naval Gijón. En su trabajo utilizó amianto (también conocido como asbesto) sin ningún tipo de protección. En el manejo del amianto se desprenden minúsculas partículas de fibra que quedan suspendidas en el aire y son inhaladas por el trabajador, […]

José González Aumente trabajó como soldador durante 24 años en Marítima del Musel y después en Naval Gijón. En su trabajo utilizó amianto (también conocido como asbesto) sin ningún tipo de protección. En el manejo del amianto se desprenden minúsculas partículas de fibra que quedan suspendidas en el aire y son inhaladas por el trabajador, lo que con frecuencia puede provocar cáncer de pulmón, como sucedió en este caso, y como así quedó acreditado y reflejado en la sentencia 423/2009 del Juzgado de lo Social nº 4 de Gijón.

Hace ya décadas que es conocido el daño que implica manipular con este mineral sin la debida protección pero, en los dos astilleros en los que trabajó González Aumente, las respectivas empresas no adoptaron ningún tipo de protección. En marzo de 2007 le fue diagnosticado un carcinoma de pulmón como consecuencia directa de la inhalación de amianto y, en septiembre de 2008, falleció después de año y medio de lucha contra la enfermedad.

El juez condena ahora a Naval Gijón y a Pymar a indemnizar, de forma conjunta y solidaria, a la demandante, única heredera del trabajador fallecido, con 52.418,76 euros. Pymar (Pequeños y Medianos Astilleros en Reconversión), es una empresa pública que gestiona el astillero desde 2004. Depende del Ministerio de Industria y de la Consejería de Industria de Asturias de la que es Consejero Graciano Torre, al tiempo que lo es de Pymar.

Sorprende que no haya responsabilidades penales por negligencia, temeridad y menosprecio a las normas más elementales de seguridad en el trabajo con resultado de muerte, con el agravante de que existe normativa al respecto y de que la peligrosidad del amianto ya es bien conocida desde hace muchos años, décadas.

Las responsabilidades derivadas de este tipo de negligencias, deberían de haber sido tramitadas de oficio por la inspección de trabajo, por la fiscalía o por cualquier otro organismo oficial, sin que hubiera tenido que ser la familia del afectado la que tuviera que iniciar y costear todo el proceso.

En el mes de julio de 2008, dos meses antes de fallecer, la Seguridad Social reconoció la incapacidad permanente en grado de gran invalidez, derivada de la enfermedad profesional, a González Aumente y el derecho a una prestación vitalicia de 2.386 euros por doce pagas anuales.

La indemnización de 52.418 euros para su familia, con ser un triunfo para la memoria del trabajador, ni siquiera llega a dos anualidades de la pensión de jubilación (en este caso de la prestación por gran invalidez) que hubiera podido recibir de no haber fallecido. Porque es fácil deducir que bien podría haber disfrutado de más de diez indemnizaciones como esta de no haber sufrido la enfermedad que le causó la muerte a la edad de 64 años, de acuerdo con los años que, razonablemente, le quedaban de vida como jubilado.

Es decir, la falta de prevención, resulta enormemente ventajosa para la rentabilidad del sistema y de la empresa y, si a esto añadimos que no hay ni siquiera responsabilidades penales, todo ello no deja de ser una invitación para que todo siga igual. Porque es más barato y es más rentable para el negocio de los infractores, pero obviamente no lo es para quien sufre la enfermedad que ha de acabar con su vida.

En resumen, la impunidad va unida a la inmunidad, es su necesario complemento, de otro modo los responsables de la seguridad en el trabajo no actuarían con tanta irresponsabilidad.

www.asturbulla.org

Rebelión ha publicado este artículo a petición expresa del autor, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.