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Sobre el Tribunal Internacional sobre las agresiones estadounidenses a Cuba

De parte Benito Juárez

Fuentes: La Jornada

En circunstancias que parecen definitorias para la revolución cubana, próximamente se reunirá en México un tribunal civil ad hoc que juzgará al gobierno de Estados Unidos por sus continuadas, sistemáticas y crecientes agresiones a Cuba, su gobierno y pueblo. La oportunidad la da el anuncio de la intensificación del acoso y la inminencia de nuevas […]

En circunstancias que parecen definitorias para la revolución cubana, próximamente se reunirá en México un tribunal civil ad hoc que juzgará al gobierno de Estados Unidos por sus continuadas, sistemáticas y crecientes agresiones a Cuba, su gobierno y pueblo. La oportunidad la da el anuncio de la intensificación del acoso y la inminencia de nuevas y mayores agresiones a la revolución cubana.

Se ha convocado «a las conciencias comprometidas con la paz, la justicia y el derecho a erigir un tribunal civil internacional que analice y juzgue, desde una perspectiva moral y jurídica, la criminal conducta del gobierno de Estados Unidos hacia Cuba en el último medio siglo y las inminentes agresiones que prepara contra sus dirigentes, gobierno y pueblo.» No será esta la primera vez que el gobierno de Estados Unidos sea juzgado por un tribunal ad hoc sin respaldo institucional, con las simpatías evidentes, carente del poder físico para sentarlo ante sus jueces y lejos de poder imponerle sanción alguna. Pero sin duda con la capacidad de emitir una sentencia declarativa con la condena moral previsible.

Cuando Bertrand Russell decidió convocar al tribunal internacional que llevó su nombre para juzgar los crímenes de guerra de Estados Unidos en Vietnam, tenía como precedente los juicios celebrados por el tribunal de Nuremberg: un ejercicio punitivo de los vencedores sobre los vencidos, pero que recogía la generalizada necesidad moral de no dejar sin castigo los crímenes nazis. Su legitimidad surgía de ese sentimiento y del argumento doctrinario emitido por el juez Robert Jackson, de la Suprema Corte de Estados Unidos: «Si ciertos actos y violaciones de tratados son crímenes, lo son si Estados Unidos los comete o si Alemania los comete. No estamos dispuestos a aplicar a otros una norma de conducta criminal que no hubiéramos estado dispuestos a invocar contra nosotros».

La tarea que espera a «los amantes de la paz» tiene la ventaja de contar con el precedente Russell y con el ejercicio que actualmente se practica contra el mismo acusado desde Bruselas por sus crímenes de guerra contra el pueblo de Irak. Lamentablemente el principio esgrimido por el juez Jackson no será de mucha ayuda, porque justamente la necesidad de este juicio surge del hecho de que el gobierno de Estados Unidos se sustrae a sí mismo del alcance -que no de la competencia- de las instancias judiciales internacionales y se propone un objetivo, la pax americana, que pretende alcanzar mediante una agresiva política de guerra preventiva y, en el caso particular de Cuba, de un abusivo y delincuencial programa para promover el derrocamiento del régimen revolucionario y su sustitución por uno dócil y sumiso.

No obstante, como hizo notar el propio Russell, en las debilidades implícitas de un tribunal civil está también su fortaleza: puede hacer una investigación histórica que exponga la verdad y ayude con ello a contrarrestar la complicidad del silencio. Con todo lo que tiene de latinoamericana, Cuba representa el santuario de la dignidad y el último reducto del pundonor y el orgullo revolucionario y socialista. Su larga y heroica resistencia no permite dudas ni solidaridades condicionadas. El tribunal es para denunciar a sus agresores y no debe ocultar este propósito bajo pretensiones de falsa imparcialidad.

Sin embargo, dos condiciones son necesarias para que este tribunal pueda desempeñar su misión con eficacia.

La primera es la necesaria estatura moral de quienes serán los jueces. Se requiere de personas cuya trayectoria y contribuciones a las causas de la justicia y del progreso garanticen la objetividad de su juicio. No se busca la negligente imparcialidad de la indiferencia ni el glamour de la fama. Se precisa el compromiso de los justos que garantice el respeto a la verdad como condición sin la cual no se conseguirá la legitimidad requerida.

La segunda es el criterio con que se analizará la querella. La causa se ventilará en México y deberá estar imbuida del espíritu juarista. El proceso deberá ajustarse tanto a los cánones mexicanos cuanto a los internacionales. Esta dualidad queda resuelta en los principios constitucionales de la política exterior mexicana, que son coincidentes con los emitidos por Naciones Unidas y por la Organización de Estados Americanos. Se trata de reivindicar el derecho del pueblo cubano a darse el gobierno que le plazca y con ello el de todos los pueblos a la autodeterminación; de rechazar la insolente injerencia en materias de interés propio de los cubanos y así defender el principio de no intervención en los asuntos de competencia exclusiva de los estados; de reclamar todos los beneficios del derecho internacional para el Estado cubano y hacer prevalecer la igualdad jurídica de los estados. Asimismo, es imprescindible resolver los asuntos pendientes de acuerdo con los medios previstos internacionalmente y hacer vigente el principio de solución pacífica de las controversias; denunciar las constantes bravatas y provocaciones de Estados Unidos y, en efecto, proscribir la amenaza y el uso de la fuerza de las relaciones internacionales. Finalmente, de dar cumplimiento al compromiso de luchar por la paz y la seguridad internacional, de hacer respetar el derecho de Cuba a vivir en paz. Ese debe ser el mandato que reciba el tribunal y el mensaje que se envíe al gobierno estadunidense.